Revisor fiscal en sociedades por acciones simplificada

Las sociedades por acciones simplificada están obligadas a tener revisor fiscal sólo si superan los topes de ingresos y/o patrimonio que señala la ley 43 de 1990, ya que no les aplica la regla general del código de comercio respecto a las sociedades por acciones a que se refiere el artículo 203 del código de comercio.

Revisoría fiscal en las SAS.

Las SAS son sociedades por acciones y por el simple hecho de serlo deberían estar obligadas a tener revisor fiscal debido al artículo 203 del código de comercio, pero no es así.

Esto en razón al artículo 1 del decreto 2020 de 2009, que de forma expresa señala que la S.A.S tendrá la obligación de tener revisor fiscal en los términos del artículo 13 de la Ley 43 de 1990.

Esto quiere decir que la S.A.S sólo tendrá la obligación de tener revisor fiscal cuando supere los topes allí señalados que cambian cada año en razón a que están fijados en salarios míninimos.

Requisitos para que la S.A.S tenga revisor fiscal.

En este orden de ideas, la Sociedad por acciones simplificada tendrá la obligación de tener un revisor fiscal, cuando cumple uno o los dos topes de ingresos y activos:

  1. Activos brutos del año anterior iguales o superiores a 5.000 salarios mínimos mensuales.
  2. Ingresos brutos del año anterior iguales o superiores a 3.000 salarios mínimos mensuales.

Se toman como referencia el salario mínimo del año anterior para determinar si en un año determinado se tiene la obligación de tener revisor fiscal.

S.A.S que deben tener revisor fiscal en 2024.

Las S.A.S que deben tener revisor fiscal en el 2023 son las que tengan activos y/o ingresos que superen los siguientes topes a 31 de diciembre de 2023:

  • Ingresos iguales o superiores a $3.480.000.000.
  • Activos iguales o superiores a $5.800.000.000.

El cálculo se debe hacer con el salario mínimo del 2023, que es de $1.160.000.

S.A.S que deben tener revisor fiscal en 2023.

Las S.A.S que deben tener revisor fiscal en el 2023 son las que tengan activos y/o ingresos que superen los siguientes topes a 31 de diciembre de 2022:

  • Ingresos iguales o superiores a $3.000.000.000.
  • Activos iguales o superiores a $5.000.000.000.

El cálculo se debe hacer con el salario mínimo del 2022, que es de $1.000.000.

Casos especiales en que una S.A.S debe tener revisor fiscal.

Hay casos en que una S.A.S debe tener revisor fiscal incluso si no supera los topes de ingresos y activos, como es el caso de una SAS del sector de la salud (Artículo 228 de la ley 100), o en las empresas del sector financiero, según el artículo 20 de la ley 45 de 1990.

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