En el 2020 se debe aplicar retención en la fuente por concepto de servicios en pagos iguales o superiores a $142.000.
Tarifas de retención en la fuente por servicios en el 2020.
Existen dos tarifas de retención en la fuente por servicios, dependiendo de si la persona a la que se le aplica la retención es declarante de renta o no:
- Declarantes de renta: 4%
- No declarantes de renta: 6%
Si la persona natural no es declarante de renta, pero se presentan una de las siguientes condiciones, la retención será del 4%:
- Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta superan en el año gravable tres mil trescientos (3.300) UVT;
- Cuando los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural superen en el año gravable tres mil trescientos (3.300) UVT, la tarifa del cuatro por ciento (4%) se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable exceda dicho valor.
Así lo dispone el artículo 1.2.4.4.14 del decreto único reglamentario 1625 de 2016.
diciembre 11th, 2019 a las 8:52 am
Me parece que el patrocinador o comentarista del artículo se ha quedado corto en cuanto a lo que se debe calificar como servicios, y es el caso de honorarios, que en ocasiones se deben tratar como servicios y servicios como honorarios, los servicios de laboratorios son del 2% y no los contempla. ustedes publicaron en otra oportunidad un artículo mas puntual al respecto cuando titularon Retenciones sobre Honorarios, pueden acudir a el y complementar, igual los servicios de obra materia en bien inmueble, hay que contemplarlo. feliz navidad.
junio 2nd, 2020 a las 5:03 pm
ASi es.
diciembre 23rd, 2019 a las 7:57 am
Buenos dias.
Cordial Saludo.
A traves del presente, me permito notificarles para posterior correccion:
En el 2020 se debe aplicar retención en la fuente por concepto de servicios en pagos iguales o superiores a – CORREGIR ESTE VALOR: $140.000 por $142.000.
Tengan un excelente dia.
marzo 1st, 2020 a las 10:29 am
buen dia Sr Darwin Rodríguez
Me puede aclarar cuales son las características o condiciones que debe cumplir la relacion laboral de una persona natural independiente para que su Labor Profesional sea clasificada como benefactor de HONORARIOS o PRESTACION DE SERVICIOS.
Ademas especificar la Ley dodnde esto se puede sustentar
Muchas gracias
mayo 19th, 2020 a las 12:54 pm
¿se aplica mensualmente?
mayo 19th, 2020 a las 2:44 pm
una empresa que en su actividad económica transporta, y que ahora se ajusta a las nuevas necesidades del mercado, y realiza desinfecciones en sitio con amonio cuaternario de quinta generación según lo establece el numeral 3.4 Limpieza y desinfección dentro del marco de la Resolución 000666 de 2020 “Por medio del cual se adopta el protocolo general de bioseguridad paramitigar controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-
19” colombiana, cuando genera esta desinfección debería cobrar iva sobre la base del servicio? .
septiembre 22nd, 2022 a las 1:45 pm
Soy contratada por la Secretaria de Educacion del departamento del Atlantico, por el sistema de OPS, el contrato fue por $45.000.000.oo, se me hizo reteica por $450.000.oo.
Mi pregunta es. Se tiene en cuenta esta retencion para la retefuente.