¿Quien decide la fecha de las vacaciones?

El empleador es quien tiene la facultad para decidir la fecha en que sus empleados iniciarán el disfrute de sus vacaciones.

Una de las inquietudes constantes que recibimos, consisten en la fijación de la fecha en la que un empleado se va de vacaciones.

El artículo 187 del código sustantivo del trabajo, otorga al empleador la facultad de decidir cuando otorgar el periodo de vacaciones a sus empleados.

El derecho a las vacaciones se causa una vez se haya cumplido un año de trabajo. Las vacaciones deben ser concedidas por el empleador a más tardar dentro del año siguiente a la causación del derecho de las vacaciones.

Una vez se haya ganado el derecho a las vacaciones, el empleador por decisión propia o por solicitud del empleado, debe dentro del año siguiente otorgar las vacaciones.

El empleado puede solicitar al empleador que le otorgue sus vacaciones pero no puede exigir la fecha o época en que las quiere disfrutar, puesto que esa facultad le fue otorgada por la ley al empleador.

No quiere decir esto que la época de vacaciones no pueda ser acordada entre las partes o decidida por el empleado, puesto que el empleador puede aceptar que el empleado decida cuando tomar sus vacaciones, que es lo que generalmente sucede, principalmente cuando la relación trabajador – patrón es excelente, que debe ser así.

La facultad que tiene el empleador para decidir la fecha de las vacaciones no es absoluta, puesto que el mismo artículo 187 del código sustantivo del trabajo, contempla que esta debe ser fijada teniendo especial cuidado en no afectar el descanso efectivo del trabajador.

Igualmente prevé la norma que el otorgamiento de las vacaciones no debe afectar el servicio, lo que supone un equilibrio de intereses tanto del empleador como del empleado, puesto que ni el trabajo de la empresa se puede ver afectado por la ausencia del trabajador, ni la época de las vacaciones puede afectar el descanso del trabajador lo que permite acordar la época de vacaciones.

En todo caso, sin importar las necesidades del servicio de la empresa, el empleador está en la obligación de conceder las vacaciones dentro del año siguiente a aquel en que se causó el derecho si el trabajador así lo solícita, por lo que se debe concluir que la acumulación de vacaciones solo se puede dar por consentimiento del trabajador, mas no por decisión o imposición del empleador.

Una vez el empleador decida la época de las vacaciones de sus trabajadores, debe comunicárselo con una antelación no inferior a 15 días de anticipación.

Esta última parte es especialmente importante porque es común encontrar empresas que al tener un problema con algún empleado, deciden enviarlo a vacaciones súbitamente, algo que no le está permitido por la ley, puesto que el empleador tiene la obligación de avisarle con 15 días de anticipación que lo enviará a vacaciones.

19 / 12 / 2010

Opinar o comentar

36 Opiniones en “¿Quien decide la fecha de las vacaciones?”
  1. dario dice:

    Pel empleador si retrasa las vacaciones del empleado que sucede en ese caso segun codigo del trabajador

  2. Carolina C dice:

    Por lo que entiendo mi empleador nos quiere vivir tumbando, ya que ella se aprovecha, en mi caso que el Dr falta un día y nos manda para la casa descontandonos el día de vacaciones e informandonos una hora antes y nos hace “supestamente” firmar una carta dizque informandonos, pero eso no quiere decir que estemos de acuerdo..
    ¿Estoy en lo cierto entonces, esto es ilegal porque nos debe de dar como mínimo 6 días e informarnos 15 dias antes?
    Muchas Gracias.

  3. david gamez dice:

    buen día… ya cumplí el año laboral a principio de enero y llevo dos meses que me dan una fecha y luego me la cambian… habrá algún beneficio que el trabajador reciba por el retraso de las vacaciones? y de ser así en que artículos se sustenta?

  4. yipsi dice:

    Hola a parte de las vacaciones que mequedaron un tantico claras estoy teniendo problemas en cuanto a los dias de enfermedad yo tengo 5 dias al ano pero mi manager si le pido un dia porque Lo necesite se pone de mal humor y es cuando ella quiera y si me enfermo se molesta y habla basuras tal parece que ella solo puede cojer sus dias esta situacion al igual que el de las vacaciones es una tragedia en mi trabajo porque es cuando ella quiera necesito aclarar esta situacion por lo menos en mu mente para estar segura del paso que pueda dar..graciassss..

  5. Israel Teutle dice:

    Que tal buenas tardes, tengo una duda acerca de las vacaciones, en la empresa donde laboro, para solicitar vacaciones se tiene que buscar quien cubra los días de ausencia, mi pregunta seria ¿de quién es la obligación de buscar la cobertura del empleador o del trabajador?

    • VICTORIA dice:

      israel

      por lo que leí, la empresa tiene como obligación buscar una persona que te reemplaza . para eso es que ellos le deben avisar a una con 15 días de antelación para usted entregar a otra persona.

      ya si el empleador no consigue a nadie o espera que lo haga todo una compañera suya o es problema tuyo haga su acta de entrega temporal y a disfrutar de sus vacaciones las cuales no tienen que ser interrumpidas por llamadas , favores de ir a la oficina.

  6. Adrian Segatore dice:

    Antes que nada gracias, tengo una duda, yo tengo dos trabajos, uno de ello es de docente, como todos saben los docentes tienen vacaciones en el mes de enero, mi consulta es si las vacaciones de mi otro trabajo tienen que coincidir en ese mes, y de ser así, en que ley figura esto como para poder reclamar.

    Gracias

  7. Jesica dice:

    Hola, estoy trabajando en una empresa en donde me quieren dar las vacaciones para el mes de noviembre de este mismo año. Esto es legal? Ese mes no es vacacional y me veo realmente afectada porque ademas tengo familia en otra provincia que me gustaría ir a visitar pero en esa época están todos con sus respectivas actividades.

  8. hilda viloria mattos dice:

    tengo 3 vacaciones pendientes por disfrutar y descansar me dicen en la empresa que ya perdi una vacacion eso es cierto? y porque? estoy soictando de febrero 2010 al 30 de enero de 2011- y de febrero de 2011 a enero de 2012. agradezco su atencion.

  9. yolexi dice:

    Hola,tengo una duda ya me corresponden mis vacaciones dentro de este ano pero estamos en temporada baja estos meses y mi jefa quiere que cojamos las vacaciones obligadas ,mi pregunta es,Tiene ella el derecho a hacerlo?

  10. yorgan jimenez dice:

    buenos dias.. mis vacaciones son colectivas pero trabajo dos sabados al mes eso refleja en las vacaciones o simplemente se me da lo que las empresa descanse gracias

  11. monica dice:

    Estando a principios de junio y llevando casi dos años en la empresa es legal que no me hayan dado fechas (ni aún pidiendolas) de vacaciones? Muchos de mis compañeros ya han hecho una parte de vacaciones. Y aun me deben una semana del año pasado.

  12. Alba Lucy dice:

    Cordial saludo.

    En la empresa nos dan vacaciones colectivas en julio, pero nos estan descontando los días de enero de 2013, esto es ilegal, porque se descuentan días de un periodo no causado, donde puedo encontrar justificación sobre el tema.

    Gracias

  13. Luz Helena dice:

    Hola, Tengo una duda acerca de la liquidacion de vacaciones colectivas, en la empresa en donde trabajo salimos a paratir de 29 de diciembre y regresamos en enero 11, verificando calendario estamos tomando 10 dias habiles y nos estan haciendo el pago de de los 15 dias. ¿que pasa con los dias faltantes de descanso? ¿estos dias se pierden? o simplemente es un beneficio por tener vacaciones colectivas? Les agradezco me ayuden resolviendo esta inquietud.
    gracias

  14. ALFONSO VILLAMIAR GOMEZ dice:

    Las vacaciones colectivas sn descotadas de las vacaciones normales, yo tengo acumulada una vacaciones, la empresa sale a vacaciones colectivas fines de año. Esos dias 24 al 2, son descontables, tengo una vacaciones cumplidas.

    Gracias

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.