¿Cuándo prescriben las cuotas de administración en la propiedad horizontal?

En el conjunto donde vivo me están cobrando una cuota extraordinaria de hace 6 años, y tengo entendido que ya debería estar prescrita. ¿Es eso correcto?

Fecha: 2024-02-19. Editado 2024-05-13 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Autor: Gerencie.com.

En aplicación del artículo 2536 del código civil, que trata sobre la prescripción de la acción ejecutiva, las cuotas de administración en la propiedad horizontal prescriben a los 5 años contados desde la fecha en que se hacen exigibles, es decir, desde la fecha en que vence el plazo para pagarlas.

Consulte: Pago de cuotas y expensa necesarias en la propiedad horizontal.

Debe tenerse en cuenta que lo que prescribe no es la cuota como tal sino la acción ejecutiva, de modo que así la deuda tenga más de 5 años la propiedad horizontal puede exigirle el pago mediante una demanda ejecutiva, y en ese caso el copropietario deberá interponer la excepción de prescripción, que, si prospera, el proceso ejecutivo termina reconociendo la obligación reclamada.

En consecuencia, si le están cobrando la cuota extraordinaria y usted ha decidido no pagarla, debe esperar a que le inicien un proceso ejecutivo para allí alegar la prescripción.

Sin embargo, debe tener en cuenta que según el mismo artículo 2536 del código civil, una vez prescribe la acción ejecutiva, esta se convierte en ordinaria por un término de 5 años más, de modo que, lo más probable es que la administración no le inicie un proceso ejecutivo, pues el abogado de sobra sabe que no prosperará debido a que usted o su abogado alegará la prescripción, sino que en su lugar le iniciará un proceso declarativo para el cual tiene un término de 10 años contados desde que la deuda se hizo exigible, y en ese proceso con toda seguridad el juez determinará que en efecto, y en virtud de la ley 675 de 2001, usted está obligado a pagar las cuota dispuestas por la asamblea de la propiedad horizontal, y esa sentencia se convertirá en el título ejecutivo con el cual usted será ejecutado si que en esa oportunidad usted pueda alegar la prescripción.

Fecha: 2024-02-19
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