Los trabajadores que laboran por días deben estar afiliados al sistema de seguridad bajo unas reglas especiales, siempre que durante el mes laboren menos de 30 días y devenguen menos de un salario mínimo.
- Seguridad social por días.
- ¿Cómo se paga la seguridad social cuando el trabajador labora por días?
- ¿Qué pasa con el trabajador que trabaja por días con varios empleadores?
- ¿El aporte a seguridad social por días aplica a los trabajadores que laboran medio tiempo o media jornada?
- ¿Qué beneficios aplican para los trabajadores que laboran por días?
- ¿Qué sucede con las incapacidades y la licencia de maternidad?
- ¿Qué sucede con los trabajadores que trabajan el mes completo pero que no devengan un salario mínimo?
- ¿Qué normas regulan la seguridad social en los trabajadores que laboran por días?
- Seguridad social empleadas domésticas por días.
- Arl por días.
- Seguridad social por días en trabajadores independientes.

En el caso de los trabajadores que laboral por días, el costo de la seguridad social plena resulta más elevado llegando a ser superior a los ingresos que el trabajador obtiene.
Por ejemplo, es el caso de la empleada del servicio doméstico que apenas labora un día a la semana. En tal caso, lo que la empleada devengue en un mes no le alcanzará para pagar la seguridad social, lo que impide que muchas personas puedan acceder al mercado laboral formal, aspecto que el gobierno solucionó permitiendo el pago de seguridad por días, dirigido a los trabajadores que laboran a tiempo parcial.
A continuación, exponemos con detalle el tema relacionado con los aportes a seguridad social cuando se labora por días o a tiempo parcial de acuerdo al decreto 1072 de 2015, a partir del artículo 2.2.1.6.4.1.
Por regla general la seguridad social se debe pagar sobre una base mínima equivalente al salario mínimo mensual, pero para el caso de trabajadores que laboran a tiempo parcial o por días, se permite pagar la seguridad social por semanas.
Para que ello sea posible se debe cumplir con las siguientes condiciones.
- Que se encuentren vinculados laboralmente (Contrato de trabajo).
- Que el contrato sea a tiempo parcial, es decir, que en un mismo mes, sea contratado por periodos inferiores a treinta (30) días.
- Que el valor que resulte como remuneración en el mes, sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
Si el trabajador laboral un día a la semana, pero devenga un salario mínimo o más, debe pagar seguridad social plena.
Se entiende por seguridad social plena el hecho de cotizar a salud, pensión y riesgos laborales, sobre la base general que no puede ser inferior a un salario mínimo.
Los trabajadores que laboren por días deben pagar pensión, riesgos laborales y subsidio familiar.
La pensión y el subsidio familiar se pagan por semanas sobre el ingreso efectivo. Los riesgos laborales se pagar sobre un salario mínimo y por el mes completo.
No se debe pagar salud, de manera que el trabajador puede estar afiliado al régimen subsidiado o Sisben.
En cuanto a pensión y subsidio familiar se debe pagar lo siguiente según el número de días trabajados en el mes:
Días laborados en el mes | Monto de la cotización |
Entre 1 y 7 días | Una (1) cotización mínima semanal |
Entre 8 y 14 días | Dos (2) cotizaciones mínimas semanales |
Entre 15 y 21 días | Tres (3) cotizaciones mínimas semanales |
Más de 21 días | Cuatro (4) cotizaciones mínimas semanales (equivalen a un salario mínimo mensual) |
Como se puede observar, este tratamiento especial sólo aplica para quienes trabajan hasta 21 días en un mes, pues si se trabajan más se debe pagar la cotización completa.
En todo caso, consideramos que, si el trabajador labora más de 21 días al mes, pero menos del mes completo y su ingreso es inferior al salario mínimo, se cumplen los requisitos para que no se pague salud y el trabajador pueda seguir en el régimen subsidiado, aunque deba pagar la cotización completa a pensión.
El empleador es el responsable de afiliar al trabajador al fondo de pensiones, a la Arl, y a la caja de compensación familiar.
El empleador debe cubrir la totalidad del pago a la Arl y a la caja de compensación familiar. El aporte a pensión debe hacerlo tanto el trabajador como el empleador, debiendo el primero asumir el 4% y el segundo el 12%.
¿Qué pasa con el trabajador que trabaja por días con varios empleadores?
Es el típico caso de la empleada del servicio doméstico que labora para diferentes empleadores un día a la semana, donde el lunes trabaja en una casa, el martes en otra, el miércoles hace aseo en una oficina, etc. Allí tenemos 5 empleadores.
En tal caso, cada empleador es diferente y cada uno de ellos hará lo expuesto aquí, y para ello es preciso que la empleada esté afiliada al mismo fondo de pensión para que cada empleador realice allí la cotización correspondiente.
Si el trabajo por medio tiempo se hace por periodos inferiores a un mes, sí aplica, pero si el trabajo se hace por el mes completo, en nuestro criterio no, por cuanto se labora un mes completo, solo que a media jornada, y el requisito para acceder a este tratamiento especial, es laborar menos de un mes, y no todo el mes, pero a media jornada.
¿Qué beneficios aplican para los trabajadores que laboran por días?
El trabajador que aplica a lo expuesto aquí, puede cotizar a pensión, está cubierto por riesgos laborales y por el subsidio familiar, pero no está cubierto por las prestaciones económicas que ofrece el régimen contributivo de salud.
Es decir que como no se cotiza a una EPS, no habrá lugar al reconocimiento de incapacidades laborales de origen común, ni a la licencia de maternidad. Sí tendrá derecho al reconcomiendo de incapacidad de origen laboral por cuanto se está cotizando a la respectiva Arl.
¿Qué sucede con las incapacidades y la licencia de maternidad?
Como las incapacidades por enfermedad de origen común y la licencia de maternidad es reconocida por la EPS, y en este caso no se cotiza a una EPS, no hay forma de que el sistema reconozca dichos pagos, luego surge la pregunta: ¿Quién las paga?
En nuestro criterio, el pago de incapacidades y la licencia de maternidad deben correr por cuenta del empleador o empleadores, pues la ley no los eximió de dicho pago, y la incapacidad y la licencia de maternidad no suspenden el contrato de trabajo, por lo que el empleador debe seguir pagando el salario que le corresponda.
¿Qué sucede con los trabajadores que trabajan el mes completo pero que no devengan un salario mínimo?
En este caso, el trabajador debe estar afiliado a salud, pensión y riesgos laborales, y la cotización se debe realizar sobre un salario mínimo mensual, y como el salario es inferior al mínimo, cada una de las partes debe completar lo que le corresponda.
Este tema fue desarrollado por el decreto 2616 de 2013 que luego fue compilado por el decreto único 1072 de 2015 a partir del artículo 2.2.1.6.4.1.
Las empleadas domésticas que laboran por días están sujetas a las mismas reglas sobre el aporte a seguridad social aquí explicadas.
Esto aplica para todos los trabajadores que laboren por días, sin importar el sector o tipo de empleo.
Arl por días.
Los trabajadores que laboran por un periodo inferior a un mes, también se afilian a la Arl por días, pero de acuerdo al inciso segundo del artículo 2.2.1.6.4.5 del decreto 1072 de 2015, el ingreso base de cotización será el salario mínimo mensual, incluso si el trabajador devenga menos de un salario mínimo.
Los trabajadores independientes no pueden cotizar a seguridad social por días, en razón a que lo expuesto en esta nota sólo aplica para trabajadores con una relación laboral, requisito que expresamente contempla el artículo 2.2.1.6.4.2 del decreto 1072 de 2015.
En consecuencia, el trabajador independiente que labore por días debe cotizar mes completo, siempre que sus ingresos sean iguales o superiores a un salario mínimo, pues si devenga menos de un salario mínimo, no tiene obligación de cotizar como independiente.
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junio 12th, 2019 a las 11:46 am
Hola todos!
debo pagar planilla por un trabajo de independiente, solo un día. A donde puedo dirigirme para generar esta planilla? Saludos!
junio 9th, 2021 a las 1:01 pm
Los trabajadores independientes no tienen la facilidad de pagar por dias, deben pagar el mes completo. Es mas facil que el contratante te afilie y pague ese día o los dias de trabajo. Ya que como independiente, no sera posible la liquidación por días.
junio 9th, 2021 a las 1:02 pm
Y las planillas se pueden generar por la plataforma de Asopagos, ARUS, SOI, etc…
marzo 15th, 2022 a las 11:31 am
si es posible pagar 1 dia de seguridad social, como independiente 3183441437
agosto 6th, 2019 a las 4:39 pm
¿Qué pasa con el trabajador que trabaja por días con varios empleadores?
Es el típico caso de la empleada del servicio doméstico que labora para diferentes empleadores un día a la semana, donde el lunes trabaja en una casa, el martes en otra, el miércoles hace aseo en una oficina, etc. Allí tenemos 5 empleadores.
En tal caso, cada empleador es diferente y cada uno de ellos hará lo expuesto aquí, y para ello es preciso que la empleada esté afiliada al mismo fondo de pensión para que cada empleador realice allí la cotización correspondiente.
La pregunta:
Cuando la trabajadora labora un día para seis empleadores en cada semana y en el mes acumula ingresos por $1.200.000. Como se debe pagar la seguridad social? Por favor con cifras.
Gracias
agosto 18th, 2019 a las 12:28 pm
Ayuda un Señor que trabaja por Días como electricista y llevaba solo dos días trabajando como electricista, instalando unas lamparas en una casa que iban a arrendar, no hicieron contrato se cayo de la escalera y el mismo que lo contrato estaba sosteniendo la escalera el señor se fracturo los pies y no tiene ARL solo EPS quien lo contato le dice que no le va a responder por que el debía estar afiliado a ARL.
agosto 29th, 2020 a las 3:10 pm
EL QUE LO CONTRATO TENIA LA OBLIGACION DE HABERLE PEDIDO EL SOPORTE DEL ARL AFILAICON O DE LO CONTRARIO HABERLO AFILIADO A UNA ARL O NO HABERLO CONTRATADO
enero 10th, 2020 a las 7:53 pm
Cómo liquido la empleada que trabaja 5 días al mes y devenga 50.000 por día.
octubre 26th, 2021 a las 1:45 pm
Hola. Contrato para aseo de la casa aproximadamente 1 2 días al mes. Que se debe pagar por prestaciones? La señora tiene sisben.
enero 6th, 2022 a las 12:20 pm
Tengo una persona que me ayuda a limpiar una casa que sólo visito cada quince días. Esta señora hace el aseo en cuatro horas. Esto es ella trabaja sólo un dís por cada mes. Como debo hacer la liquidación?
julio 25th, 2022 a las 9:00 pm
Es mejor que usted misma haga el aseo.
mayo 25th, 2020 a las 3:44 pm
¿Cómo calculo el pago de seguridad social a una empleada de servicio doméstico que trabaj tres veces por semana?
junio 3rd, 2020 a las 6:25 pm
Si yo soy propietario de un establecimiento y soy el único quien trabaja en el mismo, estoy obligado a pagar aportes a salud , pensión y riesgos?
noviembre 29th, 2021 a las 2:14 pm
Pues deberías, si lo ves de este modo estas haciendo un ahorro para tu futuro y ademas te estas cuidando la salud, nadie esta exento de accidentes, así sea el propietario de la empresa.
agosto 25th, 2020 a las 12:32 pm
Buen día, agradezco indicar o aclarar si esta normatividad aplica a cualquier trabajador sin importar las funciones que el trabajo sea por días, o es exclusivo para servicio domestico?
octubre 9th, 2020 a las 4:01 pm
Cordial saludo. Este saludo es para agradecerles los aportes a la empresa colombiana a través de sus publicaciones, que son de gran utilidad.
octubre 21st, 2020 a las 2:12 pm
buenas tardes,
queria agradecer por el contenido que hay en esta pagina me ha servido mucho para mi emprendimientos.
Tengo una pregunta si saben sobre el tema del contrato de obra o labor
estoy empezando una empresa de mantenimiento de cesped y jardin,
este contrato de obra o labor me serviria pa empezar ya que no tengo los suficientes clientes para que mis empleados laboren el mes completo? y otra pregunta en caso de que solo tenga 4 clientes al mes osea 4 dias laborados en el mes como podria hacer para pagar el tema de las prestaciones sociales legales? espero me puedan ayudar y gracias.
octubre 25th, 2021 a las 1:36 pm
Buenas tardes, pudo encontrar solucion para esta pregunta?
diciembre 17th, 2020 a las 10:18 am
Cordial saludo, que responsabilidad se tiene para un trabajador por 5 dias en labores de campo, que estan afiliados a sisben
graicas
diciembre 18th, 2020 a las 5:12 pm
Puedo contratar una empleada doméstica para laborar 8 días al mes siendo beneficiaria de su esposo? El ingreso claramente no le da para afiliarse a Eps y no la aceptan en el Sisben argumentando que su esposo es mayordomo de una finca de recreo, gana el mínimo y viven en la casa asignada por el patrón de la finca de recreo que pertenece a una zona con estrato alto.
De qué manera puedo contratarla para evitar complicaciones legales?
enero 15th, 2021 a las 10:15 pm
Mas claro no puede estar, gracias infinitas, muy buen material.
enero 31st, 2021 a las 5:32 pm
Voy a contratar empleada domestica por 4 dias al mes, es decir uno por semana. Ella es beneficiaria del esposo que es del regimen contributivo. Desde salud esta cubierta. y como figura bajo este criterio no puede ser afilia a sisben ni vinculada Yo pagaria Pension, ARL y caja compensacion
febrero 25th, 2021 a las 4:49 pm
Dice que los trabajadores por Días, no tienen que pagar salud, pero si se quisiera pagar, es posible? y sobre que base? GRACIAS.
mayo 19th, 2021 a las 4:41 pm
Como liquido prestaciones de una empleada domestica que labora 8 dias al mes? gracias
junio 3rd, 2021 a las 10:04 am
como hago para realizar el pago de 20 dias de mes vencido ya que no sigo trabajando y me exigen esta planilla para el pago.
julio 13th, 2021 a las 1:31 pm
MUY BUENASTARDES LA PRESENTE PREGUN COMO AGO
PA
RA SERGUIR Cotizando muchas gracias
octubre 18th, 2021 a las 3:38 pm
si la empleada esta afiliada al Sisbén , pero se quiere cotizar a salud , pierde el derecho del Sisbén?
igual es un riesgo el no cotizar salud ya que en caso de maternidad o una incapacidad el empleador correría con todos los gastos lo que no sucede si se cotiza en salud, por favor me puede responder gracias
octubre 26th, 2021 a las 8:42 pm
Buena noche, una pregunta, una persona que trabaja por prestación de servicio y renuncia al servicio y solo presto el servicio por 10 días, para un total de $1.500.000, la seguridad social la puede pagar por esos 10 días que ha estado vinculada o tiene que pagar sobre el mínimo.
octubre 27th, 2021 a las 1:36 pm
PREGUNTA una persona pensionada con el salario minimo, y que labora por dias como prstador de servicios, es obligación de vincularse a -eps como independiente? con que valor debe cotizar? si gana menos del mínimo? Pregunto porque si se aporta con un mínimo los ingresos serian 2 salarios y las cuotas copago y moderadora se suben ya que la EPS lo ubica en cotizante B y en exámenes costoso de beneficiario son elevadisimos.
octubre 27th, 2021 a las 1:46 pm
Buena tarde. Una pregunta un pensionado con el mínimo, debe afiliarse a eps como independiente si presta servicios a una empresa y si trabaja por días máximo 16 a 17 dias no alcanza a ganar el salario minimo. Y Si debe cotizar como Independiente con que salario. ? Por que de hacerlo con el mínimo sale perjudicado porq la EPS lo ubica en rango B de cotizante y las cuotas moderadora y coopago son elevadas el caso es que un examen que en rango A cuesta 187.000 en el B $1.047.000 por favor me orientan. Gracias
noviembre 2nd, 2021 a las 1:06 pm
Buenas tardes
¿Quisiera saber si una persona con contrato laboral a término indefinido con una empresa y el pago de seguridad social, también puede pagar adicional como independiente para poder realizar unos trabajo extras?
Muchas gracias
diciembre 20th, 2021 a las 4:33 pm
si me hacen un contrato por siete dias estoy obligadaa pagar el mes completo
enero 30th, 2022 a las 9:29 pm
Somos un grupo familiar que contratamos a la misma señora para las labores domésticas, es posible hacer un único contrato dejando explicitas todas las direcciones a en las que trabajaría? en total serían 5 direcciones diferentes. Aclaro que entre todos pagaríamos el salario con todas las prestaciones y demás.
Muchas gracias
enero 31st, 2022 a las 4:29 pm
A un trabajador temporal o que trabaja por días y esta vinculado al redimen contributivo, se le paga la totalidad de la seguridad social?? y que descuento se le hace al empleado por la Seguridad Social?
gracias
febrero 11th, 2022 a las 12:00 pm
hola, si mi contrato de prestación de servicios comienza tres días antes de terminarse el mes. cuanto debo pagar por mi seguridad social?
mil gracias
mayo 12th, 2022 a las 9:05 am
Buenos dias tengo una pregunta, si se trabaja con personas por dias, te estoy hablando de 1 o 2 al mes y los lugares donde se van a prestar el servicio (centros comerciales) exigen que el empleador presente la planilla paga de estas personas, y ellas se encuentran en el regimen subsidiado o son beneficiarios, como les afecta que el empleador pague esa seguridad social por esos dos dias?
junio 5th, 2022 a las 8:14 am
Para un cuidador de adulto mayor que trabaja 5 horas 3 veces por semana debo afiliarlo a salud y pagar mes completo? Yo no soy su único empleador y no trabaja a tiempo completo
junio 14th, 2022 a las 11:42 am
Buenos días, espero alguien me pueda ayudar a salir de una duda, vivo sola en un apartamento pequeño, tengo pensado buscar a una persona que me ayude con el aseo del mismo, normalmente lo hago yo, pero entre el trabajo, el estudio me está quedando poco tiempo y siento que necesito a alguien que me ayude para hacer un aseo más minucioso ocasionalmente, una o dos veces al mes. Tengo una persona conocida que se dedica a esto, y ella es beneficiaria de salud a través del esposo. Mi pregunta es que debería pagarle, en donde, no tengo idea, agradecería cualquier orientación.
junio 21st, 2022 a las 2:51 pm
Buena tarde, una persona que lleva trabajando varios meses en una fabrica como auxiliar de bodega a la cual le pagan por dias. Se le debe liquidar prima?, y de ser asi cual seria la base y la formula. Gracias
agosto 8th, 2022 a las 6:40 pm
Buenas tardes, tengo una señora que trabaja 3 dias para una empresa y otros 2 para la otra empresa, entre las dos empresas acordamos pagarle el salario y queremos afiliarla a las dos empresas ya que ella es regimen contributivo, quisiera saber como puedo afiliarla a salud, pension, caja de compensacion y arl, los porcentajes con los que estara sera del 60% con una empresa y 40 % con la otra devengando un salario de $1.100.000.
Agradezco su respuesta
noviembre 1st, 2022 a las 3:37 pm
Buenas tardes,
Consulta. Una persona trabaja en mi empresa 3 días a la semana y por lo mismo tiene un contrato por día, estableciendo los dias a trabajar y horarios. ¿ Qué pasa con los dias feriados renunciables e irrenunciables? ¿ se pagan? También, consultar en caso falte esta persona por enfermedad, ¿ qué se hace ahi?
Muchas gracias!
diciembre 30th, 2022 a las 10:44 am
cordial saludo.
Una persona que trabaja independiente por 2 horas yo le incluyo en el pago las prestaciones de ley esta bien realizado o como debo hacer lo
febrero 21st, 2023 a las 5:09 pm
Buenas tardes. Cuando una mujer de 60 años quiere trabajar por días cómo empleada domestica, que se debe considerar en el pago?.
mayo 1st, 2023 a las 9:42 pm
Si adquiri una enfermedad por mi trabajo y estoy en régimen contributivo pero por motivos de fuerza la empresa debe cambiar a régimen subsidiado,que pasa si dentro de la misma empresa me pasan a tiempo parcial, puedo perder el proceso con la arl me podrían ayudar con ello gracias mi contacto 3118170815
septiembre 8th, 2023 a las 10:34 am
Una consulta un trabajador que laboro 4 domingos 8 horas se le paga x hora 1200 colones y de ahí trabajo 3 días una semana y otros 3 días la otra semana se le pago x horas y ahora está cobrando por el ministerio de trabajo que se le pagué 2 meses de aguinaldo y de vacaciones como es posible esto una respuesta alias Montaner