La calculadora liquida tanto la sanción como la reducción de la sanción.
El porcentaje en que se reduce la sanción depende de si el agente de retención subsana la irregularidad dentro del mes siguiente o dentro de los dos meses siguientes, y para ello debe ingresar la fecha en que fue notificada la resolución de sanción y la fecha en que subsana la irregularidad y lo comunica a la Dian.
Recuerde que el valor que debe ingresar es el que corresponda al total de pagos sujetos a retención y respecto a los que no expidió el certificado.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2026, junio 6). Calculadora de Sanción por no Expedir Certificados [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/calculadora-de-sancion-por-no-expedir-certificados.html
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