El impuesto de vehículos que el contribuyente pague se puede deducir del impuesto a la renta en virtud del artículo 115 del estatuto tributario, que contempla la deducibilidad del 100% de los impuestos pagados en el respectivo año gravable.
Requisitos para deducir el impuesto de vehículos.
El impuesto de vehículos se puede deducir en renta siempre que tenga relación de causalidad con la actividad generadora de renta, es decir, que se demuestre que ha contribuido directa o indirectamente a generar ingresos.
En el caso de las personas naturales, no podrán deducir el impuesto que han pagado por un vehículo de uso familiar, en razón de que ese vehículo no ha contribuido a la generación de renta. Sin embargo, pueden deducir el impuesto de un vehículo que se puede demostrar que ha contribuido a generar renta, como puede ser la camioneta que un comerciante utiliza para transportar sus mercancías o un ingeniero para gestionar las obras que construye, etc.
Además, solo es deducible el impuesto de vehículos pagado en el periodo gravable objeto de declaración, lo que no representa problemas porque el impuesto de vehículos se paga de forma anticipada al inicio del año. Por ejemplo, en la declaración de renta del 2024 se deduce el impuesto de vehículos correspondiente al año 2024, que se pagó en el mismo 2024.
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