Librador y librado en la letra de cambio

Librador y librado en la letra de cambio

¿En una letra de cambio quién es el librador y el librado? ¿Y en los pagarés y los cheques?

En los títulos valores pueden existen tres partes involucradas que son el librador, el librado y el beneficiario.

El librador es la persona que libra el título valor, y el librado es la persona contra la que se libra o gira la letra de cambio.

El beneficiario es la persona a quien se debe hacer el pago.

Por lo general, el librador y el librado es la misma persona.

Letra de cambio. Características y requisitos de la letra de cambio para que constituya título valor y preste mérito ejecutivo.

Por ejemplo, si Carlos le presta dinero a Juan, Juan es el librador, al tiempo que es el librado, y Carlos es el beneficiario.

En la letra de cambio, donde por lo general sólo hay dos partes, quien debe pagar y quien recibe el pago, se utiliza más el concepto de girador y girado.

Librador y librado en los cheques.

El librador y e librado se entiende mejor en los cheques, porque al girar un cheque se involucran a tres partes:

  1. Dueño de la chequera.
  2. Banco.
  3. Beneficiario del cheque.

En este caso, el dueño de la chequera es el librador, quien da la orden al banco de que pague el cheque a quien figure como beneficiario de este, así que el banco es el librado, pues es a quien se le da la orden de pagar.

Librador y librado en los pagarés.

Es igual que en la letra de cambio, donde el librador es la persona a que se ha de pagar el valor indicado en el pagaré, y el librado es quien debe hacer el pago a quien figure como beneficiario, es decir, quien se compromete a pagar, que por la naturaleza del título es la misma persona.

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