Los servicios de parqueadero y los servicios de grúa están gravados con el impuesto a las ventas (Iva) a la tarifa general del 19%.
No hay exclusión del Iva en parqueadores y servicios de grúa.
Los servicios excluidos del Iva están señalados en el artículo 476 del estatuto tributario, y a allí no se contemplan los servicios de parqueadero ni de grúa, y considerando que la exclusiones y exenciones del Iva deben ser taxativas, al no serlo se aplica la regla general.
El servicio de parqueadero será gravado incluso cuando se realiza mediante un contrato de concesión, pues entre el concesionario y el usuario del parqueadero hay una relación muy distinta a la que hay entre el concesionario y el concedente.
La Dian tiene doctrina al respecto desde el antiguo concepto unificado de Iva, que sigue vigente en lo que respecta al Iva de parqueadores y servicios de grúa.
Iva parqueaderos en propiedad horizontal residencial
En el caso de las propiedades horizontales que deciden cobrar por el uso del parqueado están desarrollando una actividad gravada con el Iva, que las puede convertir en responsables del impuesto a las ventas.
La propiedad horizontal tiene tratamiento especial frente al impuesto de renta más no frente al Iva, de modo que, si llegara a prestar un servicio gravado como el de parqueadero, se convertirá en responsable del Iva independientemente de si es una propiedad horizontal residencial o comercial.
julio 21st, 2020 a las 1:28 pm
Buenas tardes, pregunto. el servicio de parqueadero publico por el sistema de parquimetros o Zonas de Estacionamiento Regulado “ZER”, esta gravado con IVA, en Colombia, me podrían citar la norma, el concepto o la jurisprudencia que regula esta actividad. Gracias
julio 21st, 2020 a las 5:01 pm
Buenas tardes, Srs. Gerencie, les pregunto. el servicio de parqueadero público, sobre la vía pública por el sistema de parquímetros o Zonas de Estacionamiento Regulado “ZER”, está gravado con el Impuesto al Valor Agregado “IVA”, por favor, me podrían citar la norma, concepto, circular o jurisprudencia de la DIAN sobre la regulación de este servicio, Gracias.
FERNANDO LONDOÑO N.
Cel. 315 563 4235
mayo 8th, 2021 a las 10:24 am
VIVO EN UN CONJUNTO RESIDENCIAL NO MIXTO EN DONDE EMPEZARON A COBRAR EL PARQUEADERO DE VISITANTES A UNA TARIFA DE 2.000 POR HORA ALGO EXAGERADO , PERO NO EXPIDEN FACTURA DE VENTA SOLO UN RECIBO INFORMAL QUE DICE DOCUMENTO EQUIVALENTE PERO QUE NO TIENE LOS REQUISITOS DE DIAN. ESTO ES LEGAL? PORQUE YA TENGO UNA CUENTA DE 510.000 SOLO POR 10 DIAS DE PARQUEADERO Y ADEMAS ME PROHIBIERON LA ENTRADA DE VISITANTES AL PARQUEADERO POR ESO ESTO LO PUEDEN HACER?
agosto 11th, 2021 a las 10:49 am
Buen día, quisiera saber si los parqueaderos zona ZER deben facturar electrónicamente o si están exentos, que norma, decreto o concepto lo soporta.
gracias
agosto 24th, 2021 a las 6:08 pm
Buenas tardes, Srs. Gerencie, les pregunto. el servicio de parqueadero público, sobre la vía pública por el sistema de parquímetros o Zonas de Estacionamiento Regulado “ZER”, está gravado con el Impuesto al Valor Agregado “IVA”, por favor, me podrían citar la norma, concepto, circular o jurisprudencia de la DIAN sobre la regulación de este servicio, Gracias.