Declarar renta por compras

Una persona natural puede verse obligada a declarar renta por ir demasiado al centro comercial a hacer compras.

Tope de compras para declarar renta.

El literal b) del artículo 594-3 del estatuto tributario señala que una persona natural no estará obligada a declarar renta si el total de compras y consumos durante el año gravable no supera 1.400 Uvt, que son $59.377.000 para la declaración de renta de 2023.

Comprar en un año 1.400 Uvt es relativamente fácil para muchas personas que poca atención le prestan y que no llevan un control de sus gastos.

Téngase presente que, con la facturación electrónica, la Dian puede conocer cada compra que realicemos, por lo que debemos llevar un control o presupuesto para saber en qué momento hemos quedado obligados a declarar.

Declarar por el uso de la tarjeta de crédito.

Si además de hacer muchas compras las hace con tarjeta de crédito, igual situación se presenta, toda vez que si gastamos más de 1.400 Uvt al año quedamos obligados a declarar renta al tenor del literal a) del artículo 594-3 del estatuto tributario.

Y nuevamente, para la Dian es muy sencillo conocer cuánto nos hemos gastado con la tarjeta de crédito, ya que los bancos le reportan esa información.

Planear y hacer presupuesto.

Por lo anteriormente expuesto, es necesario hacer un presupuesto y planear nuestros gastos para evitar tener que declarar renta por estas razones, y si debemos declarar renta, ser conscientes de esa obligación y cumplirla oportunamente.

Sin afanes, espere el reporte de la Dian.

Para las personas naturales que no declaran por ingresos, patrimonio o consignaciones, sino únicamente por compras y consumos con tarjeta de crédito, no necesariamente deben apresurarse a declarar, puesto que en muchos casos toda la información de las compras y consumos no es reportada a la Dian.

Por consiguiente, primero descargue el reporte de terceros que la Dian pone a disposición de cada contribuyente en su plataforma, para lo cual el contribuyente debe tener una cuenta en la Dian con su respectivo usuario y contraseña.

En ese reporte podrá consultar cuántas compras y consumos le han reportado, y con base en esa información se decide si declarar o no.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

El saldo adeudado por tarjetas de crédito a 31 de diciembre sí es una deuda (pasivo) en la declaración de renta.

No. El consumo con tarjetas de crédito sólo se toma como referencia para determinar si debe o no declarar renta.

Se declara como pasivo saldo adeudado de la tarjeta de crédito a 31 de diciembre. El cupo de la tarjeta de crédito que no se ha utilizado no se declara.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, agosto 18). Declarar renta por compras [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/declarar-renta-por-compras.html

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10 comentarios
  1. ROUS agosto 25 de 2025

    Buenas noches,
    Me reportaron por compras, pero no tengo ingresos. Las compras son del negocio de un amigo. ¿Cómo debo declarar?

    Responder a ROUS
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @ROUS agosto 26 de 2025

      Tiene un problema porque la DIAN asume que si realizó compras, debe tener ingresos, y si no los tiene, es porque los omitió. Tendrá que declarar y demostrar su realidad. En todo caso, tendrá que declarar.

      Responder a Gerencie.com
  2. maribel octubre 7 de 2024

    Buen día,
    No tengo ingresos, pero compro el mercado y pago todo lo que mi casa requiere con tarjeta de crédito. Por tanto, superé el monto mínimo, pero mis tarjetas son pagadas por mi esposo. ¿Debo entonces pagar impuestos sobre estas compras?

    Responder a maribel
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @maribel octubre 8 de 2024

      No, solo deberá declarar renta, pero no debe pagar impuesto alguno debido a la ausencia de ingresos.

      Es probable que la Dian presuma unos ingresos a partir de las compras, caso en el cual se debe acreditar el hecho de que es una tarjeta pagada por un tercero.

      Para evitar este tipo de situaciones, lo ideal es que la tarjeta de crédito esté a nombre de quien la paga, y que sea el beneficiario quien la gestione.

      Responder a Gerencie.com
  3. Julieth agosto 26 de 2024

    Saludos. Una consulta: en caso de que a una persona natural le llegara un correo de la DIAN pidiendo que declare renta porque en la exógena le reportaron compras superiores a 1.400 UVT en el año 2023 (año anterior), pero esta persona no percibía ingresos en el año por concepto de salario o ganancia ocasional y tampoco tiene los recibos de compra, ¿puede declarar dejando los espacios de ingresos en blanco y sin los soportes de compra?

    Responder a Julieth
  4. angie julio 26 de 2024

    ¿Qué se declara en la renta cuando cumplo el tope por consumo con tarjeta y no tengo ningún ingreso (el dinero son consignaciones de familiares en el exterior)?

    Responder a angie
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @angie julio 26 de 2024

      En principio no declara ningún ingreso sino lo tiene, iría en ceros, y deberá declarar patrimonio, lo que sea que tenga. Sin embargo, el dinero que recibe de sus familiares puede ser considerado como una donación lo que constituiría una ganancia ocasional, por lo que tendrá que explicarlo a la Dian en caso que lo requiera.

      Responder a Gerencie.com