¿Cuántas pensiones puede recibir una persona en Colombia?

Una persona puede recibir hasta 3 pensiones a la vez, o siempre que se correspondan a sistemas diferentes con origen en situaciones diferentes.

Invalidez, vejez y sobrevivientes.

Es probable y legal que una misma persona pueda ser beneficiaria de la pensión de invalidez, de vejez y de sobrevivientes si son contingencias diferentes.

Una persona se puede pensionar por invalidez debido a un accidente o enfermedad laboral, y seguir cotizando y luego pensionarse por vejez. Es posible porque son dos sistemas diferentes, el de riesgos laborales y el de vejez; una la paga la Arl y la otra el fondo de pensiones.

Y una vez pensionada por invalidez y vejez, puede recibir la pensión de sobrevivientes o sustitución pensional en caso que su cónyuge fallezca.

¿Una viuda puede cobrar dos pensiones en Colombia?

Una viuda sí puede cobrar 2 pensiones, la suya por vejez, y la de su esposo fallecido, como pensión de sobrevivientes.

Es posible en razón a que la pensión de vejez es independiente, es un derecho que la viuda se ganó con su trabajo y aportes de ley, y la de sobrevivientes es otra pensión independiente, que por ley pasa a la viuda cuando fallece su cónyuge pensionado.

En este caso no importa que las dos pensiones tengan el mismo origen, que es la vejez, ya que se trata derechos causados por personas distintas, y luego, por ley, al fallecer una persona al que le sobrevive adquiere el derecho de la otra.

Pensión de invalidez y sobrevivientes.

Una persona puede recibir pensión de invalidez y sobrevivientes, cualquiera que sea el origen de la invalidez.

Recordemos dijo la Corte constitucional en sentencia T - 326 de 2013:

«Ahora bien, la Sala aclara que las pensiones de sobrevivencia y las de invalidez son compatibles, toda vez que protegen riesgos, al igual que fines disímiles. Así, la primera prestación cubre la vulnerabilidad económica en que quedan las personas más cercanas al causante y su fin responde atender a las personas que sufren el desamparo al fallecer quien era su sostén económico. Mientras que la segunda pensión salvaguarda las “contingencias que provocan [los] estados de incapacidad”[57] y pretende subsanar las necesidades básicas de quien no puede laborar, debido a sus condiciones de discapacidad.  De ahí que no existen supuestos que excluyan esas prestaciones entre sí. Incluso, el hecho que una persona devengue la pensión de invalidez no le impide que reciba la de sobrevivientes, comoquiera que en ésta no se exige al interesado una dependencia absoluta con relación al pensionado o cotizante fallecido. Por ello, si el interesado demuestra que a pesar de que recibe la prestación de invalidez necesitaba de la ayuda económica del hijo para satisfacer sus necesidades básicas, también será titular de la pensión de sobrevivencia.»

Por su parte, la sala laboral de la Corte suprema de justicia en sentencia SL17433-2014, con radicación 46337 y ponencia del magistrado Carlos Ernesto Molina, señaló:

«En este orden de ideas, se tiene que son compatibles las pensiones de invalidez de origen profesional (laboral) y la de vejez; y, con estas, las de sobrevivientes respecto de la pensión de vejez y de la de invalidez de origen profesional (laboral). Posición doctrinal de la Sala, que definió en las referidas sentencias, reafirmada en la presente y que, por no existir razones para variarla, se mantiene.»

Al mismo tiempo, las cotizaciones en que se apoyan las referidas prestaciones son diferentes, dado que la de sobrevivencia se sustenta en lo aportado por el causante, y de otro lado la invalidez descansa en las cotizaciones del afiliado y en los recursos del sistema derivado del principio de solidaridad, y esa es la clave del asunto.

¿Cuántas pensiones de sobreviviente puede tener una persona?

Teóricamente una persona puede tener 2 pensiones de sobrevivientes, o más, si se quiere, cuando ha sobrevivido a 2 cónyuges.

Una persona beneficiaria de una pensión de sobrevivientes puede casarse nuevamente y cumplir los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes de su nuevo cónyuge, en razón a que son derechos distintos originados en cotizaciones distintas.

Una persona que es beneficiaria de la pensión de sobrevivientes no pierde su derecho por el hecho de tener un nuevo cónyuge. Lo importante es que cumpla con los requisitos para obtener cada una de las pensiones.

Entonces, sí, se pueden recibir dos pensiones de sobrevivientes, ya sea que las dos las pague Colpensiones, o una la pague Colpensiones y la otra un fondo privado de pensiones.

Las pensiones que se pueden tener y las que no.

Resumiendo, se puede hacer el siguiente cuadro comparativo:

 

Tipo de pensiones Posibilidad
Pensión de vejez y pensión de invalidez por riesgo laboral  Si
Pensión de vejez y pensión de invalidez por riesgo común  No
Pensión de vejez y pensión de sobrevivientes  Si
Dos pensiones de vejez  No.
Pensión de vejez, invalidez por riesgo laboral y pensión de sobrevivientes  Si
Pensión de invalidez por riesgo laboral y pensión de invalidez por riesgo común  No
Dos pensiones de sobrevivientes  Si
Pensión de invalidez y de sobrevivientes  Si

Por supuesto, para cada pensión compatible se deben cumplir los requisitos de cada una.

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  1. Benjamin Alonso (enero 4 de 2022)

    Buen día
    Una persona recibido una pension en el ISS y le reconocieron la pension por vejez, sin emabargo él siguio trabajando y el fondo de pensiones le permitio seguir aportando, en el momento de su fallecimiento la esposa quedó como beneficiaria sin embargo ella se dio cuenta que su marido habia seguido cotizando, y realizó la solicitud para una segunda pension, y el fondo de pension le reconocio esa segunda pension.
    ahora el fondo le dice que tiene que renunciar a una y le envio el comunicado? que se debe hacer en ese caso, debe renunciar? ya uqe en colombia no se permite tener dos pensiones que cubran el mismo riesgo?

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  2. MAURIOCIO (febrero 15 de 2022)

    MI PADRE SE PENSIONO CON 1’200.000 PESOS HACE 20 AÑOS, PORQUE AL AÑO 2021 RECIBE LO MISMO 1’200.000, LA PENSION NO SUBE CON LA INFLACION O SE AJUSTA AL IBC ACTUAL

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  3. LUZ DARY (noviembre 9 de 2022)

    BUEN DIA. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE. MI ESPOSO ME TIENE AFILADA A SU SALUD COMO PENSIONADO. . YO TENGO QUE PAGAR OTRA SALUD APARTE DE LA QUE MI ESPOSO ME TIENE AFILIADA GRACIAS

    Responder
  4. LUZ DARY Dice: (noviembre 9 de 2022)

    BUEN DIA. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE. MI ESPOSO ME TIENE AFILADA A SU SALUD COMO PENSIONADO. . YO TENGO QUE PAGAR OTRA SALUD APARTE DE LA QUE MI ESPOSO ME TIENE AFILIADA GRACIAS TENGO 65 AÑOS

    Responder
  5. LUZ DARY (noviembre 9 de 2022)

    LUZ DARY Dice:
    noviembre 9th, 2022 a las 12:00 pm
    BUEN DIA. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE. MI ESPOSO ME TIENE AFILADA A SU SALUD COMO PENSIONADO. . YO TENGO QUE PAGAR OTRA SALUD APARTE DE LA QUE MI ESPOSO ME TIENE AFILIADA GRACIAS. MI EDAD SON 65 AÑOS.

    Responder
  6. andres (marzo 20 de 2023)

    buenas noches mi padre falleció ya tengo pension de invalidez pregunta se podria otra pension cotizadas doble pension?

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