Calcule el descanso proporcional según los días trabajados en la semana.
Cuando el trabajador no labora la semana completa por razones justificadas o porque así se pactó su jornada laboral, tiene derecho a que se le remunere el descanso dominical en proporción a los días que haya trabajado en la semana respectiva.
En la siguiente calculadora puede determinar lo que le corresponde según el salario y los días laborados en la semana correspondiente, y según la semana laboral, que puede ser de 5 días o de 6 días.
Instrucciones
Seleccione si el salario está fijado mensualmente o diariamente. Elija el salario diario si el trabajador labora por días y se le paga un salario diario. Elija mensual si el trabajador trabaja a tiempo completo y se ha fijado un salario mensual.
Ingrese los días laborales de la semana. Según la empresa, la jornada laboral semanal puede ser de 5 días (lunes a viernes) o 6 días (lunes a sábado), lo que cambia la forma en que se calcula el descanso dominical remunerado proporcional.
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Si una empleada doméstica trabaja por días en dos partes diferentes, se puede afiliar a salud en forma independiente (contributivo) y pensión, ARL y caja de compensación en forma solidaria por cada empleador (15) días cada uno con contratos de trabajo independientes.
Cada empleador es responsable por sus trabajadores; no existe forma de compartir aportes a seguridad social, pero cada uno podría cotizar por días según cumpla los requisitos de ley.
Buenas tardes. Si la jornada semanal de trabajo es de lunes a sábado, según lo establece la ley, y el trabajador trabaja un domingo, ¿cómo se paga en la nómina?
Por ejemplo, si su salario es de 1,400,000, se paga así: la quincena sería 1,400,000 / 2 = 700,000, que incluye el domingo de descanso. ¿Y el recargo por 0.75? (700,000 / 15 / 8) * 0.75 * #horas trabajadas el domingo.
Considerando que ya se le está pagando 1 la quincena, ¿se le paga aparte el 75%?
¿O se le paga el (700,000 / 15 / 8) * 1.75 * #horas trabajadas el domingo?
El valor del dominical es $1.400.000 / 30 * 1.5.
Además, si ese domingo labora horas extras, estas se pagan con un recargo del 100% ($1.400.000 / 230) * 2 * # de horas extras.
Para tener derecho al descanso dominical, es necesario que el trabajador haya laborado la semana completa.
Es correcto. Y si no laboró la semana completa, debe haber sido por una justa causa o por culpa/disposición del empleador.