La seguridad social de trabajadores que son contratados por días puede pagar su seguridad social por semanas según el número de días laborados en el respectivo mes.
Se deben pagar los siguientes conceptos:
Pensión.
Caja de compensación
Riesgos laborales
No es necesario pagar aportes a salud porque el trabajador puede seguir siendo afiliado al Sisben o beneficiario del régimen contributivo en caso que lo sea.
El pago a pensión se hace por semanas según el número de días trabajados en el mes. Revise [Aportes a pensión por semanas]
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2025, enero 20). Calculadora de seguridad social por días [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/calculadora-de-seguridad-social-por-dias.html
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De acuerdo a lo que explicamos en este artículo, el día de trabajo cuesta $76,394, y se le descuenta el valor que se haya pactado por el almuerzo, que puede tratarse como salario en especie.
No se puede, excepto si inicia o finaliza el contrato en el mes. Si pretende cotizar 2 días cada mes, deberá hacerlo por semanas, como se explica en el siguiente artículo:
Cuánto se le deba pagar por un día de trabajo a la empleada doméstica que trabaja 8 horas y se le da desayuno y almuerzo.
De acuerdo a lo que explicamos en este artículo, el día de trabajo cuesta $76,394, y se le descuenta el valor que se haya pactado por el almuerzo, que puede tratarse como salario en especie.
¡Hola! ¿Me pueden, por favor, orientar sobre cómo hago para cotizar por 2 días laborados al mes? Gracias.
No se puede, excepto si inicia o finaliza el contrato en el mes. Si pretende cotizar 2 días cada mes, deberá hacerlo por semanas, como se explica en el siguiente artículo:
Seguridad social en trabajadores contratados por días.