El código de actividad económica que tienen los pensionados y que deben diligenciar en el RUT es el 0020, que no es un código que figure en la clasificación CIIU, sino que fue creado específicamente para ser utilizado por la Dian y demás entidades que administran impuestos en Colombia.
Los pensionados que declaren renta, y los que no declaren, deben actualizar el RUT con el código de actividad 0020, pues de lo contrario se exponen a una sanción.
Recordemos que la sanción por no actualizar el RUT puede ser de 2 UVT por cada día de retraso según el artículo 658-3 del estatuto tributario, lo que no es un asunto menor.
Los pensionados pueden actualizar en línea el RUT para incluir su actividad económica, y para ello deben estar registrados en el portal de la DIAN y tener firma electrónica; en caso contrario, tendrán que dirigirse a una oficina de la DIAN previo agendamiento de cita.
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