En Colombia, los padres no están obligados legalmente a dejar herencia a sus hijos, aunque moralmente todo padre o madre se sienta obligado a dejar bienes y derechos a sus hijos luego de fallecer.
Los hijos heredan cuando los padres mueren.
Mientras los padres vivan, los hijos no tienen derecho a la herencia; tan solo tienen una expectativa de heredar lo que sus padres pudieran dejar.
Cualquier persona dueña de un bien o derecho tiene absoluta libertad para disponer de él, y el hecho de que tenga hijos o posibles herederos no limita su derecho a la propiedad.
En consecuencia, un hijo no puede impedir que sus padres dispongan libremente de sus bienes con el objetivo de tener una mayor expectativa de herencia cuando ellos fallezcan.
El derecho del heredero nace cuando fallece el causante.
El derecho a heredar nace necesariamente cuando los padres fallecen, y a partir de ese momento, los herederos pueden exigir su derecho, incluso judicialmente.
Por lo anterior, se insiste, los hijos no pueden limitar el derecho de sus padres a disponer de sus bienes como bien les parezca, y no existe mecanismo legal para que un hijo pueda evitar que un padre venda su casa o cualquier bien. Es su casa y puede hacer con ella lo que le parezca, muy a pesar de sus hijos.
Lo anterior no impide que, si los padres así lo desean, distribuyan su herencia o parte de ella en vida, decisión que depende exclusivamente de la voluntad de los padres, de modo que los hijos no los pueden obligar a ello.



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