Las vacaciones laborales corresponde a 15 días hábiles por cada año de trabajo (360 días). Si ha trabajado menos del año o lleva más de un año desde las últimas vacaciones, ingrese el número de días a liquidar para determinar los días que le corresponde de vacaciones.
Podrá agregar (Archivar) artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2023, mayo 11). Calculadora de vacaciones proporcionales [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/calculadora-de-vacaciones-proporcionales.html
Deje su opinión o su pregunta. Trataremos de darle respuesta.
Su comentario o pregunta será editada automáticamente por el sistema.
Buenos días, si tengo un empleado al que le pago salario más comisión, ¿cómo hago para calcular cómo pagarle:
1. Prima
2. Vacaciones?
¿Si es prestacional?
Recibirá el equivalente a los días que laboró efectivamente, y si los días restantes de vacaciones de vacaciones fueron compensados, entonces recibirá lo que corresponda.
Por ejemplo, si estuvo 5 días de vacaciones recibirá 25 días de salario.
Buenas noches. En la empresa donde trabajo llevo seis meses. Actualmente, en enero, nos mandaron a descansar desde el 31 de diciembre hasta el 9 de enero y solo me pagarán los días que se trabajaron. Mi pregunta es si esto es legal, ya que no me están pagando vacaciones. Si me obligan a descansar y me descuadra mi quincena, me dicen que esos días se cuentan como vacaciones, pero no me los pagan porque no he completado el año en la empresa, y que cuando cumpla el año se cuadrarán los días.
Al parecer la empresa ha otorgado vacaciones anticipadas en razón a la temporada de fin de año, y en tal caso, al otorgar la vacaciones anticipadas debe pagar los días que otorgó de vacaciones.
El trabajador no debe ver afectada su nómina en ningún momento. Se le debe pagar completo, ya sea como salario o como vacaciones, pues el contrato de trabajo no se ha suspendido y mientras o lo esté, debe pagarse el salario que corresponda mes a mes.
Pues no fue así, ya me pagaron solo los días del 9 al 15 y, al querer reclamar, no se me dio la razón y prácticamente insinuaron que yo era un ladrón. 😞
Pues no fue así. Ya me pagaron solo los días del 9 al 15, y al querer reclamar, no se me dio la razón y prácticamente insinuaron que yo era un ladrón. 😞
Si no le pagan lo están tratando como una licencia no remunerada, y no parece ser el caso. Las vacaciones se pagan, si no al inicio de su disfrute, en el periodo normal de pago de nómina.
Buenos días, si tengo un empleado al que le pago salario más comisión, ¿cómo hago para calcular cómo pagarle:
1. Prima
2. Vacaciones?
¿Si es prestacional?
Deberá promediar el salario, sumando salario más comisiones.
Las comisiones son prestacionales o salariales, es decir, constituyen salario.
Hola, si trabajé todo el año pero solo tomé 5 días de vacaciones, ¿cuánto me debería llegar de sueldo en esa quincena?
Recibirá el equivalente a los días que laboró efectivamente, y si los días restantes de vacaciones de vacaciones fueron compensados, entonces recibirá lo que corresponda.
Por ejemplo, si estuvo 5 días de vacaciones recibirá 25 días de salario.
Saludos
Buenas noches. En la empresa donde trabajo llevo seis meses. Actualmente, en enero, nos mandaron a descansar desde el 31 de diciembre hasta el 9 de enero y solo me pagarán los días que se trabajaron. Mi pregunta es si esto es legal, ya que no me están pagando vacaciones. Si me obligan a descansar y me descuadra mi quincena, me dicen que esos días se cuentan como vacaciones, pero no me los pagan porque no he completado el año en la empresa, y que cuando cumpla el año se cuadrarán los días.
Al parecer la empresa ha otorgado vacaciones anticipadas en razón a la temporada de fin de año, y en tal caso, al otorgar la vacaciones anticipadas debe pagar los días que otorgó de vacaciones.
El trabajador no debe ver afectada su nómina en ningún momento. Se le debe pagar completo, ya sea como salario o como vacaciones, pues el contrato de trabajo no se ha suspendido y mientras o lo esté, debe pagarse el salario que corresponda mes a mes.
Saludos
Pues no fue así, ya me pagaron solo los días del 9 al 15 y, al querer reclamar, no se me dio la razón y prácticamente insinuaron que yo era un ladrón. 😞
Pues no fue así. Ya me pagaron solo los días del 9 al 15, y al querer reclamar, no se me dio la razón y prácticamente insinuaron que yo era un ladrón. 😞
Si no le pagan lo están tratando como una licencia no remunerada, y no parece ser el caso. Las vacaciones se pagan, si no al inicio de su disfrute, en el periodo normal de pago de nómina.
Saludos