Descuento en los comparendos de tránsito

Cuando se impone un comparendo de tránsito el conductor o dueño del vehículo puede optar por un descuento del valor de un 50% o de un 25% realizando el curso pedagógico oportunamente.

Cómo conseguir el descuento en los comparendos de tránsito.

Para conseguir un descuento del valor del comparendo se debe realizar un curso pedagógico sobre normas de tránsito.

El descuento puede ser del 50% o del 25% dependiendo de qué tan rápido hace el curso pedagógico.

La intención de la ley (artículo 136 de la ley 769 de 2002), es incentivar a que el conductor acepte la comisión de la infracción y ofreciéndole un descuento sobre el valor de la multa correspondiente a la infracción o infracciones cometidas.

Plazo para realizar el curso pedagógico.

El plazo para realizar el curso pedagógico que da derecho al descuento del valor de la infracción depende de si es un comparendo impuesto en vía pública o un comparendo electrónico, así:

  • Comparendo impuesto en vía pública.
    • Plazo para obtener el 50% de descuento: Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo.
    • Plazo para obtener el 25% de descuento: Entre los 6 y 20 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo.
  • Comparendo electrónico.
    • Plazo para obtener el 50% de descuento: Dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.
    • Plazo para obtener el 25% de descuento: Entre 12 y 26 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.

En los comparendos electrónicos el plazo para realizar el curso pedagógico inicia a contar desde que se notifica el comparendo, que en todo caso debe ser notificado dentro de los términos legales.

En el caso de los comparendos impuestos en la vía pública, el plazo para hacer el curso pedagógico inicia desde el mismo día, porque el conductor se ha notificado de la imposición del comparendo en el mismo momento que le fue impuesto.

Si se pasa de ese plazo ya no hay descuento ni aunque haga el curso. Deberá pagar el 100% de la multa o impugnar el comparendo.

Dónde hacer el curso pedagógico.

El curso pedagógico debe hacerse en los centros que la autoridad de tránsito haya autorizado, que por lo general están ubicados en la misma ciudad a la que pertenece la autoridad de tránsito que le impuso el comparendo, pero hay ciudades pequeñas y medianas en las que no hay centros autorizados y es preciso acudir a otra ciudad donde la autoridad de tránsito le indique.

Esto supone una limitación porque si el comparendo se impuso en la costa atlántica, por ejemplo, y es notificado cuando ya está en Bogotá, no podrá hacer el curso pedagógico en Bogotá sino en uno que haya autorizado la autoridad de tránsito de la costa, a no ser que se haya habilitado los cursos pedagógicos virtuales.

Requisitos para lograr el descuento en el comparendo.

Para lograr el descuento en el comparendo, sea del 25% o del 50%, es preciso aceptar la comisión de la falta por lo que la multa se hace efectiva y luego se paga con descuento.

Si el infractor, o presunto infractor, no acepta haber cometido la infracción consignada en el comparendo debe impugnar ese comparendo en audiencia pública, y ene se punto ya no es posible obtener ningún descuento.

Si la impugnación del comparendo no prospera, la autoridad de tránsito profiere una resolución sancionatoria en la que impone la multa que debe ser pagada sin descuento alguno, el 100%, y a partir de allí comienzan a causarse intereses moratorios.

En resumen, para obtener el descuento debe aceptar la infracción y realizar el curso pedagógico en los plazos establecidos.

Multas de tránsito que no tienen descuento.

Las multas impuestas por conducir bajo los efectos del alcohol no tienen descuento siendo necesario pagarlas en su totalidad, por lo que la única alternativa es impugnar el comparendo lo que es difícil cuando existe un medio técnico de prueba como es la prueba de alcoholemia.

Pagar el comparendo no elimina la infracción.

El hecho de pagar la multa de tránsito con descuento o sin él no elimina la infracción del historial del conductor. Desaparece la deuda, es decir, el conductor ya no es un deudor, pero sigue siendo un infractor en el historial. La única forma de eliminar la infracción es impugnar el comparendo para que la multa sea revocada.

Esto es relevante porque la acumulación de infracciones de tránsito es una causal de suspensión de la licencia de tránsito. Tener 2 o más infracciones en un término de 6 meses será causal para suspender la licencia de tránsito.

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