Régimen simplificado 2023

Al régimen simplificado (nombre utilizado anteriormente) pertenecen las personas naturales que no son responsable del Iva, por cumplir con los topes o requisitos que señala el parágrafo 3 del artículo 437 del estatuto tributario.

Topes régimen simplificado 2023.

Las personas naturales podrán pertenecer al régimen simplificado en el 2023 si no superan los siguientes topes o valores.

Concepto. Monto.
Ingresos durante el 2023 Inferiores a $148.442.000.
Ingresos en el 2022 Inferiores a $133.014.000.
Contratos de venta o prestación de servicios durante el 2023. Inferiores a $148.442.000.
Contratos de venta o prestación de servicios en el 2022. Inferiores a $133.014.000.
Monto de consignaciones bancarias y depósitos durante el 2023. Inferiores a $148.442.000.
Monto de consignaciones bancarias y depósitos en el 2022. Inferiores a $133.014.000.
Número de establecimientos de comercio, locales u oficinas: Máximo 1.
Actividades que no debe realizar: Actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
Usuario aduanero: No debe serlo.

Si de deja de cumplir un solo requisito, o se supera un solo tope, la persona natural debe inscribirse como responsable del Iva, que corresponde al antiguo régimen común.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter

Déjenos su opinión

Una opinión
  1. Juanito Dice:

    xd

    Responder
En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc., pero debe hacerlo con respeto, sin insultar y sin ofender a otros.

Información legal aplicable para Colombia.

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.