Intereses de cesantías

El empleador debe pagar a sus trabajadores intereses sobre las cesantías que tenga acumuladas a 31 de diciembre, a una tasa del 12% anual, o proporcionalmente cuando el tiempo laborado sea menor a un año.

¿Qué son los intereses de cesantías?

El empleador debe pagar al trabajador intereses sobre las cesantías que haya acumulado cada año según el artículo 99 de la ley 50 de 1990 señala lo siguiente:

«El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente.»

En consecuencia, cada año se pagan intereses de cesantías del 12% anual, respecto a la suma causada por concepto de cesantías en el respectivo año.

¿Cuándo se pagan los intereses de las cesantías?

Los intereses se deben pagar a más tardar a fecha 31 de enero del año siguiente al año en que se causaron las cesantías, es decir que las intereses sobre las cesantías del año 2023 se deben pagar a más tardar el 31 de enero de 2024.

Auxilio de cesantías.Auxilio de cesantías, qué es y cuáles son los trabajadores que tienen derecho a ese pago o derecho en Colombia.

Cuando se termina un contrato de trabajo, los intereses sobre cesantía se deben pagar junto con la liquidación del trabajador, y si la terminación del contrato se antes de finalizar el año los intereses son proporcionales a la fracción de año correspondiente.

Porcentaje de intereses de cesantías.

El porcentaje de intereses sobre cesantías es del 12% por año, y en caso que la liquidación se realice antes de finalizar el año, como cuando termina el contrato de trabajo, se paga la proporción correspondiente.

Cómo calcular los intereses de cesantía.

Los intereses sobre las cesantías se calculan aplicando el 12% sobre el valor acumulado por concepto de cesantías a momento de hacer el cálculo.

El valor acumulado de las cesantías es la base sobre la que se liquidan, y el porcentaje del 12% es anual, así que, como ya lo indicamos, si el periodo a liquidar es inferior a un año, se debe determinar la proporción correspondiente con la fórmula que más adelante se expone y explica.

Base para liquidar los intereses de cesantías.

La base de los intereses de cesantías son las cesantías acumuladas a 31 de diciembre, o en la fecha en que se realice la liquidación del contrato de trabajo en caso que termina durante el transcurso del año.

Recordemos que el auxilio de cesantías se debe calcular en las siguientes fechas:

  1. Al 31 de diciembre de cada año.
  2. Al terminar el contrato de trabajo.

En consecuencia, se toma el saldo acumulado que el trabajador tenga por concepto de cesantías a esa fecha, y se le aplica el 12%, recordando que, si ese saldo acumulado no corresponde al año completo, ya sea porque inició contrato en el transcurso del año, o porque terminó el contrato antes de finalizar el año, se determina la respectiva proporción.

La proporcionalidad de los intereses sobre cesantías se determina automáticamente aplicando la fórmula que pasa a explicarse.

Fórmula para calcular los intereses sobre cesantías.

La fórmula para liquidar los intereses de las cesantías es la siguiente:

(Cesantías acumuladas x días trabajados x 0.12 )/360

Esta fórmula tiene 4 variables:

Cesantías acumuladas Valor acumulado de las cesantías a la fecha de corte o de liquidación de los intereses.
Días a liquidar. Es el tiempo en días que el trabajador ha estado vinculado, o el tiempo que ha pasado desde el último corte y cálculo actual de intereses, que pueden ser de un año, menos de un año o incluso más de un año.
Tasa o porcentaje de interés.  El porcentaje de intereses es del 12%, que convertido a decimales es 0.12.
360 Los días que para efectos laborales tiene el año.

La última variable de 360 es fija; siempre será de 360 días, en tanto la variable correspondiente a los días trabajados dependerá del periodo a liquidar que también puede ser de 360 días, o de 180, 60, 30, etc.

Recuerde que antes de aplicar esta fórmula debe liquidar las cesantías, pues como su nombre lo indica, los intereses sobre cesantías se calculan es sobre las cesantías, de manera que estas se han de calcular y liquidar con anterioridad.

Calculadora intereses de cesantías.Calculadora automática de los intereses sobre cesantías.

Ejemplo liquidación de intereses sobre cesantías.

Supongamos un empleado que inició a trabajar el 01 de julio de 2023 y a 31 de diciembre 2023 tiene cesantías acumuladas de $1.000.000.

Si aplicáramos directamente el 12% sobre el saldo, esto es $1.000.000, tendríamos unos intereses de $120.000, lo que es incorrecto por cuanto el trabajador sólo ha estado trabajando por 6 meses.

Aplicando la proporción según el tiempo laborado, que es lo correcto, tendremos que el empleado sólo trabajó 180 días, por tanto, la liquidación será:

Concepto. Valor
Cesantías acumuladas  1.000.000.
Días trabajados  180.
Porcentajes  12%
Intereses de las cesantías  (1.000.000 × 180 x 0,12) /360 = 60.000

Como podemos observar, $60.000 es exactamente la mitad de lo que le hubiera correspondido si hubiera trabajado todo el año, y como no trabajó sino medio año, es lo que le corresponde, la mitad de los intereses anuales.

En nuestro ejemplo hemos tomado como base unas cesantías acumuladas de $1.000.00 a 31 de diciembre, es decir, que hemos omitido el proceso de determinar el valor de las cesantías, que se supone ya están calculadas al momento de calcular los intereses sobre las cesantías.

En ese ejemplo de $1.000.0000 acumulado no hemos considerado el salario, pues es un paso previo del que no nos ocupamos en esta nota.

Calcular intereses de cesantías en Excel.Herramienta automatizada en Excel para liquidar los intereses sobre las cesantías, plenos y proporcionales.

En el anterior artículo encuentra un formato en Excel que le permite liquidar los intereses sobre las cesantías.

Pago intereses de cesantías.

Los intereses sobre las cesantías se pagan directamente al trabajador, esto es, que a diferencia de las cesantías que se deben consignar en un fondo de cesantías, en el caso de los intereses sobre cesantías se deben pagar al empleado.

Es decir que cada vez que se liquiden las cesantías y los intereses sobre las cesantías, las primeras se consignan en el fondo de cesantías al que esté afiliado el trabajador, y los intereses se pagan directamente al trabajador junto con la nómina del periodo en que se liquiden.

Por último, es importante aclarar que los intereses sobre cesantías son diferentes a los rendimientos financieros que deben reportar los fondos que administran las cesantías del empleado.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Los intereses de cesantías no hacen base para liquidar la seguridad social en razón a que son una prestación social, y las seguridad social se paga únicamente sobre el salario y demás conceptos que tengan carácter salarial.

El monto o valor de los intereses de cesantías dependen del monto de las cesantías acumuladas, la que a su vez dependen del salario del trabajador, de manera que entre más alto es el salario, más alas son las cesantías y a su vez los intereses sobre cesantías.

Supongamos un salario mensual de $5.000.000. Las cesantías acumuladas a 31 de diciembre serán precisamente $5.000.000, valor al que se le aplica el 12%, por lo que los intereses de cesantías serán de $600.000.

No. Los intereses de cesantías se pagan directamente al trabajador en su cuenta de nómina, o en efectivo si lo prefiere el empleador.

El factor base para liquidar los intereses de cesantías es el saldo acumulado de cesantías a 31 de diciembre, de modo que, primero se liquidan las cesantías, y el saldo acumulado a 31 de diciembre de cada año, es el valor al que se le aplica el 12%.

Las cesantías se pagan anualmente, pero se suelen provisionar contablemente según el periodo de pago de la nómina, ya sea quincenal o mensualmente.

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  1. paola castellanos (enero 3 de 2022)

    un trabajador ingreso el 16 de diciembre 2021 tiene que pagársele de esos días prima e interés?
    Muchas Gracias.

    Responder
  2. paola castellanos (enero 3 de 2022)

    perdon cesantias e intereses? gracias

    Responder
  3. paola castellanos (enero 3 de 2022)

    perdon cesantias e intereses?

    Responder
  4. Nestor Lozano (enero 12 de 2022)

    Podrían indicarme dónde se ordena que el empleador pague 12% anual de intereses de cesantías, mientras que los fondos de cesantías que ponen a rentar el dinero de los trabajadores están reconociendo menos del 4% anual ? Quién controla eso ? Les cobran hasta la papelería en el retiro de sus cesantías…

    Responder
  5. Ramiro madrid (enero 17 de 2022)

    Buena tarde resulta que este año pedir las cesantias definitivas en las cuales se liquidaron mal ya que se me descuentan unas cesantias de un anterior contrato que tuve ante esto puse un derecho de reposicion y la respuesta fue la misma que no aparecian aportes del 2004 año en que si trabaje pero no aparece el reporte en el fondo de cesantias

    Responder
  6. Doña Inesita (febrero 11 de 2022)

    Muy útil este portal. Felicitaciones a su Director y colaboradores.

    Responder
  7. olga lucia (febrero 16 de 2022)

    En la parte superior dice que los intereses de cesantias causados en el 2021 se deben pagar antes del 31 de enero del 2021, deberia ser enero del 2022? gracias

    Responder
  8. Ernesto Piedrahita (diciembre 26 de 2022)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular. Hago asesorías en contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, Licencias, permisos, despidos con justa o sin justa causa y las indemnizaciones laborales.

    Responder
  9. jose (junio 26 de 2023)

    Esos cálculos de intereses de cesantía están mal y están induciendo a cometer errores y posibles demandas, pues una persona que trabaje menos de un año, se calcula la cesantía de por ej. 6 meses y a ese valor se aplica el 12% únicamente pues si se aplica su fórmula se estaría nuevamente reduciendo su valor al multiplicar nuevamente por el número de días.
    ej. si un trabajador ingreso en julio 1 al 31 de diciembre con salario de 1000.000
    pues su cesantía seria de 500.000 y sus intereses de 60.000 que son proporcionales y coherentes con la cesantía devengada. Infortunadamente la redacción de la norma quedo mal en la inmensa mayoría de los textos y publicaciones. pero un trabajador si puede demandar si no se aplica la formula correcta

    Responder
  10. Nelly Alvarez B. (octubre 7 de 2023)

    Buen día. En la finca hay una veterinaria que lleva trabajando 23 años y mensualmente se le pagaban los honorarios por $ 1.680.000. Esta finca es de persona natural que acaba de fallecer, pero los hijos quieren retribuirle con las prestaciones sociales de todo este tiempo. Al hacer la liquidacion de intereses sobre las cesantías, si aplico la formula, este valor me da mucho mayor al valor de todas las prestaciones. Mi consulta es coo se calculan los intereses sobre las cesantias si el tiempo laborado son 8470 dias? Mil gracias.

    Responder
  11. Elizabeth Londoño Correa (octubre 30 de 2023)

    Buen día,

    No se quién empezó a utilizar esta fórmula para liquidar los intereses a las cesantías, pero en la práctica un trabajador no labora el año completo, mensualmente se le ha reconocido en la cuenta por pagar al empleado con la fórmula de provisión de cesantías el saldo en esta cuenta es mucho más alto que el valor al calcular la liquidación de los intereses de cesantías por terminación de contrato, teniendo que reversar la provisión en un valor muy significativo. A continuación dejo el ejemplo muy claro de lo que siempre me ha pasado en las empresas en donde he manejado la nómina:

    Responder
    • Elizabeth Londoño Correa en respuesta a Elizabeth Londoño Correa (octubre 30 de 2023)

      EMPLEADO
      DESDE 12/07/2023
      HASTA 6/10/2023
      SALARIO 1.500.000,00
      AUX TRANSPORTE 140.606,00

      PROVISION MENSUAL INTERESES CESANTIAS

      MES BASE DIAS TRABAJADOS CESANTIAS INTERESES DE CESANTIAS
      JULIO 1.039.050,47 19 86.587,54 10.390,50
      AGOSTO 1.640.606,00 30 136.717,16 16.406,06
      SEPTIEMBRE 1.640.606,00 30 136.717,16 16.406,06
      OCTUBRE 328.121,20 6 27.343,43 3.281,21
      85 387.365,29 46.483,83

      LIQUIDACION CONTRATO INTERESES DE CESANTIAS

      BASE
      SALARIO 1.500.000,00
      AUX TRANSPORTE 140.606,00
      1.640.606,00

      CESANTIAS 387.365,31
      INTERESES DE CESANTIAS 10.975,35

      DIFERENCIA CON LO PROVISIONADO 35.508,48

      FORMULA CORRECTA LIQUIDACION CONTRATO INTERESES CESANTIAS

      CESANTIAS*12% 46.483,84

      Responder
  12. Ernesto Piedrahita (enero 12 de 2024)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular. Hago asesorías en contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, Licencias, permisos, embargos salariales, despidos con justa o sin justa causa y las indemnizaciones laborales.

    Responder
  13. Ernesto Piedrahita (enero 13 de 2024)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. whatsapp: 313-8830983. NOTA: Respondo de manera gratuita a máximo 2 preguntas o inquietudes que me hagan en temas laborales escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi número de celular. Hago asesorías en contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, Licencias, permisos, despidos con justa o sin justa causa, embargos laborales y las indemnizaciones laborales.

    Responder
  14. INES ANGELICA LOPERA CASTRO (marzo 13 de 2024)

    Solicito ver el estado de los intereses de cesantías

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a INES ANGELICA LOPERA CASTRO (marzo 13 de 2024)

      Debe solicitarlo al empleador, quien es el que conoce el monto acumulado de las cesantías, y quien debió hacer la liquidación. Es un dato que no puede consultar en el fondo de cesantías por cuanto los interese sobre cesantía son liquidados por el empleador y no son consignados en el fondo sino que son pagados directamente al trabajador.

      Saludos

      Responder

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