En este artículo 15 secciones
- Qué es la razón social de una empresa.
- Cómo se forma la razón social según el tipo de sociedad.
- Razón social de una persona natural.
- Qué es el nombre comercial.
- Diferencias entre razón social y nombre comercial.
- Enseña comercial y marca.
- Registro y protección de cada signo.
- Cómo saber cuál es la razón social de una empresa.
- Preguntas frecuentes.
- Artículos relacionados
La razón social es el nombre legal con el que se identifica una sociedad o un comerciante, inscrito en el registro mercantil, mientras que el nombre comercial es el que usa para darse a conocer al público. El artículo 35 del Código de Comercio impide inscribir nombres idénticos a otros ya registrados. ¿Qué es cada uno, cómo se forma la razón social según el tipo de sociedad y qué pasa con la marca y la enseña?
La razón social es el nombre oficial de una empresa: el que figura en sus estatutos, en el registro mercantil y en el RUT, y el que debe usarse en facturas, contratos, estados financieros y actuaciones judiciales. Cumple frente a la empresa la misma función que el nombre frente a una persona.
Junto con el NIT, la razón social identifica a la persona jurídica. Por ejemplo, «Distribuidora Andina de Alimentos S.A.S.», con NIT 900.xxx.xxx-x, es la razón social de una sociedad, aunque al público se presente con otro nombre.
En sentido estricto, el Código de Comercio distingue entre razón social —formada con el nombre de los socios, como en «Pérez y Compañía»— y denominación social —un nombre de fantasía o alusivo al objeto, como «Inversiones del Valle»—. En la práctica, ambas se llaman razón social.
Cada tipo societario tiene reglas para su razón social, que indican a terceros el régimen de responsabilidad de los socios:
| Tipo de sociedad | Regla de la razón social |
|---|---|
| Sociedad por acciones simplificada | Seguida de las palabras «sociedad por acciones simplificada» o de las letras «S.A.S.» (art. 5, ley 1258 de 2008). |
| Sociedad anónima | Denominación seguida de «Sociedad Anónima» o «S.A.» (art. 373 C. de Co.). |
| Sociedad limitada | Denominación o razón social seguida de «Limitada» o «Ltda.»; si falta, los socios responden solidaria e ilimitadamente (art. 357). |
| Sociedad colectiva | Nombre o apellido de uno o más socios seguido de «y compañía», «hermanos», «e hijos» u otras análogas (art. 303). |
| Sociedad en comandita | Nombre de uno o más socios gestores seguido de «y compañía» y de «S. en C.» o «S.C.A.» (art. 324). |
| Empresa unipersonal | Denominación seguida de «Empresa Unipersonal» o «E.U.» (art. 72, ley 222 de 1995). |
La sigla del tipo no es un adorno: en la limitada, por ejemplo, su omisión en los estatutos hace que los socios respondan ilimitadamente, como explicamos en el artículo sobre la sociedad de responsabilidad limitada.
La persona natural comerciante no tiene una razón social distinta de su propio nombre: su razón social es su nombre completo y su identificación es su número de cédula, que es también la base de su NIT. Lo que sí puede tener es un nombre comercial para su negocio.
Supongamos que Pedro Almíbar tiene una ferretería llamada «El Tornillero»: su razón social es Pedro Almíbar, y «Ferretería El Tornillero» es el nombre comercial de su establecimiento de comercio.
Qué es el nombre comercial.
El nombre comercial es el signo con el que una empresa o un comerciante se da a conocer en el mercado, y puede coincidir con la razón social o ser distinto. Es el nombre de sus establecimientos de comercio o el nombre con el que el público la reconoce.
Es frecuente que una sociedad con una razón social larga o poco recordable use un nombre comercial más sencillo. El nombre comercial es optativo; la razón social, obligatoria.
El siguiente cuadro resume las diferencias:
| Aspecto | Razón social | Nombre comercial |
|---|---|---|
| Función | Identificar legalmente a la empresa | Darla a conocer y posicionarla en el mercado |
| Obligatoriedad | Obligatoria | Optativa |
| Dónde consta | Estatutos, registro mercantil, RUT, facturas | Matrícula del establecimiento, avisos, publicidad |
| Cantidad | Una por persona jurídica | Puede haber varios bajo una misma razón social |
| Uso legal | Contratos, demandas, facturación | Identificación ante el público |
Para efectos legales se usa la razón social: una demanda, un contrato o una factura deben identificar a la empresa por su razón social y NIT, no por su nombre comercial.
Enseña comercial y marca.
Además de la razón social y el nombre comercial, una empresa puede tener otros signos distintivos:
- Enseña comercial: el signo, logo o figura que identifica un establecimiento de comercio.
- Marca: el signo —palabra, figura o combinación— que distingue productos o servicios en el mercado, como las marcas de una bebida o de un café.
Una misma empresa puede tener una razón social, varios nombres comerciales para sus establecimientos y varias marcas para sus productos.
Registro y protección de cada signo.
Cada signo se registra o protege por una vía distinta:
- La razón social se inscribe en el registro mercantil. Según el artículo 35 del Código de Comercio, las cámaras de comercio se abstienen de matricular a un comerciante o establecimiento con el mismo nombre de otro ya inscrito, por lo que antes de constituir una sociedad debe hacerse el control de homonimia en el RUES.
- El nombre comercial se protege, según la Decisión 486 de la Comunidad Andina, por su uso en el comercio, y puede depositarse en la Superintendencia de Industria y Comercio.
- La marca se protege con su registro en la Superintendencia de Industria y Comercio, por 10 años renovables.
Que la cámara de comercio inscriba una razón social no significa que su titular tenga derecho a usarla como marca: el control de homonimia de la cámara es distinto del examen marcario de la SIC. Por eso, antes de elegir un nombre, conviene verificar ambos registros para evitar conflictos con titulares de marcas.
La razón social de una empresa puede consultarse en el RUES buscando por NIT o por nombre, en el certificado de existencia y representación legal o en sus facturas, que deben indicarla obligatoriamente.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
Es el nombre legal con el que la empresa está inscrita en el registro mercantil y en el RUT, y con el que debe identificarse en contratos, facturas y procesos.
Su propio nombre completo; puede usar un nombre comercial para su negocio, pero su razón social sigue siendo su nombre.
Sí. Es frecuente que coincidan, aunque una empresa puede usar uno o varios nombres comerciales distintos de su razón social.
¿Varias empresas pueden usar un mismo nombre comercial?
Solo con autorización del titular, como ocurre en las franquicias, donde cada franquiciado opera con su propia razón social bajo el nombre comercial del franquiciante.
¿Pueden reclamarme por usar un nombre parecido al de otra empresa?
Sí, si el nombre puede generar confusión con una marca registrada o un nombre comercial protegido, incluso en redes sociales.
Si el nombre de un usuario coincide en parte con la razón social de un establecimiento comercial, ¿hay lugar a una demanda por el uso del nombre?
Por ejemplo, la empresa se denomina LABVET y una persona tiene un usuario en Instagram que se llama PEDROLABVET. ¿Puede LABVET reclamar por el uso de ese nombre, considerando que Pedro puede realizar labores similares a las que realiza LABVET?
Sí, es una marca registrada, sí puede haber reclamación porque puede llevar a confusión.
No entendí bien esta parte: ¿varias razones sociales pueden identificarse con un nombre comercial muy conocido?
Si se cuenta con autorización, ¿es posible, como en el caso de las franquicias, que cada una sea operada por una razón social distinta?
Excelente explicación. En esta página he leído muy buenos artículos que son un referente de buena orientación. ¡Gracias!
Gracias por el comentario.
¿Es justo que al liquidar mis impuestos de Industria y Comercio municipal me cobren avisos y tableros si yo no tengo establecimiento y/o local comercial?
No es justo. El impuesto de avisos y tableros sólo se cobra si se colocan avisos en la vía pública, pero probablemente usted sí tiene un aviso frente a su local comercial, como todo establecimiento de comercio.