¿Cuándo un proceso de contratación se limita a Mipyme?

En todos los procesos dentro de los cronogramas de contratación de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y concurso de méritos se debe establecer en los pliegos de condiciones, la limitación a Mipymes (micro, pequeña y mediana empresa), en caso que así se pretenda.

Contratación estatal limitada a Mipyme.

De acuerdo a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 en su artículo No 2.2.1.2.4.2.2.  el cual señala lo siguiente:

«….La Entidad Estatal debe limitar a las Mipyme nacionales con mínimo un (1) año de existencia la convocatoria del Proceso de Contratación en la modalidad de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos…..»

El Estado por intermedio de la contratación pública tiene la posibilidad de ofrecer emprendimiento a las Mipymes nacionales en una competencia sana donde, el proceso se limita a que puedan competir solo las micro, pequeña y mediana empresas.

Para que esto sea posible, la Mypimes tienen hasta un día hábil antes de la apertura del proceso de contratación, para manifestar interés en el proceso; cuando la entidad recibe desde tres manifestaciones en adelante, el proceso se limitara solo para que compitan las Mipymes.

De igual forma para que la entidad pueda limitar un proceso a Mipymes la cuantía del mismo debe ser menor de US$125.000 dólares, liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Las manifestaciones de interés deben presentarse acompañadas de los siguientes documentos:

  • Registro mercantil o el certificado de existencia y representación legal de la empresa.
  • Cedula de identificación del representante legal.
  • Un certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en el cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley 905 de 2004.

De igual forma las Entidades Estatales pueden convocar y limitar un proceso a las mipymes domiciliadas en los Departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato.

En un proceso limitado a Mipymes no se podrán recibir manifestaciones de interés de empresas grandes, ya que la competencia seria desigual.

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