¿En qué consiste la afectación a vivienda familiar?
La afectación a vivienda familiar es una figura creada por la ley para proteger la vivienda en la que reside una familia, de manera tal que dicha vivienda resulta inembargable excepto en algunos casos expresamente contemplados por la ley.
Con esta figura la ley busca proteger la familia como unidad básica de la sociedad. La ley ha entendido que para que una familia se pueda consolidar, requiere de un espacio físico mínimo el cual debe ser protegido de manera especial, lo que conlleva a que una vivienda familiar no pueda ser embargada por ningún acreedor.
Sobre el sentido de esta figura, ha dicho la corte constitucional en sentencia C-192 de 1998:
La Constitución de 1991 protege de manera especial a la familia, a la que considera "institución básica de la sociedad" (art. 5 C.P.) y "núcleo fundamental" de la misma (art. 42 C.P.).
Toda persona tiene derecho a una vivienda digna y la Constitución ordena al Estado que fije las condiciones necesarias para hacerlo efectivo (art. 51 C.P.).
Pero la vivienda destinada a la familia goza de especialísima protección constitucional, en cuanto un mínimo espacio físico, adecuado a su preservación y desarrollo, es absolutamente indispensable para que el conjunto de la sociedad se desenvuelva en armonía. Desde este punto de vista, la garantía de la vivienda familiar no es solamente un propósito deseable de los individuos sino un objetivo del más alto y urgente interés social, particularmente en lo que toca con las personas de menores ingresos.
El artículo 44 de la Constitución, al consagrar los derechos fundamentales de los niños, destaca entre ellos el de tener una familia y no ser separados de ella, a la vez que proclama el mandato de protegerlos contra toda forma de abandono e insiste en la obligación de la familia, la sociedad y el Estado en el sentido de garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos, nada de lo cual puede lograrse cabalmente si los menores, solos o con los suyos, carecen de una habitación digna a la cual acogerse, o si corren el riesgo de perderla, generalmente a causa de problemas económicos que no está en sus manos resolver.
Por eso, de manera expresa el Constituyente ha querido establecer a favor de la familia, y particularmente de los niños, un patrimonio mínimo que pueda subsistir aun frente a cobros judiciales coactivos y del cual no se pueda disponer, inclusive por quienes lo han constituido, para fines distintos. La Carta Política autoriza al legislador para determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable.
Bien, la afectación a vivienda familiar está contemplada por la ley 258 de 1996 que en su artículo primero dice:
Definición. Entiéndese afectado a vivienda familiar el bien inmueble adquirido en su totalidad por uno o ambos cónyuges, antes o después de la celebración del matrimonio destinado a la habitación de la familia.
La consecuencia principal de la afectación a vivienda familiar es la inembargabilidad del inmueble calificado como tal. Sobre el respecto dice el artículo 7 de la ley 258 de 1996:
Los bienes inmuebles bajo afectación a vivienda familiar son inembargables, salvo en los siguientes casos:
1. Cuando sobre el bien inmueble se hubiere constituido hipoteca con anterioridad al registro de la afectación a vivienda familiar.
2. Cuando la hipoteca se hubiere constituido para garantizar préstamos para la adquisición, construcción o mejora de la vivienda.
El inmueble afectado a vivienda familiar sólo se puede embargar si se hipotecó con anterioridad a la fecha en que se registró la afectación a vivienda familiar, y por supuesto que en este caso sólo el beneficiario de la hipoteca puede solicitar el embargo.
Se puede embargar también cuando la hipoteca se constituye posteriormente a la fecha de de registro de la afectación a vivienda familiar, si dicha hipoteca se constituyó para adquirir, construir o mejorar la vivienda objeto de afectación familiar.
Esta es la razón por la que algunos bancos no aceptan como garantía un bien inmueble con afectación a vivienda, puesto que en caso de que el deudor no pague, no le podrá embargar la vivienda.
Otro aspecto importante de esta figura, es que para poder vender un inmueble afectado a vivienda familiar, se requiere la firma de los dos cónyuges, puesto que para poder vender primero se debe levantar la afectación a vivienda familiar, y dicha afectación se debe levantar por escritura pública para lo cual se requiere que comparezcan los dos cónyuges.
Como se puede observar, esta figura protege la vivienda familiar no solo frente a terceros sino que protege a un cónyuge frente al otro, dado que ninguno puede vender la vivienda sin la aprobación del otro.
Para mayor información consultar la ley 258 de 1996


Hola, mi pregunta es, yo tengo un apto con afectacion a vivienda familiar, sin hipoteca, lo tengo arrendado, y soy socia de una empresa ltda familiar que tiene varias deudas y demandas de empleados, es posible que como socia me embarguen el apto?
tengo deudas con varios bancos y tarjetas de créditos por ha hora no tengo como pagarlas pero tengo una casa hipotecada y con afectación familiar me pueden embargar sino pago o que me puede pasar
fecha mayo 16 hora 09:48
tengo creditos con varios bancos por deudas con libranzas y tarjeta de credito por ahora no tengo con que pagarles ni tampco bienes que me puedan embargar. LA PREGUNTA ES CUANTO TIEMPO TIENEN ESAS ENTIDADES BANCARIAS PARA PODERME COBRAR LAS DEUDAS o EJECUTARME Y POR CUANTO TIEMPO ME PUEDEN TENER REGISTRADO EN DATA CREDITO. ES DECIR ESAS DEUDAS PUEDEN EXTIGUIRSE POR EL TRASCURSO DEL TIEMPO y EN CUANTO Y A PARTIR DE QUE FECHA COMIENZA A CONTARSE
GRACIAS
Responder
buenos dias
solicito informacion acerca de si puedo tramitar un credito de vivienda, teniendo en cuenta que estoy reportado en datacredito pero la persona que va a tramitar el credito no lo esta, lo que queremos formar el grupo familiar para poder sacar el credito es posible??? gracias
fue reportado con o sin razón?….aviseme
Con razon
entonces dependerá de la política del banco, lo mas probable es que nieguen su solicitud x estar reportado.
Buenos Dias
Necesito saber si puedo hacer parte de n grupo familiar ya que me encuentro reportado en datacredito, la pregunta es puedo pasar papeles para tramitar un creito de vivienda siendo que el credito va a quedar a nombre de otra persona?????
Buenos dias.
Yo compre un inmueble y la firmamos mi conyuge y yo, pero quedo estipulado en la escritura que no que enajena NO ESTA AFECTADO A VIVENDA FAMILIAR, para venderlo debemos firmar los dos o unicamento yo que aparesco como propietario del inmueble.
si ambos son dueños, ambos deben firmar u otorgar poder.
Buenas tardes. mi hermano fue favorecido con una casa con afectacion familiar eso fue en enero de 2006 y en agosto del mismo año se hizo una declaración extraprocesal donde se firmó que ya no conviven no tienen escritura pública aún de la casa. Se debe hacer lo mismo de los casos anteriores
Mi esposa trabajaba como empleada pero el lugar de trabajo se complicaro las cosas por que le subieron el horario de trabajo y tenemos los bebes chicos y se retiro, llevaba buscando un trabajo de 8 horas buen tiempo pero por ningun lado conseguia, decidimos montar un negocio en la casa pero es de interes social. Mi pegrunta es que tan legal es hacerlo y si puedo sacarle permisos para que mi esposa pueda trabajar sin ningun problema. Gracias.
tengo creditos con varios bancos por deudas con libranzas y tarjeta de credito por ahora no tengo con que pagarles ni tampco bienes que me puedan embargar. LA PREGUNTA ES CUANTO TIEMPO TIENEN ESAS ENTIDADES BANCARIAS PARA PODERME COBRAR LAS DEUDAS o EJECUTARME Y POR CUANTO TIEMPO ME PUEDEN TENER REGISTRADO EN DATA CREDITO. ES DECIR ESAS DEUDAS PUEDEN EXTIGUIRSE POR EL TRASCURSO DEL TIEMPO y EN CUANTO Y A PARTIR DE QUE FECHA COMIENZA A CONTARSE
GRACIAS
Hola,
una pareja tiene un inmueble afectado a vivienda familiar. Se separaron y como era de mutuo acuerdo e hicieron otra negociacion con los bienes, hicieron la disolucion de la sociedad conyugal en 0. Ahora van a vender el apartamento y la pregunta es:
1. Hay que desafectar el bien mediante escritura?
2. Como es el procedimiento sabiendo que ya son separados?
muchas gracias
marcela
el tramite es igual ante notaria, y x colocar ese cero x evitar pagar en el proceso ahora deberan hacerlo ante la notaria.
ambos deben expresar su consentimiento.
Mis padres afectaron a vivienda familiar su casa cuando la compraron en 1998, ahora mi Padre falleció y mi madre nos vende su derecho sobre la propiedad, ¿como se levanta la afectación a vivienda familiar si mi padre ya falleció?
luis
su madre debe ir a la notaria y con el registro de defuncion solicitar la escritura de levantamiento, luego si podra vender la casa xq ahora no es recomendable.
tengo la casa con afectación familiar registrada y la pienso arrendar la pregunta es que si mis acreedores ( son bancos y sin hipotecas sobre ella) pueden solicitar el levantamiento de la afectación familiar esos acreedores argumentando que mi familia no vive en ella, es decir se pùede arrendar
juan g.
eso no tiene nada que ver, el que afecta es quien desafecta, claro q puede arrendar.
angelica
la unica que puede levantar la afectacion es su mama, nadie mas a menos que exista hipoteca a favor de un banco.
asi que dejelo asi que no levanten y que busquen la forma de cobrar el credito que muy seguramente no lo encontraran, saludes.
tengo mi casa hipotecada oon persona natural pero tengo deudas con elbanco mi pregunta es el banco me puede enbargar. ya que cuando el banco me presto ellos sabian de la hipoteca de la casa. mi casa es enbargable por algotra entidad sabiendo que esta hipotecada legalmente solicito respuesta por favor orienteme gracias
carlos
mientras la casa este sin afectacion, o patrimonio de familia siempre es posible embargarla, ud dice que le debe a varios acreedores, entonces la rta es simple: todos podran embargarlo hasta concurrencia de sus creditos.
ojo.
Quiero preguntar mi papa tiene una casa y mi mama le hizo una afectacion a vivienda pero despues de mucho tiempo adquirio deuda con los bancos y se atraso en la administracion del conjunta mi pregunta es si esa afectacion la pueden levantar los bancos o el abogado del conjunto y si esta puede ser embargada y si fuera el caso de que si que se podria hacer