Retención en la fuente no es un impuesto

Son reiteradas las consultas que recibimos  en Gerencie.com respecto a si la retención en la fuente es o no un impuesto.

Aunque ya se ha expuesto en otros documentos, reiteramos que la retención en la fuente no es un impuesto.

La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada de un impuesto, más no es un impuesto en sí.

Por ejemplo, en Colombia existe el impuesto de renta, impuesto  a las ventas, impuesto de industria y comercio, entre otros.

Luego, lo que hace la retención en la fuente, es recaudar, cobrar anticipadamente cualquiera de esos impuestos.

De allí existe el reteiva [retención en la fuente por Iva], reteica [retención en la fuente por ica], y retención por renta.

Si nos vamos al estatuto tributario, este en su artículo 367 encontramos que:

Finalidad de la retención en la fuente. La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

Allí se observa claramente que la retención no es un impuesto sino un mecanismo mediante el cual el estado se cobra el impuesto de renta o Iva sin esperar a que termine el periodo gravable. Lo va cobrando cada vez que vende un bien, que se presta un servicio.

Una empresa paga el impuesto de renta cada año. Si no existiera la retención en la fuente, el estado tendría que esperar un año para que la empresa le pague el impuesto. Pero como existe la figura de la retención en la fuente, el gobierno cada mes se está cobrando anticipadamente ese impuesto, y de esa manera se asegura un flujo de ingresos constante.

20 / 12 / 2010

Opinar o comentar

14 Opiniones en “Retención en la fuente no es un impuesto”
  1. Claudia Valderrama dice:

    Buenas tardes: Conforme mi empresa bajo los beneficios de la Ley 1429 de 2010, asi
    1. Cuando debo hacer declaracion de Renta?
    2. Segun la nueva retencion a practicar Impuesto sobre la renta para la equidad CREE, mis clientes le deben hacer a mi empresa esta retencion?

    Gracias!

    • judibece dice:

      el beneficio solo aplica en la actividad principal si tiene ingresos por una actividad diferente debe pagar renta si no de todos modos desde el primer año debe presentarla sin pago
      y teniendo en cuenta que ya la renta no es del 33% si ¡no del 25 por que el otro 8% es de CREE, entonces usted es sujeta pasiva y ademas agente de retención del CREE.
      o sea le deben y debe practicarlo y ademas en la declaracion de renta del próximo año pagar el 8% de CREE.

  2. Andres dice:

    Soy importador y vendo a empresas que me estan reteniendo el 50% del IVA, el saldo a favor aumenta cada dia y pierdo liquidez a medida que vendo, ya que al importar por ejemplo pago 16 pesos de IVA de importacion y al vender vendo con un 10% de utilidad . Ese IVA de venta es entonces de 17.6 pesos. La empresa a la que le vendo me retiene el 50% es decir 8.8 pesos. Si yo pague 16 al importar entonces solo estaria recuperando esos 8.8 y el resto como lo cruzo o como lo recupero? Se estan quedando con el 45% del IVA que ya pague y pierdo mi liquidez.

    • judibece dice:

      no es cierto por que usted se debe pagar como generado el 100% del iva cobrado pero se descuenta ese 50% del iva que le practicaron a tutulo de retención de iva dentro del mismo formulario , para eso es que necesita un contador que le haga ese trabajo. y usted no incurra en mayores sobre costos
      ademas este año solo es el 15% de reteiva

  3. gerardo vergara chavez dice:

    porque la enrredan tanto la retecion es uno de los tantos impuestos que tenemos sino maquiñado de otra forma

  4. Luis Gonzalo Del Valle dice:

    Ustedes se contradicen en la respuesta a la consulta si la retencion en la fuente es o no un impuesto.
    Empiesan diciendo, “Aunque ya se ha expuesto en otros documentos, reiteramos que la retención en la fuente no es un impuesto”.
    Luego dicen, ” La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el IMPUESTO se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause”.
    “Allí se observa claramente que la retención no es un impuesto sino un mecanismo mediante el cual el ESTADO SE COBRA EL IMPUESTO de renta o Iva sin esperar a que termine el periodo gravable. Lo va cobrando cada vez que vende un bien, que se presta un servicio”.
    Se puede concluir entonces que la retencion en la fuente si es un impuesto, ya que este se esta cobrando anticipadamente; no quiere decir que por que se cobre de forma antcipada, deje de ser un impuesto.
    Si un a un sujeto le practican retencion en la fuente, por ejemplo, por servicos, y este sujeto no es responsable de declarar renta no tiene como descontarse esa retencion que le practicaron, por lo tanto ese sujeto pago un impuesto (por servicios) dentro del ejercio fiscal.

  5. edimer bravo dice:

    seria bueno que toda pregunta que se hace se responda por una persona especializada en el tema para mayor claridad

  6. LUZ dice:

    Buenas tardes.

    Les expongo mi caso: si en el año 2008 se pagaron las declaraciones de retefuente y al liquidar la renta se genera pérdida del ejercicio, las retefuente pagada es un saldo a favor para la renta del 2009.

    mi pregunta es: si se registra el saldo a favor en la cta del activo 1355 ¿Cuál es la cta de contrapartida?

  7. FERNANDO dice:

    No estoy totalmente de acuerdo al afirmar que la retención en la fuente no es un impuesto.
    Tengamos en cuenta las siguientes premisas:
    El agente retenedor efectúa retención al CONTRIBUYENTE, del impuesto de renta o de Industria y Comercio, segun esa el caso, independientemente que sea declarante o no.
    Hay CONTRIBUYENTES, que NO SON DECLARANTES De Impuesto de Renta o de Industria y Comercio.

    El contribuyente que puede descontar del impuesto a cargo las retenciones que le practicaron los agentes retenedores son los DECLARANTES,solicitando al agente retenedor los respectivos certificados de retención

    De Lo anterior se puede concluir:
    Que para el CONTRIBUYENTE DECLARANTE , no es impuesto, sino ANTICIPO DEL MISMO, pero para el CONTRIBUYENTE NO DECLARANTE, la retención en la fuente que le practique el agente retenedor se le constituye no en anticipo si no en el IMPUESTO EFECTIVAMENTE PAGADO, no hay lugar a recuperación alguna, ni siquiera da lugar a devolución por el solo hecho de no ser declarante.

    Respecto al RETEIVA, el agente retenedor le practica al responsable de IVA REGIMEN COMUN quien si es DECLARANTE de IVA, en ningun caso el agente retenedor retendrá suma alguna por este concepto al responsable del régimen simplificado, es mas, si el agente retenedor es responsable del IVA, debera asumir la retencion de IVA al adquirir bienes o servicios gravados de un responsable de régimen simplificado

    • YANETH GUERRERO dice:

      CORDIAL SALUDO

      Existen miles de personas que trabajan por prestación de servicios y no tienen idea de que puedes recuperar la retefuente (saldo a favor) previo cumplimiento de la norma.

      Ofrezco este servicio

      YANETH GUERRERO
      cel 317 433 98 56
      (4) 228 47 69 Medellin

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.