Calculadora de interés presuntivo por préstamos a socios

Ingrese los siguientes datos para calcular el interés presuntivo según las instrucciones que hay al final:










Instrucciones.

Para utilizar correctamente la herramienta tenga en cuenta lo siguiente:

Los intereses moratorios se aplican desde el 01 de enero hasta el 31 de enero de cada año gravable, par el cual se elabora la declaración de renta.

Si el crédito se hizo en enero 20, se liquidarán intereses desde enero 20 hasta diciembre 31, o hasta la fecha en que se haya pagado el crédito en caso de haberse pagado en el transcurso del año.

Explicación de los valores a ingresar.

  • Monto del préstamo. Es el valor total del préstamo desembolsado al socio en una fecha determinada.
  • Tasa de interés. Es la tasa de interés anual por préstamos a socios fijada por el gobierno para cada año gravable. Se escribe en decimales. Por ejemplo, si la tasa de interés es del 13,70% se digita 13.70 sin agregar el símbolo de porcentaje (%).
  • Fecha del préstamo. Es la fecha en que hizo el desembolso del préstamo.
  • Pago del crédito. Si el crédito fue pagado durante el año, marque la casilla e ingrese la fecha en que el crédito fue pagado. Si no lo pagó no marque la casilla y los intereses se liquidará hasta el 31 de diciembre.
  • Abonos. Si realizó abonos marque la casilla y seguidamente ingrese la fecha en que realizó los abonos y el monto de los abonos.

Posibles errores.

Los cálculo serán errados si comete los siguientes errores:

  • Ingresa fechas de distintos años. Por ejemplo, colocar como fecha del préstamo el 01/10/2023 y colocar como fecha de pago 01/04/2024. Las dos fecha deben ser del mismo año.
  • La fecha de pago es anterior a la fecha del préstamo, o lo contrario, la fecha del préstamos es posterior a la fecha de pago. Primero se hace el préstamos y en fecha posterior se hace el pago.
  • La fecha de los abonos es anterior a la fecha del crédito o posterior a la fecha del pago si se marca la casilla de pago.
  • Los abonos son superiores al saldo del crédito.

Recomendaciones.

En razón a que los intereses se calculan por el año gravable del 01 de enero a diciembre 31, en caso que el crédito se haya realizado en años anteriores, como fecha del crédito se debe colocar enero 01. Es así porque los intereses del año anterior ya se debieron haber liquidado y declarado así que sólo hay que liquidar los causados en el año a declarar.

Puede agregar tantos abonos como pueda, teniendo cuidado de no ingresar fechas anteriores a la fecha del crédito ni superiores a la fecha del pago, ni fecha de un año anterior o posterior. Todas las fechas deben ser del mismo año.

Resultados.

La tabla muestra la fecha de inicio de la liquidación y la fecha final, los días liquidados y el valor de los intereses liquidados.

Cuando hay abonos, cada abono representa un periodo con los mismos datos de inicio, finalización, saldo, días liquidados e interés generado para luego totalizar el interés causado en los diferentes periodos.

Si no hay abonos se hace un solo calculo, puesto que hay un solo saldo. Al haber abonos el saldo cambia y se debe hacer el corte respectivo hasta el siguiente abono si lo hay.

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