Los colombianos que residen en el exterior y tienen ingresos en Colombia por diferentes actividades como arrendamientos, rendimientos de capital, etc., están obligados a cotizar a seguridad social en pensión y eventualmente en salud.
Cualquier persona que viva en el exterior puede cotizar de forma voluntaria a pensiones si desea obtener la pensión en Colombia, especialmente cuando antes de salir del país ya tenía un número importante de semanas cotizadas.
Los colombianos con residencia en el exterior que tengan ingresos en el país deberán cotizar a seguridad social.
El aporte a pensión es obligatorio en todos los casos en los que se obtengan ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual en el país.
Los aportes a salud solo son obligatorios cuando el núcleo familiar del colombiano residente en el exterior sigue viviendo en Colombia; de lo contrario, solo es obligatorio cotizar a pensión, puesto que los servicios de salud están sujetos al principio de la territorialidad, según el artículo 162 de la Ley 100 de 1993.
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