¿En que cuenta deben consignarme el salario?
Uno de los requisitos que las empresas le exigen a los empleados recién contratados, es el abrir una cuenta en determinada entidad financiera, en la cual se le ha de consignar su salario.
Esta práctica muy generalizada, en ocasiones puede afectar los derechos del trabajador, puesto que se le está obligando a tener una cuenta en un banco que no desea o simplemente porque tiene cuenta en otra entidad, y además se le obliga a asumir un costo financiero por el manejo de esta cuenta.
Esta práctica ha sido cuestionada por la misma Corte constitucional en sentencia C-041 de 2000, en la que se aclara que no se le puede obligar al trabajador a que abra una cuenta y menos a que se le exija que debe ser en determinado banco.
Es más, para que el empresario pague los salarios a sus trabajadores, la ley no exige que se deba crear una cuenta bancaria, de modo que el empresario está obligado a pagar en efectivo o en cheque al trabajador que no quiera tener una cuenta bancaria.
Sin embargo, y a pesar del pronunciamiento de la corte constitucional, se ha vuelto una constante y una costumbre que las empresas obliguen a sus empleados a que abran una cuenta bancaria en la entidad financiera del gusto de la empresa, y para colmo de males, eligen la peor de todas donde hay que hacer fila de horas para poder ser atendido.
Lamentablemente como el trabajador es la parte débil de la relación laboral, se ve en la obligación de acceder a las exigencias de la empresa, pues si no lo hace, lo pueden despedir en su periodo de prueba o simplemente no le pagan su salario hasta que no habrá la cuenta bancaria, y como el trabajador necesita de su salario, pues debe apresurarse a cumplir las exigencias de la empresa (Consulte: Cuentas de nómina).


La practica de que las empresas le exigen a los empleados recién contratados, o no, de abrir una cuenta en determinada entidad financiera, en la cual se le ha de consignar su salario; en algunos lugares puede considerarse autoritaria porque no queremos estar sin nuestro consentimiento en una entidad, que abra una cuenta bancaria, y para colmo de males, eligen la peor de todas donde hay que hacer fila de horas para poder ser atendido. Pero la razon de esto tambien ayuda a que el empleador, no fraccione el sueldo a su gusto, teniendo que pasar el empleado por el sistema feudal de rogar por pagos retrazados, y en algunas ocaciones firmar recibos sin recibir el dinero, ya que de no hacerlo pierde su empleo.
BUEN DIA.
Mi consulta es muy puntual y va referenciada a lo siguiente:
Fui despedido el dia 12 de Abril de este año, y aun a fecha de hoy Mayo 21, no se me ha cancelado por parte de el empleador la liquidacion de las prestaciones sociales, yo resido en una ciudad diferente( Cartagena) a la empresa(Barranquilla), el gerente general insiste en que debo ir a reclamar mi liquidacion a la ciudad de Barranquilla, cuando fui contratado para trabajar en Cartagena, y ademas ellos conocen mi numero de cuenta banacaria donde por mas de 8 años me consignaban mi salario. Por ultimo hoy, me notifican que realizaron el deposito en un banco y que sere notificado por parte de un juzgado laboral de reparto. Preguntas:
Es esto correcto? se causaron intereses por el pago moratorio de la liquidacion? debo recojer dicha liquidacion en la ciudad de domicilio de la empresa?
Hasta cuando se supone se generan intereses de esta liquidacion si los dias siguen transcurriendo, ya que no voy a ir a reclamarlos porque se me impide desplazarme y ademas tengo entendido que se me debe pagar es en el lugar(ciudad) donde fui contratado para laboral y no a el capricho de el empleador?
Adicional a esto, solo me estan reconociendo los ultimos tres años y 4 meses, como base de la liquidacion. siendo que ellos cambiaron de razon social, tengo docuemntos que asi lo acreditan y en ningun momento me liquidaron con la anterior empresa, pero me certificaron por parte de ellos mismos en certificado laboral que la empresa habia cambiado de razon social y que llevaba laborando el tiempo anterior de 5 años.
He pasado varias reclamaciones a sus dueños y representantes sin que me sea dada respuesta alguna sobre ello. recalco que tengo documentos que acreditan su cambio de razon social, mi relacion laboral, las promesas laborales que hicieron cuando cambiaron de razon social, las cuales no cumplieron, ya que ademas disminuyeron mis ingresos de salario de mas de 3 millones a solo 950.000.
donde puedo checar aportacion patronales individuales y dias cotizados
Buenas noches.
tengo una duda sobre este proceso de consignar a una cuenta de nomina el salario y es que pasa cuando la empresa realiza una transferencia a cada una de las cuentas de sus empleados y estas tranferencia tienen un costo quien debe asumir tal costo?
Quisiera saber si en un empleo ofrecen cancelar el SMLV con prestaciones y auxilio de transporte y este valor se cancela mensualmente cuanto deberia ser el total liquidado? Según mis cuentas SMLV + Auxilio de transporte daria un total de $516.500 pero el total que esta cancelando la empresa es de $480.000