Cuando el trabajador se encuentra en vacaciones, ¿el empleador debe pagar seguridad social, prestaciones sociales y realizar aportes parafiscales?
Seguridad social en vacaciones.
Las vacaciones son uno descanso remunerado a que tiene derecho el trabajador, y la ley no considera que se deban suspender las cotizaciones a seguridad social durante el periodo de vacaciones.
Por consiguiente, las vacaciones son base para la liquidación de los aportes a seguridad social en salud y pensión en los porcentajes y proporciones de ley.
Se exceptúa el caso de los riesgos laborales, en razón a que la ARL asegura el riesgo laboral, y este no existe si el trabajador no está laborando.
Aportes parafiscales en vacaciones.
Respecto a los aportes parafiscales, en los casos en que el empleador no esté eximido de pagarlos, debe liquidarlos sobre los pagos que realicen por concepto de vacaciones.
La razón es que la ley 21 de 1982 en su artículo 17 señala expresamente que los aportes parafiscales se pagan sobre la nómina mensual, y que de esta hacen parte los descansos remunerados que se paguen al trabajador, ya sea por disposición legal o convencional.
En consecuencia, siendo las vacaciones un descanso remunerado, es necesario pagar sobre ellas los aportes parafiscales a que haya lugar.
Prestaciones sociales en vacaciones.
Para efecto de la liquidación de las prestaciones sociales, las vacaciones no se descuentan del tiempo laborado, y el valor de las vacaciones hacer parte de la base para liquidarlas, como si de un salario se tratara.
La ley no considera que el tiempo de vacaciones y su remuneración sean descontados para efecto de liquidar las prestaciones sociales, y tal posibilidad solo fue contemplada para los casos en que el contrato de trabajo se suspende, lo que no ocurre en este caso.
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julio 21st, 2019 a las 3:19 pm
En la empresa donde trabajo,el contador de la empresa dice que las vacaciones constituyen salario,y por lo tanto cuando salgo a vacaciones,estás tengo que pagarlas de mi trabajo,ya que gano porcentaje sobre lo neto facturado por lo tanto mi salario es variable.tengo entendido que tienen que promediar el último año antes de salir a vacaciones para hallar el sueldo base de liquidación,tengo entendido que las vacaciones no constituyen salario,ya que es un descanso remunerado, por lo tanto en vacaciones el trabajador no está prestando un servicio entonces no es salario. No se quien tiene la razón,pero el contador dice que cómo las vacaciones es salario se suman al salario promedio y le da más cantidad del porcentaje pactado y tengo que devolverle dinero.me pueden colaborar por favor,muchas gracias.
enero 20th, 2022 a las 2:35 pm
solo en el caso que las vaciones sean compensadas no constituyen salario si son disfrutadas es factor salarial
noviembre 13th, 2019 a las 4:00 pm
Para liquidar salud, se tiene en cuenta el salario básico o el total devengado?, es que estuve en vacaciones y obviamente el total devengado aumentó, pero el salario básico sigue el mismo, me liquidaron salud con el total devengado.
Gracias.
marzo 30th, 2020 a las 9:47 am
Quiero saber si de mi vacaciones me pueden descontar fp y ars
septiembre 15th, 2021 a las 11:50 am
Hola, para el caso de salud y pensión de un empleado que tiene básico el mínimo pero que todos los meses genera horas extras, debo tomar el promedio devengado en el mes anterior a las vacaciones para ese descuento, o debo realizar el descuento sobre el total devengado por vacaciones?
enero 20th, 2022 a las 2:39 pm
para el descuento de seguridad social se hace sobre el mes en curso y las horas extras y demas pagos, se promedia unicamente para el pago de las vacaciones cuando se pagan comisiones, las horas extras no hace que se tenga que proceder a promediar
enero 14th, 2022 a las 12:42 pm
En contrato a término fijo Hora cátedra de Enero 24 a junio 15 de 2019 en el cual solo se trabajó las horas de enero por incapacidad a partir de febrero y que finalizó en octubre de 2020, como se hace la liquidación de prestaciones sociales?
febrero 2nd, 2022 a las 3:08 pm
Salí a vacaciones el 27 dice 2021 y me pagaron las vacaciones 454236,creo que a esta le descontaron salud y pensión,entro el 19 enero y el 31 me pagan 15 días de sueldo,me llega 477886 y creo que también descontaron el 8% eso es legal,siendo que el dinero de las vacaciones fue por decir así los otros 15 días de enero…como en un mes van a descontar 2 veces para salud y pensión..me explican