Comentarios sobre el auxilio de transporte por días
Los trabajadores que devenguen un sueldo mensual de hasta dos salarios mínimos mensuales, tienen derecho al auxilio de transporte, y en caso de no haber trabajado el mes completo, el auxilio se reconocerá en proporción a los días trabajados.
Cuando el trabajador no ha laborado el mes completo, en la práctica los empleadores utilizan dos formas para liquidar el auxilio de transporte en proporción a los días trabajados, siendo una de las formas más beneficiosa para el empleador.
Sabemos que para efectos laborales el mes tiene 30 días, es decir que el auxilio de transporte se calcula con base a un mes de 30 días. Ahora, si el trabajador no labora todo el mes, sino que falta al trabajo uno o varios días, ya sea por una incapacidad, por una licencia o permiso, es preciso descontar los días no trabajados.
Si el trabajador falta al trabajo durante 5 días en el mes, se descuentan esos 5 días de los 30 que se supone tiene el mes, es decir que se la paga un auxilio de transporte equivalente a 25 días. Esta es una de las formas de calcular el auxilio de transporte proporcional a los días trabajados y es la más utilizada.
Pero hay algunos empleadores que le dan otra interpretación al asunto y se toman de forma muy literal aquello de que el auxilio de transporte se paga en proporción a los días trabajados en los casos en que no se labora el mes completo, y en efecto cuentan los días que efectivamente trabajó el empleado durante el mes, en lugar de restar aquellos que no trabajó.
Con esta particular interpretación, el resultado no es 25 días sino 22 días o hasta menos, puesto que se cuentan únicamente los días efectivamente trabajados, es decir que no se cuentan ni los domingos ni los festivos.
Estos recursivos empleadores interpretan que si el empleado trabaja todo el mes, se le paga el auxilio completo, lo que equivale a pagar el auxilio de transporte por los domingos y festivos, pero si el empleado no labora el mes completo, sólo se le pagan los días efectivamente trabajados, excluyendo en este caso domingos y festivos, así como los días laborables no trabajados.


mi pregunta es q si me deben pagar subsidio de transporte si trabajo al dia y me pagan solo 25000pesos dia trabajado
buenos dias quisiera saber si trabaje hasta el 02 de mayo
mi pregunta es que si el empleador tiene que pagar el seguro ese mes completo es decir tiene que pagar el 9% del minimo con el que yo ganaba o es que solamente pagaria el seguro proporcional o sea por los dos dias que trabaje.
Buenas tardes, quisiera saber si bajo un contrato a término indefinido trabajo 2 días a la semana, 1 en capacitacon y el día sábado 11 horas y devengando un mínimo, tengo derecho a auxilio de transporte?
saludos trabajo en una empresa de seguridad la cual paga el auxilio de transporte solo los dias que se laboran ejemplo en la quincena laboramos 11 dias solo nos pagan esos dias es esto legal? gracias por su respuesta.
Si el trabajador falta al trabajo durante 5 días en el mes, se descuentan esos 5 días de los 30 que se supone tiene el mes, es decir que se la paga un auxilio de transporte equivalente a 25 días. Esta es una de las formas de calcular el auxilio de transporte proporcional a los días trabajados y es la más utilizada.
hey parcero dime que respondieron que tengo tambien esa duda con lo de el transporte y la empresa de segurida privada gracias este es mi correo andresmuriel84@hotmail.com respondeme gracias…
mi pregunta es que cuando una mujer entra embarazada a laborar y la afilian a la eps hay le corresponde pagar la licencia a la empresa en su totalidad o a la eps, o simplemente la eps paga proporcional a los meses de gestación y el excente la empresa?? por favor me colaboran
buenas tardes,
necesito ayuda con los siguiente,es legal que los transporte escolar cobre le tiempo de vacaciones de los niños, es un tiempo en que los niños estan sentados en la casa.
quisiera saber si hay alguna norma que rija esto, para estar segura si estoy obligada a hacerlo.
quedo atenta a sus comentarios
claudia Gallo Jaramillo
buenas tardes; Para llegar a mi trabajo se requiere tomar buses intermunicipales, tengo derecho a este auxilio de transporte teniendo en cuenta el costo y la distancia que existe entre mi lugar de trabajo y la casa?
Gracias
La norma no diferencia transporte urbano., veredal o intermunicipal.
Por favor alguien me puede informar si contrato a una persona medio tiempo, 24 horas semanales, el subsidio de transporte se paga completo o la mitas? Muchas gracias.
Se paga completo independientemente de la jornada de trabajo. Si trabaja ocho horas o sin cuatro, igual se incurre el mismo gasto.
hola, ustedes saben con a donde hay que poner la queja por el subcidio de trasporte mnimo no alcanza . ni para cojer trasmilenio en bogota.
Recuerde que el auxilio de transporte es una ayuda para sufragar ese gasto. No significa que se debe pagar la totalidad del valor por transporte en que se incurre.
Si a un empleado los incapacitan de lunes a viernes todo un mes y la empresa no labora ni sabado ni domingo, a este empleado se le debe pagar Auxilio de Transporte? Muchas gracias por su respuesta.
Hola Patri.
Si el empleado en cuestión que tú mencionas ha estado incapacidado todo el mes, la empresa debe cancelarle sólo el salario que gana sin el auxilio de transporte, ya que este no se cancela cuando el empleado ha estado incapacitado, ha tenido licencia no remunerada, suspensión, etc.
Espero te haya aclarado la duda.
Saludos.
Siendo objetivo, ni para un lado ni para el otro, ambos calculos brindan desventaja o para el trabajador o para el empleador.
Se debería tomar en cuenta para la base del calculo no 30 dias sino los dias laborales que tiene ese mes. Así, cualquiera de los dos tipos de calculo darían igual.
Ej.
Junio de 2010 tiene 24 dias labolables, el resto son domingos y festivos donde el trabajador no se transporta. Entonces $61.500 / 24 = $2.562,5 por dia.
Si descontamos 5 dias nos da $2.562,5 x 5 = 12.815 >> 61.500 – 12.812,5 = $48.687,5
Si contamos los dias que fué a trabajar tambien nos da 19 x $2.562,5 = $48.687,5
Me parece una manera de hacer el calculo donde no hay lugar a dudas.
Es una posición respetable. Habrá que esperar a que alguien solicite el pago de tal manera en algún proceso y esperar a que la jurisprudencia siente una posición jurídica al respecto.