Contabilización del impuesto de renta

El impuesto a la renta debe ser reconocido en la contabilidad desde que se genera la obligación de pagarlo, lo que ocurre al finalizar el periodo gravable.

Provisión del impuesto a la renta.

Al finalizar el año, aún no se sabe cuánto es el impuesto de renta que se debe pagar; por lo tanto, es preciso hacer la estimación y provisión respectiva en el pasivo del contribuyente.

La provisión consiste en una estimación del impuesto que se deberá pagar en el respectivo año gravable, considerando que el impuesto de renta se liquida y paga en el siguiente año.

Es posible que, a la hora de pagar el impuesto, el valor provisionado resulte mayor o menor al impuesto definitivo, razón por la cual se deben realizar los ajustes del caso.

¿Cómo se contabiliza el impuesto de renta?

Lo primero que se contabiliza es la provisión del impuesto, que se hace de la siguiente forma:

Cuenta Débito Crédito
540505 10.000.000  
261505   10.000.000

Cuando el impuesto determinado de forma definitiva resulta mayor al impuesto provisionado, la diferencia se lleva al gasto.

Si el impuesto calculado resulta inferior a la provisión, el exceso de lo provisionado se contabiliza como un ingreso [cuenta 425035 - recuperación de provisiones] contra la cuenta del pasivo estimado [261505].

De esta manera se ajusta la provisión, que recordemos es un estimado que luego se confronta con el valor real del impuesto una vez se elabore y presente la declaración de renta.

Reconocimiento del impuesto de renta definitivo.

Una vez calculado el impuesto y realizados los ajustes del impuesto provisionado, se procede a cancelar la cuenta de la provisión por impuesto de renta, y para ello debitamos la cuenta 261505 y acreditamos la cuenta 240405.

Luego de lo anterior, se procede a realizar los cruces correspondientes con las retenciones en la fuente, los anticipos y saldos a favor.

No olvidemos que en el activo tenemos una cuenta de retenciones, otra de anticipos y otra de saldos a favor, cuentas que se deben cruzar con la cuenta 24 del pasivo.

Pues bien, las cuentas del activo correspondientes las cancelamos con un crédito contra un débito a la cuenta 240405, para así determinar el valor neto a pagar o el nuevo saldo a favor, debido a que, si el saldo de la cuenta 2404 nos da negativo o, lo que es lo mismo, nos da un saldo débito, significa que tendremos un nuevo saldo a favor, el cual debemos reclasificar como un activo, lo cual hacemos acreditando la cuenta 2404 y debitando la cuenta 135520.

Ejemplo de contabilización del impuesto a la renta.

Para ilustrar mejor lo expuesto, planteamos el siguiente ejemplo:

Total, impuesto a cargo 1.000.000 (240405) [A]
Anticipo año siguiente 200.000 (135510) [B]
Anticipo año anterior 100.000 (135510) [C]
Retenciones en la fuente 800.000 (135520) [D]
Saldo a favor periodos anteriores 400.000 (135520) [E]

Observemos que tanto al anticipo del año siguiente como al del año anterior le corresponden la misma cuenta (135510); esto es porque en los dos casos es un activo, puesto que en el año pasado se pagó un anticipo y en este año también se pagará por el siguiente año.

Anticipo en el impuesto de renta.Contribuyentes que deben pagar el anticipo del impuesto a la renta y la forma en que se debe calcular o liquidar.

Lo que se debe hacer con la cuenta 135510 es cruzar los dos valores. Se acredita lo pagado el año pasado, puesto que se descuenta este año, y se debita lo que se pagará por el próximo año.

Veamos:

Cuenta Débito Crédito
135510 200.000  
240405   200.000
240405 100.000  
135510   100.000
240405 800.000  
135515   800.000
240405 400.000  
135520   400.000
SUMAS IGUALES 1.500.000 1.500.000

Veamos cuánto nos da el impuesto a pagar:

Total, impuesto a cargo 1.000.000 (240405)
(+) Anticipo año siguiente 200.000 (135510)
(-) Anticipo año anterior 100.000 (135510)
(-) Retenciones en la fuente 800.000 (135520)
(-) Saldo a favor años anteriores 400.000 (135520)
Impuesto a pagar - 100.000

En este caso, el impuesto a pagar es de -100.000, es decir que tenemos un saldo a favor nuevamente.

Como la cuenta 240405 ha quedado con un saldo débito de 100.000, debemos reclasificarla como un activo; para ello, acreditamos la cuenta 240405 por los 100.000 y debitamos la cuenta 135520 por los mismos 100.000 de modo que la cuenta 240405 quede con un saldo de cero.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2022, septiembre 16). Contabilización del impuesto de renta [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/contabilizacion-del-impuesto-de-renta.html

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7 comentarios
  1. Oscar Palomeque diciembre 12 de 2024

    Una consulta, al momento de contabilizar la provisión del impuesto de renta, ¿le descuento las autorretenciones del mes? Esto para no afectar la contabilidad del año siguiente con un ingreso tan alto por reversión de provisiones. ¿Estoy haciendo el proceso equivocado o puedo seguir así?

    Responder a Oscar Palomeque:
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Oscar Palomeque diciembre 12 de 2024

      Considerando que las autorretenciones ya contabilizadas tienen certeza, es viable calcular la provisión del impuesto de renta descontando las autorretenciones y retenciones, pero sin acreditarlas en el activo, puesto que hasta que no se presente la declaración y se imputen las autorretenciones, no se pueden acreditar en el activo.

      Responder a Gerencie.com:
  2. Elizabeth Buriticá Moreno septiembre 6 de 2022

    Buen día. Tengo una duda sobre el tratamiento que se debe dar a la cuenta gasto 540505 (gasto por provisión del impuesto de renta) al finalizar el período anual, ya que para realizar esta provisión ya se cerraron las cuentas de resultado. Gracias.

    Responder a Elizabeth Buriticá Moreno:
  3. NANCY agosto 3 de 2022

    Hola, tengo una duda: así como se descuentan los anticipos de renta de la 135515, ¿se descuentan las retenciones pagadas en el año, es decir, las que están en la 236540? De ser así, ¿cómo se contabilizan estas al momento de descontarlas en el impuesto? Estoy confundida. Mil gracias.

    Responder a NANCY:
  4. Liz mayo 17 de 2022

    Excelente la dinámica de la provisión del impuesto de renta.

    Responder a Liz:
  5. Andrea marzo 24 de 2022

    ¿Cómo se contabilizan los descuentos tributarios (25% por donaciones y 50% de ICA) en la contabilización de la declaración de renta?

    Responder a Andrea:
    • walter en respuesta a Andrea agosto 31 de 2024

      Los descuentos tributarios se contabilizan debitando el impuesto de renta por pagar y acreditando los impuestos de ICA o los que la ley determine que son descuentos tributarios. Recuerde que para el año 2023 el ICA ya no es un descuento tributario; es una deducción al 100 % de lo pagado.

      Responder a walter:

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