El régimen simplificado en el impuesto a las ventas en el año 2022 corresponde a las personas naturales que no son responsables del IVA, que son aquellas que cumplen con los requisitos señalados por el parágrafo 3 del artículo 437 del estatuto tributario.
Topes régimen simplificado 2022.
Para pertenecer al régimen simplificado en 2022, o mejor, para no ser responsable del IVA durante 2022, ya que actualmente quienes no son responsables de IVA ya no se denominan régimen simplificado, deben cumplir con los siguientes topes:
| Concepto. | Monto. |
| Ingresos durante 2022: | Inferiores a $133.014.000. |
| Ingresos en 2021: | Inferiores a $127.078.000. |
| Contratos de venta o prestación de servicios durante 2022: | Inferiores a $133.014.000. |
| Contratos de venta o prestación de servicios en 2021: | Inferiores a $127.078.000. |
| Monto de consignaciones bancarias y depósitos durante 2022: | Inferiores a $133.014.000. |
| Monto de consignaciones bancarias y depósitos en 2021: | Inferiores a $127.078.000. |
| Número de establecimientos de comercio, locales u oficinas: | Máximo 1. |
| Actividades que no debe realizar: | Actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. |
| Usuario aduanero: | No debe serlo. |
Si se deja de cumplir un solo requisito, o se supera un solo tope, la persona natural debe inscribirse como responsable del IVA, que corresponde al antiguo régimen común.




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