Con esta calculadora puede saber qué parte de sus rendimientos financieros no constituye renta por corresponder al componente inflacionario, según el artículo 38 del Estatuto Tributario, y qué parte de los intereses que pagó no puede deducir, según el artículo 118. Aplica el porcentaje que fija el Gobierno para cada año gravable y suma varios certificados. ¿Cuánto de sus rendimientos queda por fuera del impuesto?
Cómo usar la calculadora.
La calculadora tiene dos modos, porque el componente inflacionario afecta tanto los intereses que se reciben como los que se pagan:
Rendimientos financieros recibidos. Ingrese los intereses y rendimientos de cuentas de ahorro, CDT, títulos de deuda pública, bonos o fondos de inversión colectiva que aparecen en los certificados de cada entidad. Puede agregar un certificado por fila y la calculadora los suma.
Intereses y gastos financieros pagados. Ingrese los intereses de los créditos destinados a la actividad que produce la renta. La calculadora le dice qué parte no es deducible.
Año gravable. El año que va a declarar. Cada año tiene su propio porcentaje, fijado por decreto.
El resultado separa la parte que no constituye renta, o que no es deducible, de la parte gravada o deducible, y muestra los porcentajes de todos los años disponibles. Qué es el componente inflacionario, a quién aplica y de qué entidades deben provenir los rendimientos lo explicamos en el artículo sobre el componente inflacionario.
Los porcentajes que aplica la calculadora.
El Gobierno fija cada año dos porcentajes, que se calculan con la fórmula del artículo 40-1 del Estatuto Tributario: el de los rendimientos, que no constituye renta, y el de los costos y gastos financieros, que no es deducible. La calculadora tiene cargados estos:
| Año gravable | Rendimientos | Costos y gastos | Norma |
|---|---|---|---|
| 2025 | 55,43 % | 28,35 % | Decreto 898 de 2026 |
| 2024 | 50,88 % | 25,01 % | Decreto 771 de 2025 |
| 2023 | 66,71 % | 34,40 % | Decreto 1006 de 2024 |
| 2022 | 100 % | 63,35 % | Decreto 848 de 2023 |
El porcentaje del año gravable que se declara se publica por lo general entre julio y agosto del año siguiente. Mientras no se expide, la calculadora lo advierte y permite usar los de los años ya fijados.
En el año gravable 2022 la inflación fue tan alta que el componente calculado superó el 100 % de los rendimientos, y el decreto lo fijó en el 100 %: ese año los rendimientos financieros de estas personas no constituyeron renta.
Ejemplos.
Los siguientes casos muestran los dos modos de la calculadora.
Rendimientos de dos entidades.
Supongamos que en el año gravable 2025 una persona recibió $10.000.000 de rendimientos de un CDT y $2.500.000 de una cuenta de ahorros. Con el 55,43 %, la calculadora suma los dos certificados y separa el componente inflacionario:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Rendimientos financieros | $12.500.000 |
| Componente inflacionario (55,43 %) | $6.928.750 |
| Parte gravada | $5.571.250 |
En la declaración, los $12.500.000 se registran como ingresos de las rentas de capital y los $6.928.750 se restan como ingreso no constitutivo de renta. Como no son una renta exenta, no entran en el límite del 40 % y 1.340 UVT de la cédula general.
Intereses pagados.
Supongamos ahora que, en el mismo año, la persona pagó $10.000.000 de intereses por un crédito destinado a su actividad. Con el 28,35 %, $2.835.000 no son deducibles y solo puede restar $7.165.000. Si el crédito es con un particular, ese valor está además sujeto al límite del artículo 117.
Quiénes no pueden aplicarlo.
Solo aplican el componente inflacionario las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad, según el artículo 41. Si marca la casilla de obligado a llevar contabilidad, la calculadora le muestra que debe declarar el 100 % de los rendimientos y deducir el 100 % de los intereses que cumplan los requisitos.
Recibir muchos rendimientos no lo convierte en obligado: esa obligación es de los comerciantes, y la inversión en CDT o cuentas de ahorro no es una actividad comercial. Para proyectar la declaración completa, con las rentas de capital ya depuradas, use el liquidador de renta de personas naturales.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Qué valor de rendimientos debo ingresar?
El de los rendimientos financieros que certifica cada entidad para el año gravable. Puede ingresar un certificado por fila.
¿Qué pasa si la entidad no certifica el componente inflacionario?
Puede calcularlo con el porcentaje del decreto, porque la norma no exige que esté certificado. Es lo que hace la calculadora.
¿El componente inflacionario es una renta exenta?
No. Es un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, de modo que no entra en el límite general de las rentas exentas.
¿Aplica a los intereses de vivienda?
Los intereses de vivienda son una deducción especial con su propio tope anual, y su relación con el componente inflacionario debe verificarse en la reglamentación de cada año.
¿Cuándo se conoce el porcentaje del año que voy a declarar?
Por lo general entre julio y agosto del año en que se presenta la declaración, cuando se expide el decreto.