Vacaciones no se descuentan para calcular prestaciones sociales
Los días que el trabajador esté de vacaciones no se descuentan del tiempo sobre el cual se calculan las prestaciones sociales.
Existe la duda de si los días que el trabajador haya estado de vacaciones, que suelen ser entre 15 y 20 días calendario, se deben descontar del tipo considerado para el cálculo de las prestaciones sociales.
La respuesta es que estos días no se deben descontar.
Las vacaciones son un descanso remunerado durante el cual el trabajador conserva todos los derechos propios de una relación laboral.
Las vacaciones no suspenden el contrato de trabajo, y por tanto no se deben computar para todos los efectos.
Los únicos días que se pueden descontar cuando se vayan a calcular y pagar las prestaciones sociales, son los días durante los cuales estuvo suspendido el contrato de trabajo, y entre las causales de suspensión del contrato de trabajo no figuran las vacaciones.
[Consulte: Efectos de la suspensión del contrato de trabajo]
Así las cosas, en el supuesto que un trabajador se retira el 31 de setiembre de 2007, y durante el mes de agosto estuvo 20 días de vacaciones, esos días serán indiferentes cuando se vaya a calcular la prima de servicios, por ejemplo.
En este caso, como la prima de servicios del primer semestre se debió pagar en junio, solo se le adeuda al trabajador la prima correspondiente a los tres últimos meses [julio, agosto y septiembre], es decir, 90 días.
Según el supuesto, el trabajador estuvo 20 días de vacaciones en el mes de agosto, por lo que en realidad sólo trabajó 70 días, pero al momento de calcular la prima de servicios, se deberá hacer sobre 90 días.
Igual tratamiento se le da a las cesantías y a la dotación, las otras prestaciones sociales.
Sucede lo mismo con los aportes a seguridad social y los aportes parafiscales, aportes que se deben seguir realizando aún cuando el trabajador esté en vacaciones.
La razón de todo esto, es como ya se anotó, que las vacaciones no suspenden el contrato de trabajo, único evento en que la ley permite descontar los días durante los cuales estuvo suspendido el contrato de trabajo.
Vale aclarar que en el evento en que se suspenda el contrato de trabajo, si bien no se pagan ni salarios, ni prestaciones sociales, ni aportes parafiscales, el empleador sí debe seguir aportando a seguridad social, en la parte que le corresponde.


saludos-tengo un trabajo de renta variable,salide vacaciones el 4 de marzo hasta el 24 de marzo mi renta de los ultimos 3 meses es 629.000 y me pagaron 476.000 cuanto deberia cobrar este mes gracias anticipadamente rodolfo
El articulo 308 del codigo laboral es aplicable cuando el aguinaldo se convencional se pactó en el año 2011?
En el ejemplo que se expone “Así las cosas, en el supuesto que un trabajador se retira el 31 de setiembre de 2007, y durante el mes de agosto estuvo 20 días de vacaciones, esos días serán indiferentes cuando se vaya a calcular la prima de servicios, por ejemplo”
El 31 de septiembre no existe.
cuando se liquidan las vacaciones se descuentan los aportes a pension y salud.
BUENAS TARDES QUISIERA SABER UNA COSA SALIMOS A VACACIONES EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 A 10 ENERO 2011, EN LA LIQUIDACION PAGAMOS TODO INCLUYENDO LOS 15 DIAS DE VACACIONES, LA PREGUNTA ES SI DEL 31 DE DICIEMBRE A 10 ENERO DE 2011 SE DESCUENTAN DEL SUELDO. AGRADEZCO ME COLABOREN UREGENTE
cuando un empleado se encuentra en licencia no remunerada, se le debe contar estos dias para el promedio de vacaciones en la liquidacion de prestaciones sociales. Ya que es lo unico que se le va a pagar por ser salario integral. Gracias
Agradezco la respuesta a la siguiente inquietud:
Cuando se liquidan las prestaciones sociales definitivas, en la liquidación de las vacaciones en la base se incluye el auxilio de transporte?
CUANDO UN APRENDIZ TERMINA EL CONTRATO SE LE DEBEN LIQUIDAR TODAS LAS PRESTACIONES SOCIALES?: VACACIONES?, CESANTIAS?, INT. CESANTIAS?, PRIMA?
GRACIAS