Con esta calculadora puede liquidar el descanso dominical proporcional de quien fue contratado para trabajar solo algunos días de la semana, como la empleada del servicio doméstico que trabaja dos días o el trabajador que va los fines de semana. Según el numeral 5 del artículo 173 del Código Sustantivo del Trabajo, ese trabajador tiene derecho a la remuneración del descanso dominical en proporción al tiempo laborado.
Calcule el descanso dominical proporcional de quien fue contratado para trabajar solo algunos días de la semana.
Cómo usar la calculadora.
La herramienta pide tres datos:
- El salario. Elija «por día de trabajo» si el trabajador cobra un valor por cada día, que es lo usual en el trabajo por días. Elija «salario mensual de referencia» si el pago se pactó en términos mensuales; la calculadora lo divide entre 30 para obtener el valor del día.
- Los días laborables de la semana en la empresa: seis si se trabaja de lunes a sábado, o cinco si se trabaja de lunes a viernes.
- Los días que el trabajador laboró en la semana.
El resultado muestra el descanso que causa cada día trabajado, el descanso proporcional de la semana y el total que debe pagarse, sumando los días trabajados y el descanso.
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Cómo se calcula el descanso proporcional.
Se divide el valor del día entre los días laborables de la semana completa, seis o cinco, y se multiplica por los días trabajados. No se divide entre siete, porque trabajar todos los días laborables debe dar derecho al 100% del domingo.
Supongamos una persona que trabaja dos días por semana con un jornal de $200.000, en una empresa que labora de lunes a sábado. Cada día trabajado causa $33.333 de descanso ($200.000 ÷ 6), de modo que en la semana se le pagan $400.000 por los dos días y $66.667 de descanso dominical: $466.667 en total.
Con el salario mínimo diario de 2026, que es de $58.364, cada día trabajado causa $9.727 de descanso en una semana de seis días, o $11.673 en una de cinco. Las tablas completas y las reglas están en descanso dominical proporcional cuando se trabaja por días.
Lo que la calculadora tiene en cuenta.
- El salario mínimo diario. Si el valor ingresado es inferior al mínimo diario, la herramienta toma el mínimo y lo advierte. Si la jornada diaria pactada es inferior a la máxima legal, el día puede valer menos en proporción a las horas, y en ese caso el resultado no aplica.
- La semana completa. Si el trabajador laboró todos los días de la semana, no hay descanso proporcional sino completo, y la calculadora lo indica.
La herramienta no calcula el trabajo en domingos o festivos, que se paga con recargo, ni los festivos que caen en los días de trabajo del trabajador, que se pagan aunque no se trabajen. Lo explicamos en cuánto vale un domingo trabajado y en ¿los festivos se pagan aunque no se trabajen?.
A quién aplica el descanso proporcional.
El descanso proporcional es para quien se obligó a trabajar solo algunos días de la semana. A quien tiene un salario mensual por jornada completa el domingo ya le está pagado en el sueldo, y si falta con justa causa lo conserva completo.
La excepción, de acuerdo con nuestro criterio, es la licencia o el permiso no remunerado, en el que el domingo se paga en proporción a los días trabajados en esa semana, como explicamos en cuándo se descuenta el dominical. En ese caso también puede usar la calculadora, con el salario mensual de referencia.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cómo se calcula el descanso dominical proporcional?
Se divide el valor del día entre los días laborables de la semana, seis o cinco, y se multiplica por los días que el trabajador laboró.
¿Se necesita trabajar la semana completa para tener derecho al domingo?
Para el descanso completo, sí, salvo que la falta tenga justa causa o sea por disposición del empleador. Quien se contrató para trabajar solo algunos días no lo pierde: lo recibe en proporción.
¿Cómo se paga el domingo trabajado a quien gana un salario mensual?
Con el valor del día más el recargo, que desde el 1 de julio de 2026 es del 90%, además del descanso que ya está incluido en el salario. La calculadora de esta página no lo liquida; está explicado en el artículo sobre el domingo trabajado.
¿Quien trabaja por días en dos casas puede compartir los aportes entre los dos empleadores?
No. Cada empleador responde por los aportes de su propio trabajador, y cada uno puede cotizar por semanas si cumple los requisitos.
Si una empleada doméstica trabaja por días en dos partes diferentes, se puede afiliar a salud en forma independiente (contributivo) y pensión, ARL y caja de compensación en forma solidaria por cada empleador (15) días cada uno con contratos de trabajo independientes.
Cada empleador es responsable por sus trabajadores; no existe forma de compartir aportes a seguridad social, pero cada uno podría cotizar por días según cumpla los requisitos de ley.
Buenas tardes. Si la jornada semanal de trabajo es de lunes a sábado, según lo establece la ley, y el trabajador trabaja un domingo, ¿cómo se paga en la nómina?
Por ejemplo, si su salario es de 1,400,000, se paga así: la quincena sería 1,400,000 / 2 = 700,000, que incluye el domingo de descanso. ¿Y el recargo por 0.75? (700,000 / 15 / 8) * 0.75 * #horas trabajadas el domingo.
Considerando que ya se le está pagando 1 la quincena, ¿se le paga aparte el 75%?
¿O se le paga el (700,000 / 15 / 8) * 1.75 * #horas trabajadas el domingo?
El valor del dominical es $1.400.000 / 30 * 1.5.
Además, si ese domingo labora horas extras, estas se pagan con un recargo del 100% ($1.400.000 / 230) * 2 * # de horas extras.
Para tener derecho al descanso dominical, es necesario que el trabajador haya laborado la semana completa.
Es correcto. Y si no laboró la semana completa, debe haber sido por una justa causa o por culpa/disposición del empleador.