Calculadora de cesantías

Calculadora para liquidar el auxilio de cesantías. Ingrese los valores solicitados y obtendrá el valor del auxilio de cesantías, el valor de los intereses sobre cesantías y el valor total a pagar por esos conceptos.







Instrucciones:

  1. Salario. Corresponde al salario del trabajador, que está conformado por salario básico, comisiones, pagos en especie, horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos
  2. Si el trabajador tiene derecho al auxilio de transporte, inclúyalo, de lo contrario deje el campo con el valor 0.
  3. Los días trabajadores desde la última liquidación de cesantías o desde que inició el contrato de trabajo para trabajadores nuevos.

Liquidador basado en información vigente para el año 2024.

Auxilio de cesantías.Auxilio de cesantías, qué es y cuáles son los trabajadores que tienen derecho a ese pago o derecho en Colombia.

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  1. Paola2527 (octubre 27 de 2023)

    Buenos días, quisiera saber cuánto debería recibir de Cesantías si gocé de un salario de 3.250.000 desde 1/1/2023 hasta el 20/9/2023 y luego un salario de 3.450.000 desde el 21/9/2023 hasta el 3/10/2023 que renuncié a mi trabajo por favor. Muchas gracias por la información.

    Responder
    • Santiago Aragón Valencia en respuesta a Paola2527 (noviembre 22 de 2023)

      Cordial saludo. En un principio el tipo de salario que se te estaba pagando hacía referencia a un salario fijo. Sin embargo, teniendo en cuenta el incremento hubo una variación durante el periodo de los ultimos 3 meses por lo cual debe ser promediado, y ya que no completaste el año lo haremos durante el tiempo que llevabas trabajando (273 días en total): 3250000 X 8 (meses)= 26000000. Ahora bien nos faltaria el ultimo mes hasta el que habías recibido dicho salario pero unicamente durante 20 días, para lo cual una regla de 3 sería válida; 3250000 x 20 / 30 = 2166666 (correspondientes al salario de esos 20 días con tu antiguo sueldo del mismo mes de Septiembre). Entonces sumariamos el sueldo total de los meses con el salario de 3250000, que sería 26000000 + 2166666= 28166666.

      Ahora nos faltaría la segunda parte para poder promediar tu salario que corresponde desde el periodo del 21/9/2023 hasta el 3/10/2023 con el que fue tu incremento de salario de 3.450.000: De nuevo una regla de 3 para los TRECE dias faltantes del mes de Septiembre (en el que se presentó el aumento) e inicio de Octubre; 3450000 X 13 (DIAS) / 30 (DIAS DEL MES)= 1495000

      Entonces sumamos todos los salarios devengados durante esos 9 meses de trabajo con sus respectivos aumentos aterrizados anteriormente: 28166666 + 1495000 = 29661666 (TOTAL SALARIOS DEVENGADOS) / 9 (MESES DE TRABAJO) = 3.295.740 <—– Este resultado sería el promedio de tu salario.

      Con dicho promedio ya podemos calcular las cesantias, cuya formular quedaría así:
      3295740 (promedio del salario) X 273 (días laburados) / 360 (días del año laboral) = Lo que se le debería liquidar por concepto de cesantías al momento de su despiedo corresponde al monto de 2.499.269 (DOS MILLONES CUATRO CIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOS CIENTOS SESENTA Y NUEVE) PESOS COLOMBIANOS

      Adicional a esto nos faltaría calcular los intereses a las cesantías que por ley le competen: 2499269 (Cesantías) X 273 X 0.12 (INTERÉS DEL 12%) / 360 = 227.433 (DOS CIENTOS VEINTE SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES) PESOS COLOMBIANOS

      DEBIENDO LIQUIDAR O PAGAR SU EMPLEADOR A USTED LO SIGUIENTE: 2.499.269 (CESANTIAS) + 227.433 (INTERES SOBRE LAS CESANTIAS)=

      PARA UN TOTAL DE 2.726.702 (DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTE SEIS MIL SETECIENTOS DOS) PESOS COLOMBIANOS. Por concepto de cesantias más sus respectivos intereses.

      Tenga en cuenta que al momento de liquidar cesantías se tienen en cuenta los siguientes factores y no solamente el salario básico, los cuales debería usted haberlos tenido en cuenta al momento de definir cual es en realidad su salario mensual:

      -Salario
      -Comisiones
      -Auxilio de transporte.
      -Horas extras.
      -Recargos nocturnos.
      -Recargos por trabajo dominical y festivo.

      Aunque su salario sea çatalogado como fijo, en realidad ningun salario lo es, puesto que por distintos conceptos de pago este puede variar mes a mes, el concepto solo se utiliza para establecer si es necesario promediar o no dicho salario.

      Espero haberle ayudado, soy un estudiante de derecho, aun no poseo titulo de abogado, pero la información el que me base para darle respuesta se haya en esta pagina, en las clases de laboral individual que he recibido y en el código sustantivo del trabajo.

      Que tenga un buen día.

      Responder
  2. Ernesto Piedrahita (diciembre 19 de 2023)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

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