Bases y tarifas de retención en la fuente en los conceptos de retención más comunes, que se deben aplicar en el año 2021.
Conceptos de retención | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Porcentajes de retención |
Compras generales (declarantes) | 27 | $ 980.000 | 2,50% |
Compras generales (no declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Compras con tarjeta débito o crédito | 0 | 100% | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial | 92 | $ 3.340.000 | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial (declarantes) | 27 | $ 980.000 | 2,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial declarantes (no declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Compras de café pergamino o cereza | 160 | $ 5.809.000 | 0,50% |
Compras de combustibles derivados del petróleo | 0 | 100% | 0,10% |
Enajenación de activos fijos de personas naturales (notarías y tránsito son agentes retenedores) | 0 | 100% | 1% |
Compras de vehículos | 0 | 100% | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (por las primeras 20.000 UVT, es decir hasta $726.160.000) | 0 | 100% | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (exceso de las primeras 20.000 UVT, es decir superior a $726.160,000) | 20.000 | $ 726.160.000 | 2,50% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea distinto a vivienda de habitación | 0 | 100% | 2,50% |
Servicios generales (declarantes) | 4 | $ 145.000 | 4% |
Servicios generales (no declarantes) | 4 | $ 145.000 | 6% |
Por emolumentos eclesiásticos (declarantes) | 27 | $ 980.000 | 4% |
Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Servicios de transporte de carga | 4 | $ 145.000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (no declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía aérea o marítima | 4 | $ 145.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) | 4 | $ 145.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) | 4 | $ 145.000 | 2% |
Servicios integrales de salud prestados por IPS | 4 | $ 145.000 | 2% |
Servicios de hoteles y restaurantes (declarantes) | 4 | $ 145.000 | 3,50% |
Servicios de hoteles y restaurantes (no declarantes) | 4 | $ 145.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100% | 4% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (no declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Otros ingresos tributarios (declarantes) | 27 | $ 980.000 | 2,50% |
Otros ingresos tributarios (no declarantes) | 27 | $ 980.000 | 3,50% |
Honorarios y comisiones (personas jurídicas) | 0 | 100% | 11% |
Honorarios y comisiones pagados a personas naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT ($119.816.000) | 0 | 100% | 11% |
Honorarios y comisiones (no declarantes) | 0 | 100% | 10% |
Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software | 0 | 100% | 3,50% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | 100% | 7% |
Rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija | 0 | 100% | 4% |
Loterías, rifas, apuestas y similares | 48 | 1.743.000 | 20% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | 182.000 | 3% |
Contratos de construcción y urbanización. | 27 | 100% | 2% |
RETENCIÓN POR PAGOS AL EXTERIOR | |||
Pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial o del know-how, prestación de servicios, beneficios o regalías provenientes de la propiedad literaria, artística y científica, explotación de películas cinematográficas y explotación de software. | 0 | 100% | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia, | 0 | 100% | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia, | 0 | 100% | 15% |
Pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes que se celebren directamente o a través de compañías de leasing, con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. | 0 | 100% | 1% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros o intereses, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos o valores de contenido crediticio, por término igual o superior a ocho (8) años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público- Privadas en el marco de la Ley 1508 de 2012. | 0 | 100% | 5% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de prima cedida por reaseguros realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. | 0 | 100% | 1% |
Pagos o abono en cuenta por concepto de administración o dirección de que trata el artículo 124 del estatuto tributario, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. | 0 | 100% | 33% |
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diciembre 10th, 2020 a las 9:34 am
Según su información de la UVT, la tabla estaría incorreccta.
enero 5th, 2021 a las 3:42 pm
Esta bien, UVT 2021: 36308*27= 980316 redondeado $980.000
diciembre 10th, 2020 a las 9:34 am
Según su información de la UVT, la tabla estaría incorrecta.
marzo 16th, 2021 a las 7:07 am
El calculo esta bien realizado, y ya esta con el valor de la UVT del año 2.021 que es de $36.308
si desean pueden comprobar haciendo los cálculos para cada retención y realicen el respectivo aproximación al mil mas cercano.
diciembre 10th, 2020 a las 10:05 am
¿Porque si la UVT es de 36.308, la base por 27 es 988.000? Si:
36.308 x 27 = 980.316… ¿cual es la lógica?
enero 19th, 2021 a las 10:30 am
Dónde dice $988.000???
julio 1st, 2021 a las 7:53 pm
988.000 carajo esta mal de calculo amigo. segun yo entiendo los UVT. si $501 lo redondea a mas valores y $499 amenos valores
diciembre 10th, 2020 a las 12:36 pm
OPINO QUE COMO EL DECRETO QUE ORIGINA ESTA TABLA ES PUBLICADO EN 2020, LOS CALCULOS SE HACEN CON BASE EN EL UVT DE 2020
diciembre 10th, 2020 a las 2:44 pm
Cordial saludo
Se estaría preparando la tabla de RF con una UVT que no es la oficial
Gracias
diciembre 11th, 2020 a las 3:29 pm
Y la retención sobre dividendos y participaciones?
diciembre 21st, 2020 a las 9:30 pm
Señores Gerencie, por favor revisar la norma y el cálculo matemático.
Mediante la resolución 000111 del 11 de Diciembre de 2020, la la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dio a conocer el valor de la UVT aplicable en 2021, la cual quedó en $36.308.
enero 7th, 2021 a las 12:04 pm
36.308 X 27 = 980.316 Por eso la base queda redondeada a 980.000
enero 19th, 2021 a las 10:29 am
Dónde dice $ 988.000???
febrero 1st, 2021 a las 8:17 pm
Hola, quisiera saber si tengo un contrato de arrendamiento de una oficina por valor de $ 900.000 mensual a un año si se debe aplicar retenciones. Gracias
febrero 7th, 2021 a las 4:27 pm
BUENA TARDE, QUE PUEDO HACER SI UN CLIENTE, DESPUES DE REPETIDAS SOLICITUDES ME SIGUE PRACTICANDO RETENCION EN LA FUENTE DEL 11%, SIENDO LO CORRECTO DE ACUERDO CON MI ACTIVIDD EL 2%. MIL GRACIAS POR SU VALIOSA COLABORACION
abril 8th, 2021 a las 3:44 pm
Lo primero sería notificar mediante oficio, que la tarifa aplicada es incorrecta con su respectiva justificación, aunque la ventaja de la retención alta, es el certificado obtenido para la declaración de renta del próximo año, ojala sea de ayuda.
febrero 15th, 2021 a las 5:45 pm
buenas tardes quisiera saber si la compra de concentrado para perros y gatos como distribuidora, me pueden hacer retencion del 1.5% como producto agricola no procedados?
gracias
febrero 19th, 2021 a las 3:17 pm
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mayo 7th, 2021 a las 11:08 am
Buenos, días, un saludo, especial.
Con todo, respeto, sugiero, revisar, la base mínima, para efectuar retención en los contratos de construcción, a la luz del articulo 1.2.4.9.1, literal (i) en mi opinión, debe ser 27 UVT, y en tabla esta sugerida desde cualquier valor.
mayo 21st, 2021 a las 12:23 pm
EXCELENTE PAGINA, ME HA AYUDADO MUCHO
junio 9th, 2021 a las 5:49 pm
Quisiera saber si la compra de semen bovino tiene algún tipo de retención y cual seria su base y porcentaje de retención en caso de ser así
junio 11th, 2021 a las 3:01 pm
¿Qué retención en la fuente le debo practicar a una Comisión sobre venta, cobrada por una persona natural, cuando el valor de la Comisión no excede los 3.000 UVT.
julio 22nd, 2021 a las 3:53 pm
BUENAS TARDES DIOS LES BENDIGA, TENGO UNA CONSULTA, PASA QUE ESTOY PAGANDO LA PRESTACION DE SERVICIO, PERO NO ESTOY REALIZANDO RETENCION PR QUE EN REALIDAD NO TENGO O CONOSCO, A QUE POR SENTAJE DEBERIA RETERNE YA QUE ES SERVICIO DE SALUD Y LOS PRECIOS VARIAN, HA VALORES DE 660.825- 3049585 HASTA DE 7323404. ESPERO SU COLABORACIO GRACIAS.
octubre 25th, 2021 a las 2:50 pm
Yo trabajo en una EPS, le retenemos a las IPS 2% por servicios, 2.5% por compras y si son profesionales medicos el 10% por Honorarios
noviembre 10th, 2021 a las 11:58 am
POR QUÉ EL 10%? SI TAMBIÉN PODRÍA APLICAR PARA SERVICIOS GENERALES Y SER EL 4% PARA MÉDICOS
enero 15th, 2022 a las 9:21 am
Los servicios prestados como profesional de Salud no son considerados generales. es necesario el intelecto para prestarlos por ello son honorarios
julio 22nd, 2021 a las 4:05 pm
BUENAS TARDES CUANTO DEBO APLCAR RETENCIO POR UN SERVICIO DE ESPESCIALITA DESDE 660000 HASTA 7000000
octubre 25th, 2021 a las 2:59 pm
«Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por Instituciones Prestadoras de Salud, IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos, estarán sometidos a la tarifa del dos por ciento (2%).»
Si son compras de insumos, medicamentos, etc 2.5%
Si son honorarios de medicos etc, (honorarios) el 10%
agosto 5th, 2021 a las 2:43 pm
Contratos de construcción y urbanización. 27 100% 2%
La formulación de este enunciado es erróneo, porque es correcto que la base para calcular esta retención son 27 UVT, en pesos no serian en 100%, por el contrario el valor correcto es $ 98.000.
agosto 5th, 2021 a las 2:44 pm
CORRIJO EL VALOR $ 98.000 QUISE DECIR $ 980.000
agosto 5th, 2021 a las 2:46 pm
CORRIJO EL VALOR 98.000, QUISE DECIR $980.000
agosto 21st, 2021 a las 8:31 am
Soy docente y modista, tengo RUT como docente, pero no como modista. Hice once uniformes para el colegio donde trabaje ¿Cuál es el porcentaje que me puede retener el colegio?
septiembre 24th, 2021 a las 12:20 pm
3.5 porque eres una persona natural.
agosto 24th, 2021 a las 2:55 pm
Buenas tardes
Si una persona natural declarante tiene compras por 850.417 + iva de 161.579 = 1.011.996
Se le hace retencíon en la fuente por 2,5% ?
O se tiene en cuenta el monto que dice que por compras generales Declarantes es 980.000
Esos 980.000 esta incluído por ejemplo despues de iva ó antes de iva.
Gracias por sus respuestas.
agosto 25th, 2021 a las 1:34 pm
No se realiza retencion en la fuente, la base por compras es $980.000 y tienes $850.417, no se debe incluir el iva para retenciones.
septiembre 24th, 2021 a las 4:24 pm
Buenas tardes, el valor para aplicar retefuente y reteica es sobre el subtotal antes de iva, que equivale a igual o mayor de 980.000 para compras.
septiembre 24th, 2021 a las 4:26 pm
Buenas tardes, antes de iva. se hacen retenciones de retefuente y reteica ( si es en la misma ciudad ) la base minima es de 980.000
septiembre 14th, 2021 a las 6:17 pm
Buenas tardes,
Por favor que retención aplico a una persona natural por concepto de asesoría en procedimiento comercial? Mil gracias.
septiembre 24th, 2021 a las 4:30 pm
se aplicaria retencion por Honorarios, del 11% si es persona juridica, 11% si es persona natural que cumpla con este requisito Honorarios y comisiones pagados a personas naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT ($119.816.000).
10% persona natural si no son declarantes.
octubre 14th, 2021 a las 7:32 pm
Buena tardes. Una duda cuando se hace un alquiler de un canguro(apisonador) por un día, se debe hacer retención del 4%, la duda es si debo aplicarle también el iva
noviembre 12th, 2021 a las 2:23 pm
Tengo una duda, las licencias de construcción que retenciones aplica, seria de gran ayuda
noviembre 24th, 2021 a las 3:46 pm
Buenas tardes, si de parte de un hospital contrato un mecanico para reparacion de un vehiculo tipo ambulancia y el valor que me cobra es $600.000, que retenciones debo aplicarle
noviembre 29th, 2021 a las 3:26 pm
hola quisiera saber si yo al traerle a terceros divisas del exterior, se les debe aplicar alguna retención en la fuente
enero 14th, 2022 a las 2:28 pm
Las divisas son cambiadas en bancos los cuales solo cobran comisiones, no se aplica ninguna retención.