Aportes parafiscales en empleados del servicio doméstico
Actualización. Mediante decreto 0721 de abril 15 de 1013 del ministerio del trabajo, el gobierno dispuso que los trabajadores del servicio doméstico deben ser afiliados a una caja de compensación familiar. Consulte más en este enlace.
7Las personas naturales que contraten empleados del servicio doméstico no están en la obligación de pagar aportes parafiscales por ellos por cuanto la familia, que es donde existe la figura del servicio doméstico, no es una unidad económica lo que la exime del pago de estos aportes.
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Bogotá D.C., 27 de septiembre de 2005
Concepto: 5212
REF.: Rad. No. 90546 - 29 07 005.
Aportes Parafiscales Empleada Doméstica.
Damos respuesta a su solicitud de concepto radicada con el número de la referencia, sobre la obligación de afiliar a los empleados del servicio doméstico a una Caja de Compensación Familiar, en los siguientes términos:
La Ley 21 de 1982 artículo 7° numeral 4° dice;
“Estén obligados a pagar el subsidio familiar y a efectuar aportes para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA):
Los empleadores que ocupen uno o más trabajadores permanentes”. (Resaltado fuera de texto)
La misma ley en su artículo 19, señala:
“Se entiende por trabajadores permanentes quienes ejecuten labores propias de las actividades normales del empleador y no realice un trabajo ocasional, accidental o transitorio”.
De las normas anteriores es de resaltar que la obligación nace por parte del empleador con respecto de los trabajadores permanentes, entendiéndose como tales aquellos que realizan actividades propias del empleador.
Por su parte, la familia no es una unidad de explotación económica que implique el cumplimiento de determinadas actividades por parte de sus miembros, y las labores que cumple el servicio doméstico en el hogar no es la que desempeña ordinariamente el empleador, ante lo cual, para los efectos de estas normas, no se entendería como trabajadores permanentes el servicio domestico y por ende no estarían obligados a pagar el subsidio familiar y aportes al SENA.
Finalmente, la ley en comento en su artículo 15 establece:
“Los empleadores obligados al pago de aportes para el subsidio familiar, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y los demás con destinos especiales… deberán hacerlo por conducto de una Caja de Compensación Familia.”…”
En este orden de ideas, ésta oficina concluye que como el empleador del servicio doméstico no está obligado a afiliarla(o) a una Caja de Compensación Familiar, tampoco lo esté de efectuar los aportes parafiscales al ICBF, SENA y a la propia Caja de compensación.
El presente concepto tiene los alcances del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Cordíalmente,
ALBA VALDERRAMA DE PEÑA
Jefe Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo


maravilloso todos estos comentarios, por eso nos dintinguimos los colombianos por ser solidarios.
Hola, tengo una pregunta, es necesario que el empleador pague el 9% de los parafiscales completos? o si sólo quiere pagar el 4% de la caja cf sin lo del icbf ni lo del sena puede hacerlo.
La pregunta se debe a que un empleador que no tiene un contrato escrito con un familiar sino verbal, no le paga absolutamente nada, y estamos viendo las obligaciones que debe de tener él como jefe, entre esas lo de los aportes pero al parecer el no quiere “entrar mucho en gastos”.
Cordial Saludo
tengo la siguiente Duda:
Voy a contratar a un trabajador que vive en Bogota con su familia, y se va a laborar al Meta, en que ciudad debo afiliarlo a la Caja de Compensacion.
Cordial Saludo
tengo la siguiente Duda:
Voy a contratar a un trabajador que vive en Bogota con su familia, y se va a laborar al Meta, en que ciudad bedo afiliarlo a la Caja de Compensacion.
Buen día.
Por favor, Si laboro en valledupar y la empresa me afilia a la caja de compensación familiar en Barranquilla ¿esto esta permitido y es legal? ¿estoy obligado a permanecer en una caja de compensación diferente a la ciudad donde laboro y vivo?
Hola tengo mi empleada solo viene 4 veces al mes ya lleva 10 años solo se le paga y se le da prima voluntaria se debe liquidar de que manera
TENGO UNA INQUIETUD: QUIERO AFILIAR A MI EMPLEADA DOMESTICA A LA CAJA DE COMPENSACION, QUE SEGUN ENTIENDO NO ES OBLIGATORIO. SIN EMBARGO EN CASO DE AFILIARLA TAMBIEN DEBO PAGAR ICBF Y SENA?
GRACIA SPOR SUS RESPUESTAS
No es necesario que hacer el aporte a SENA e ICBF
1. Afiliar a la empleada de servicio doméstico CCF, no le deben presentar problema, en caso que eso ocurra, se puede quejar en la Super Intendencia de Subsidio Familar.
Resolución 1747 de 2008, Artículo 11, ACLARACIONES AL CAMPO 5 – TIPO DE COTIZANTE:
“2 Servicio Doméstico: Este tipo de cotizante está obligado a aportar a Salud, Pensión y Riesgos Profesionales, la afiliación a Caja de Compensación es voluntaria, no se cotiza a Sena, ICBF, Ministerio de Educación y ESAP. El IBC mínimo es 1 SMLMV.
Este tipo de cotizante solo puede ser utilizado si el campo 7 – CLASE DE APORTANTE definido en el Artículo 3 es I y el campo 7 – TIPO DE PLANILLA definido en el Artículo 7 es S.
Este tipo de cotizante, aplica únicamente para los empleados de un hogar y que no sean una explotación económica.”
2. Comunicarse con un Operador de Información de la PILA, para que le indique que debe hacer en el software.
3. verificar el aporte (recuerde que el 4% de CCF es por parte del empleador, a menos que se pacte algo diferente porque en este no hay obligatoriedad).
NOTA: Hay un vacío normativo en las resoluciones de la PILA y es en cuanto al retiro solamente a CCF, Resolución 1747 de 2008, Articulo 11: ACLARACIÓN AL CAMPO 16 – RET: RETIRO
Por lo tanto en el momento de retirar a la empleada SOLO de CCF lo debe hacer por medio de carta.
Saludos
(NO pertenezco al grupo de Gerencie.com, soy forista)
hola, tengo la siguiente duda, a una empleada domestica se le debe pagar ARP?
Por supuesto y mi consejo es que la afilie lo más pronto posible. Antiguamente no había mayor problema porque la EPS pagaba los gastos de un accidente en el trabajo. Hoy en día no es así y si la empleada se corta y lesiona un dedo en forma permanente, por ejemplo, o se cae y fractura, usted debe pagar TODO. Si usted está afiliada a Riesgos Profesionales, consulte con su administradora para afiliar a su empleada doméstica. Si no lo está o le ponen mucho problema, con Positiva Compañía de Seguros es un asunto fácil y rápido. El costo actual es de $2.800 pesos mensuales para el Riego 1 que es el que le asignan al personal doméstico.
Muy de acuerdo con Lala, y es indispensable recordar que es obligatorio hacer los aportes a Salud, Pensión y Riesgos Profesionales, los parafiscales no son obligatorios, porque el hogar no genera ingresos sino gastos, pero puede afiliarla opcionalmente a la CCF.
Generalmente esta personas NO quieren que las afilie en el régimen contributivo porque se salen de los beneficios del régimen subsidiado, pero en el momento que haya un pleito, estas personas pueden hacer mucho daño, porque así se firme un documento donde estas digan que no quieren la afiliación, un principio constitucional dice que las persona no pueden renunciar a sus derechos básicos.
Por lo tanto no se arriesguen a un pleito que seguro van a perder y afilien a su empleada de servicio doméstico a salud pensión y riesgos profesionales
Excelente esta página, que ayuda y orienta. Gracias a las personas que la patrocinan y sostienen. Esto es ser servicial, así pensamos en los otros, esto es ser colombiano. Felicitaciones. >> Gracias. Li
Excelente esta pagina, brinda la orientación que se necesita para aclarar temas tan importantes como lo es la ley 100.
Pregunta:
Si un trabajador independiente dejo de cancelar lo aportes a seguridad social sin la novedad de retiro en abril del 2010 y hoy se va a afiliar nuevamente a la eps, cuantos meses de mora debe cancelar para volver a afiliarse?
En total son 4 meses con los respetivos intereses de mora.
Buenas tardes tengo una pregunta si al tener iu numero menor de tres trabajadores es obligatorio pagar paafiscales
Si es obligatorio, y no le pueden negar la afiliación a ninguan de las entidades, en caso que se presente esto (porque se presenta) es necesario que se queje porque despues la perjudicada es usted.
Solicito saber si a una empleda del servicio que se le cancela el contrato tiene derecho a indemnizacion?
Por supuesto, e idemnización si el despido es sin justa causa, en el momento de liquidarle debe tener en cuenta vacaciones, y cesantias.
Primas no porque no le obliga.
NO ES OBLIGATORIO AFILIAR A UNA EMPLEADA DEL SERVICIO DOMESTICO A LA CAJA DE COMPENSACION, NI DE PAGAR LOS APORTES DE IBCF SENA Y CAJA, PUESTO QUE NO ES UN TRABAJADOR PERMANENTE NI SUSU LABORES SON LAS ORDINARIAS DEL EMPLEADOR.
No es obligatorio, y los motivos que expone no son,el motivo es porque la casa no genera ingresos.
Es muy diferente cuando una oficina o una empresa contrata estos servicios si tiene que hacer aportes porque en este caso no se considera servicio domestico.
Se supone que las deducciones para contribuciones parafiscales son el ICBF, SENA y la caja de compensación, no? sin embargo, la definición de parafiscales es que son contribuciones que hace un sector que redundan en un beneficio en el mismo sector, como por ejemplo la Federación Nacional de Cafeteros aporta para obras y servicios que van a beneficiar al sector cafetero. Dicho esto, se pueden entender como parafiscales las deducciones que se hacen del salario a las anteriores entidades teniendo en cuenta que no les acarrean ningun beneficio?? independientemente de lo justo o no, y entendiendo que es una discusion de pronto más academica, pero no considero que se puedan considerar parafiscales.
soy trabajador independiente, presto servicio de fumigacion, pregunto si estoy obligado a pagar el aporte parafiscal, ya que a una empresa a la que le preste este servicio no me paga la cuenta aduciendo que yo no pago dichos aportes que debo ahcer, donde debo dirigirme?
Buenas tardes necesito q me ayuden urgente, quien me pueda responder le agradezco……trabajo para una empresa privada y hace 15 meses me trasladaron a otra ciudad, me sacaron de la caja de compensacion familiar y a la fecha no me han vinculado a otra, q puedo hacer frente a ese tema se puede demandar x esto o q hago…….
Feliz Dia
Por favor, se puede pagar solo caja de compensacion y no pagar sena ni ICBF,
Tengo un empleado y el tiene 2 hijos menores me puede demandar por no tenerlo afiliado a la caja de compensacion, es servicio domestico.
No, se puede hacer el aporte de dos maneras, por el 2% o por el 4%
2% no da subsidio y es pera independientes y empleados demesticos
4% es para todos e impleac hacer aportes a todos los parafiscales