La retención en la fuente por servicios tiene dos tarifas y en algunos casos se presenta dificultad a la hora de identificar la tarifa correcta que se ha de aplicar en cada pago sujeto a retención.
Tarifa de retención por servicios.

En la retención en la fuente por servicios se aplica el 4% y el 6% según corresponda.
Tarifa del 4%.
La tarifa del 4% se aplica a los contribuyentes personas naturales y jurídicas que sean declarantes del impuesto de renta.
Además, señala el artículo 1.2.4.4.14 del decreto 1625 de 2016, que la tarifa del 4% se aplica también a los contribuyentes que no son declarantes de renta pero que se dan las siguientes condiciones:
- Del contrato se desprende que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta superan en el año la suma de 3.300 Uvt.
- De los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural superan en el año la suma de 3.300 Uvt. La tarifa del cuatro por ciento (4%) se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable exceda dicho valor.
Tarifa del 6%.
La tarifa del 6% se aplica a todo contribuyente que no sea declarante de renta, si necesidad de ninguna otra condición como el monto o valor de los contratos.
Comentarios finales.
Como se observa, antes de aplicar la retención por servicios es preciso saber si la persona natural está o no obligada a declarar renta, y la mejor forma, o la única forma de saberlo, es solicitándole una copia del Rut, documento en el cual figuran las diferentes obligaciones formales del contribuyente entre la que se encuentra la obligación de declarar renta.
En el caso de las personas jurídicas no hay distinción, puesto que casi todas son declarantes de renta, y las que no son declarantes de renta, no son contribuyentes de este impuesto y en consecuencia no se les aplica retención en la fuente, de modo que a una persona jurídica en caso de aplicarle retención siempre se le aplicará la tarifa del 4%.
La complicación, por así decirlo, se presenta cuando la persona natural no es declarante de renta, caso en el cual hay que determinar el monto de los pagos que se harán en el respectivo año.
Ese cálculo se debe hacer para determinar si la persona natural superará o no los topes que la obligarán a declarar ese año, puesto que si de los ingresos que se obtendrán en ese año se desprende que deberá declarar renta, entonces se aplica la tarifa del 4%.
Dicho de otro modo, la tarifa del 4% se aplica a los declarantes de renta, o que serán declarantes de renta en virtud del monto de los ingresos del año en curso.
El monto de los ingresos productos de los ingresos durante el año en curso, corresponde a los que se firmen con el mismo pagador o contratante, de manera que el agente de retención no debe tener en cuenta los contratos que su contratista tenga con terceros.
Por último, recordar que la retención en la fuente por servicios se aplica cuando el valor del servicio contratado es igual o superior a 4 Uvt.
Declaración de renta 2022 fácil y 100% segura.
Prepara tu declaración de renta rápido, con garantía y con el acompañamiento personal de un contador certificado en Tributi.com. Prepara tu declaración aquí.
enero 22nd, 2020 a las 4:25 pm
Cuál es la retención en la fuente que se le debe hacer al administrador, persona jurídica, de un edificio residencial de 24 apartamentos.
Gracias por la atención.
Luis Fernando Villa Gutiérrez
agosto 28th, 2021 a las 7:30 pm
4%
abril 28th, 2020 a las 8:09 pm
De manera respetuosa, expliquen si como asesor comercial, como frrenlace con contrajo de corretaje nos pueden cobrar retefuente? y cual sería el porcentaje que nos sacarían?
Mil gracias,
julio 24th, 2020 a las 10:47 pm
Por favor informar el tipo de retención para persona natural que hace jardinería mas no utiliza guadañadora, solo mantenimientos básicos, podas y diseño de jardines. gracias
agosto 28th, 2020 a las 3:22 pm
6% si no es declarante
4% si es declarante
octubre 27th, 2020 a las 8:15 am
¿Este porcentaje es valido para todos los mantenimientos por personas naturales?
agosto 28th, 2021 a las 7:32 pm
Como lo dice Edgar g
abril 29th, 2021 a las 9:43 am
Alguien me puede colaborar en decirme la retención que se bebe cobrar por fabricación e instalación de puertas y espejos..
junio 15th, 2021 a las 11:19 am
Por la fabricación la retención es por compras, la instalación si es un servicio
en la factura se deben discriminar los 2 conceptos para poder tomar la base de las retenciones a practicar
noviembre 2nd, 2021 a las 11:50 am
Por publicidad o cuñas radiales sobre que monto y que porcentaje se cobra de retenicion en la fuente
enero 25th, 2022 a las 8:58 pm
cual es la retencion en la fuente que se cobra por servicios logisticos a un ingeniero de sonido
febrero 15th, 2022 a las 11:28 am
Está mal redactado el parrafo de la tarifa del 6%, ahi debe haber un “no declarante”