Prescripción de multas o comparendos de tránsito

Las multas de tránsito, o comparendos de tránsito,  prescriben a los 3 años de haberse impuesto considerando que esa prescripción se puede interrumpir con la notificación del mandamiento de pago.

Término de prescripción de los comparendos o multas de tránsito.

Las multas o comparendos de tránsito que los infractores no paguen voluntariamente pueden ser cobradas coactivamente por la autoridad de tránsito respectiva, pero ese cobro coactivo debe hacerse dentro de la oportunidad legal dispuesta en el inciso 2 del artículo 159 del código nacional de tránsito o ley 769 de 2002:

«Las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescribirán en tres (3) años contados a partir de la ocurrencia del hecho; la prescripción deberá ser declarada de oficio y se interrumpirá con la notificación del mandamiento de pago. La autoridad de tránsito no podrá iniciar el cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentren configurados los supuestos necesarios para declarar su prescripción.»

Es decir que la autoridad de tránsito o secretaría de movilidad del sitio donde ocurrió la infracción cuenta con 3 años para hacer el cobro de las multas o comparendos de tránsito lo que significa que el mandamiento de pago debe notificarse antes de que transcurran los 3 años.

Interrupción del término de prescripción de las multas de tránsito.

El término de tres años para que prescriba la acción de cobro coactivo de las multas o comparendos de tránsito se interrumpe cuando se notifica el mandamiento de pago según se advierte en el artículo 159 de la ley 769 de 2002.

Esto significa que los 3 años de prescripción inician a contar de nuevo, desde cero, siempre que el mandamiento de pago se notifique antes de que haya prescrito la multa o comparendo.

Supongamos un comparendo que se expidió el 15 de enero de 2020. La acción de cobro prescribe el 15 de enero de 2023.

Supongamos que el mandamiento de pago se notificó el 20 de julio de 2012. En tal caso los 3 años de prescripción inician a correr el 21 de julio de 2022 de modo que el cobro del comparendo prescribe el 21 de julio de 2025. Si a esa fecha no se hace efectivo el cobro, la acción de cobro prescribe definitivamente así este en proceso el cobro coactivo, pues la totalidad del trámite se debe realizar antes de que prescriba la acción.

Notificación del mandamiento de pago de las multas de tránsito.

Vimos que el mandamiento de pago interrumpe la prescripción al ser notificado, y esa notificación debe hacerse antes de que prescriba la multa o el comparendo, por lo tanto, la notificación es relevante en esta parte del proceso de cobro administrativo.

Mandamiento de pago por deudas de impuestos.Procedimiento que debe seguir un contribuyente cuando la Dian libra mandamiento de pago cobrándole impuestos, intereses y sanciones.

El mandamiento de pago se notificará con forme lo establece el artículo 826 del estatuto tributario, esto es, dentro de los 10 días siguientes:

«… Este mandamiento se notificará personalmente al deudor, previa citación para que comparezca en un término de diez (10) días. Si vencido el término no comparece, el mandamiento ejecutivo se notificará por correo. En la misma forma se notificará el mandamiento ejecutivo a los herederos del deudor y a los deudores solidarios.»

La notificación en primer lugar debe hacerse personalmente, y para ello la autoridad de tránsito debe notificar al infractor para que se presente personalmente para ser notificado.

Si el infractor no puede ser notificado personalmente porque no se presenta o no se le puede contactar, procede la notificación por correo.

Modelo de petición para solicitar la prescripción de multas de transito.Modelo o formato para solicitar que se declara la prescripción de multas o comparendos de tránsito.

Aplicación de las normas del estatuto tributario en la prescripción de las multas de tránsito.

La prescripción de las multas de tránsito (prescripción de la acción de cobro coactivo)  tiene una regulación especial en ley 769 del 2002, por tanto, se aplica la norma especial antes que el estatuto tributario.

Esta aclaración se hace en vista a que algunas autoridades de tránsito han pretendido aplicar el estatuto tributario para gobernar la prescripción de las infracciones de tránsito, y esa práctica desembocó en la sentencia de tutela 03248- del 11 de febrero de 2016 del Consejo de estado sección primera, que en uno de sus apartes afirma:

«El cobro de las multas de tránsito corresponde, de conformidad con el artículo 159 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 26 de la Ley 1383 de 2010 y por el artículo 206 del Decreto Ley 019 de 2012, “estará a cargo de las autoridades de tránsito de la jurisdicción donde se cometió el hecho, quienes estarán investidas de jurisdicción coactiva para el cobro, cuando ello fuere necesario”.

Por su parte, en relación con la prescripción de las sanciones impuestas por infracciones de las normas de tránsito, según la norma referida, éstas lo harán “en tres (3) años contados a partir de la ocurrencia del hecho; la prescripción deberá ser declarada de oficio y se interrumpirá con la notificación del mandamiento de pago. La autoridad de tránsito no podrá iniciar el cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentren configurados los supuestos necesarios para declarar su prescripción”.»

Luego señala más adelante:

«En ese orden de ideas, debido a que no existe incompatibilidad ni incongruencia en las normas referidas, se deberá entender que las autoridades de tránsito, en ejercicio de sus actividades de cobro coactivo de las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito, deberán aplicar, en lo no contenido en el Código de Tránsito Terrestre, el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario.

En tal virtud, la aplicación del Estatuto Tributario al procedimiento de cobro coactivo de las multas de tránsito se aplica no por la calidad o características de los dineros públicos a recaudar, toda vez que, como bien lo afirma el actor, éstas no se consideran de carácter tributario; sino por el hecho de que son dineros públicos que deben ser recaudados por autoridades investidas con facultades de cobro coactivo.

Así, para armonizar las dos disposiciones, deberá considerarse que primará el contenido de la norma especial, pero en lo no contenido en ella deberá acogerse lo establecido en el Estatuto Tributario.»

La jurisprudencia es clara al decir que habiendo una norma especial que regula el término de prescripción, se aplica esa norma especial, norma que fija la prescripción en 3 años, pero en los aspectos no regulados por la norma especial se aplica el estatuto tributario nacional.

¿Qué es lo que regula el estatuto tributario que no regula el código de tránsito respecto a la prescripción de las multas o comparendos?

Regula aspectos como la notificación del mandamiento de pago, las excepciones contra dicho mandamiento, y la fecha o momento en que se inicia a contar de nuevo el término de prescripción, pues la ley 769 no lo consideró estos aspectos.

En el caso de la interrupción de la prescripción, el inciso segundo del artículo 818 dice:

«Interrumpida la prescripción en la forma aquí prevista, el término empezará a correr de nuevo desde el día siguiente a la notificación del mandamiento de pago…»

Es decir que los tres años de prescripción inician a contar de nuevo desde el día siguiente a la fecha en que se notifica el mandamiento de pago.

Los otros aspectos relacionados con el mandamiento de pago se tratan a continuación.

Qué hacer si nos cobran un comparendo de tránsito ya prescrito.

En primer lugar, la ley 769 en su artículo 159 prohíbe a la autoridad de tránsito cobrar un comparendo ya prescrito.

En efecto señala la norma en la parte que nos interesa:

«La autoridad de tránsito no podrá iniciar el cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentren configurados los supuestos necesarios para declarar su prescripción.»

La ley le está diciendo claramente a la autoridad de tránsito que no puede cobrar una deuda prescrita, pero si aun así lo hace, el infractor puede interponer la excepción respectiva contra el mandamiento de pago.

El artículo 831 del estatuto tributario en su numeral 6 contempla la prescripción de la acción de cobro como una excepción contra el mandamiento de pago, y de encontrarse probada el funcionario debe darle trámite y archivar el proceso de cobro.

Si la autoridad de tránsito se negara a reconocer la prescripción y siguiera adelante con la ejecución del mandamiento de pago, el infractor podrá recurrir a la justicia administrativa mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho como lo señala la sección cuarta del Consejo de estado en sentencia 23899 del 8 de octubre de 2018 con ponencia del magistrado Milton Chávez:

«Para el despacho, los actos demandados son de carácter particular, lo que pretende el actor es un restablecimiento económico particular que consiste en el no cobro de las multas impuestas, razón por la que la demanda se debe tramitar por el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, según lo establece el artículo 138 de la Ley 1437 de 2011.

No procede tramitar el asunto por el medio de control de nulidad, porque se observa que el demandante persigue un restablecimiento automático del derecho (Parágrafo art. 137 del CPACA) y aunque no individualizó en la demanda los actos administrativos cuya nulidad pretende, solicita se anule el proceso de cobro adelantado en su contra por comparendos expedidos por infracciones de tránsito, pretensión que genera un restablecimiento particular y concreto.»

La demanda de nulidad y establecimiento del derecho debe interponerse en el lugar donde se impuso la infracción.

Acción de nulidad y restablecimiento del derecho.Esta acción es el mecanismo que la ley ofrece al ciudadano para defenderse de las autoridades administrativas.

Es importante diferenciar entre la acción de nulidad sola, simple, y la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, y esta segunda es la acción procedente para el caso que nos ocupa.

Por último, la prescripción puede ser declarada de oficio o ser solicitada por el infractor una vez transcurra el tiempo de prescripción.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter

Déjenos su opinión

157 Opiniones
  1. Cesar Arango Dice:

    hola tengo una inquietud yo pague unos comparendos hace unos dias pero me acabo de dar cuenta que la mitad estaba vencido sera que hay forma de recuperar esa parte de mi dinero

    Responder
    • Edgar Figueroa Dice:

      Si elabore un Derecho de Petición solicitando esos dineros.

      Responder
      • ABOGADOS ASESORES Dice:

        Cordial saludo edgar , te comento que no es posible ya que al realizar el pago de la infraccion se esta reconociendo la culpa, asi que no es posible de que te reembolcen el dinero, si para un futuro tienes dudas puedes comunicarte al whatsap 3006410095

        Responder
      • Lina Dice:

        Me estan llegando correos de la secretaria de movilidad de Medellin cobrando unas fotomultas del 2013 para que pague con admistia. Eso todavia lo pueden cobrar y embargarme una cuenta?

        Responder
        • Jean silva Dice:

          Llamame al 3132066695 yo las elimino

        • Jean silva Dice:

          Llamame al 3132066595

  2. Jefferson Jaimes Dice:

    Buenos dias, tengo un comparendo que me fue puesto por alcoholemia en el año 2018, ya esta en cobro coactivo, si espero los 5 años podria preescribir entonces mi deuda? o tengo que esperar mas tiempo?

    Responder
    • Willy Dice:

      Debería pagar por irresponsable

      Responder
    • ABOGADOS ASESORES Dice:

      en el caso de infracciones por alcoholemia la prescripcion funciona de la misma manera, asi que debes contar tres años para el acto administrativo que declare el cobro y tres años mas a partir de la notificación del cobro coactivo, para mayo informacion se puede comunicar al whatsap 3006410095

      Responder
      • Laura mendez Dice:

        Buenas tardes Yo tengo unos comparendos del 2013 y 2018 estan en cobro-coactivo quiero saber que puedo hacer con estos comparendos?

        Responder
        • ALEJO PLATA Dice:

          Se debe pasar un derecho de petición para que los bajen del sistema, mas info al 3022232588

      • Cartagena zabala Dice:

        Buenas dias yo tengo dos comparendos desde el 2018 uno por llantas c 35 que no debia de existir y otro por chaleco, que podria hacer en ese caso para que me los borren muchas gracias

        Responder
    • Sandra Dice:

      3214598251 escribe me y te asesoro

      Responder
  3. Walter marin Dice:

    Buenas noches.
    Tengo una multa por valor de 22 millones de pesos imposibles de pagar para mi. Por alcoholemia grado 3. Fue un error de mi parte. Pero la multa fue suprema ente drástica

    Fue realizada en el año 2015 nunca fui notificado de esto solo me apareció en el simit.
    Pero todavía aparece como cobro coactivo.

    Esta multa ya preescribi podría solicitar que se baje del sistema.

    Muchad gracias por su colaboración.

    Responder
    • Asesorías Juridicas Dice:

      Comunicate con nosotros al 3146778936, podemos ayudarlo.

      Responder
    • Willy Dice:

      Debería pagar por irresponsable

      Responder
    • ABOGADOS ASESORES Dice:

      se puede solicitar la prescripcion de la infraccion o del mandamiento de pago se puede comunicar al whatsap 3006410095

      Responder
  4. Fabio Dice:

    Buenas noches tengo un comparendo por alcoholemia grado 1, ya pasaron 3 años ya me quitaron en las bases de datos la licencia en suspensión y retención, quiero pagar eso pero no me hacen descuento, en cuanto a los intereses

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Comunícate con nosotros para ayudarte. Cel 3156714154

      Responder
  5. Rigo Dice:

    Me suspendieron la licencia por tres años y no e podido pagar la multa que ya está en la mitad del valor impuesta con intereses hace 8 meces se cumplió la suspención mi multa prescribe?gracias por su respuesta

    Responder
  6. Julián G Dice:

    Buena tarde,

    Quisiera saber si alguno de ustedes sabe a quien debo dirigir el recurso en el caso de que se trate de un comparendo del año 2010 impuesto en Mosquera, Cundinamarca.

    Gracias.

    Responder
    • Asesorías Juridicas Dice:

      Buen dia, se dirige a la secretaria de movilidad del municipio en el cual fueron los hechos que dieron surgimiento al comparendo.

      Responder
      • ADRIAN Dice:

        hola buenas tardes, tengo un comparendo H02, de hace tres años, en el sisteme de simit aun me aparece en “pendiente por curso” valor a pagar “0 pesos” que debo hacer en ese caso? ya preescribio? que puedo hacer muchas gracias.. mi correo es [email protected]

        Responder
  7. edwin Dice:

    Buenas tardes,

    Solicite la prescripción de dos comparendos en una ciudad y la respuesta fue positiva, los comparendos fueron eliminados pero en otra ciudad la respuesta fue negativa segun lo observo no mencionaron el artículo 159 de la ley 769 en su respuesta,ahora me toca poner un recurso de repocisión pero no tengo ningún modelo, alguien me puede colaborar antes de que se cumpla la fecha?

    Responder
  8. edwin Dice:

    Alguien me colabora con un modelo para recurso de repocisión ya que la respuesta es negativa, dicen que son 5 años.

    Responder
  9. Robert Escobar Dice:

    Buen dia tengo una consulta… hice un acuerdo de pago de una multa hace 4 años pero solo di la cuota inicial la fecha de notificacion exacta es noviembre 11 del 2015…esa multa prescribe???

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Comunícate con nosotros para ayudarte: Cel 3156714154

      Responder
  10. amalia Dice:

    Buenas , tengo una pregunta si me hicieron un comparendo pero me dice que esta en estado pendiente de pago , pero luego dice estado administrativo cobro en firme hay que ley me acoge para hacer la prescripción de esta multa año 2012

    Responder
    • ABOGADOS ASESORES Dice:

      aplica la figura de la prescripcion, hay que solicitarla pero hay que seberlo hacer con buenos argumentos de ley se puede comunicar al whatsapp 3006410095

      Responder
  11. jhon mao Dice:

    buenas tardes, en mi caso en el año 2014 me multaron por alcolemia y me suspendieron la licencia por 1 año, ya cumpli el año de suspencion y en el simit me borraron la restriccion, ya para este año 2019 mi pase se vencio y la multa ya en el cielo, de acuerdo a lo leido en este foro ya me falta poco para que prescriba mi obligacion. mi pregunta es si en este caso por ser de alcolemia no prescribe.?

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Comunícate con nosotros para ayudarte: Cel 3156714154

      Responder
  12. JAIR VILLA Dice:

    Buen día, me aparecen unos comparendos a mi nombre de 2011, dos en bogota uno en choconta y otro en villavicencio, pero primero nunca he manejado vehiculo alguno, segundo no conozco ni villavicencio ni choconta y tercero desconozco los vehiculos en los cuales fueron realizados esos comparendo, coloque un denuncio ante fiscalia por suplantacion de identidad, sin embargo los dueños de los vehículos nunca se presentaron a indagatoria ni resolvieron quien firmo con mi nombre y numero de cédula los comparendos… lo unico a favor es que la prueba de caligrafía y huellas no coinciden con el registro en comparendos y registro en el simit. sin embargo secretaria de movilidad no ha borrado los registros de la deuda. que me recomiendan hacer, cual seria el paso a seguir? me enviaron este mes mensaje a mi numero de celular indicando que debia acercarme para acogerme a 70% de descuento en el interes de la deuda pero ni tengo ni quiero pagar algo que no es mio. que debo hacer? (tampoco tengo dinero para pagar un abogado)

    Responder
    • ABOGADOS ASESORES Dice:

      el equipo de abogados asesores te puede brindarla pronta solución a su problema realizando el tramite de exoneración de pago de multas ya sea por prescripción, caducidad o indebida notificación se puede comunicar al WhatsApp 3006410095

      Responder
  13. JAIR VILLA Dice:

    buen dia, hace algun tiempo me acerque al simit para inscribirme al runt, me dicen que ya aparecia inscrito y que tenia unos comparendos en el 2011, 2 en Bogota, uno en choconta y uno en villavicencio (no conozco ni choconta ni villavicencio). coloque un denuncio en la fiscalia por suplantacion de la identidad y los dueños de los carros no fueron a indagatoria. lo positivo fue que me hicieron prueba de caligrafia y huellas y no coinciden con las firmas de comparendos ni la huella es la inscrita en el runt. pero secretaria me sigue cargando los comparendos a mi nombre y esta amenazando por mensajes de texto a mi celular con embargos. que debo hacer, no tengo ni para pagar un abogado. que debo hacer ahora.

    Responder
  14. Luz Marina Dice:

    Tenía un carro hasta el año 1999. Me lo robaron y coloqué mal el denuncio. Lo que interesa ahora es que tuve que pagar por 21 años los impuestos municipales y departamentales y algunos comparendos en Circulación y Transito. Lo peor es que el carro sigue a nombre mio y ya no existe el
    “nombre indeterminado”. Qué debo hacer en un caso de esos?.

    Responder
    • Jonas Dice:

      Hola Luz Marina, tenía el mismo problema, lo que debes hacer es dirigir un derecho de petición donde prescriban los impuestos del año 2014 hacia atrás, lo llevas a secretaría de hacienda de la ciudad que corresponde. Esperas respuesta para que solo debas pagar los años que no prescriben (2014 a 2019) así pagas con descuento (reducción del 80%) luego de pagar debes realizar el traspaso a persona indeterminada, no debes tener comparendos o pagos pendientes en caso tal revisar si prescriben y es así realizar otro derecho de petición al organismo de transito encargado. en este momento volvieron habilitar el traspaso a persona indeterminada. Con eso te sales de tu problema. yo lo resolví así.

      saludos!

      Responder
      • Zayda R. Dice:

        Hola Jonás una pregunta, en mi caso es al contrario, compré un vehículo y el “amigo” que me vendió el carro dijo que en unos días hacíamos en traspaso a mi nombre, pero no me volvió a hablar y la matricula tiene como propietario : persona indeterminada, eso ya hace un año y nada que he podido poner el carro a mi nombre,… sabes de casualidad en ese caso que puedo hacer? — Te agradezco

        Responder
      • Zayda R. Dice:

        Si pudieras responder a mi correo te lo agradecería mucho.

        [email protected]

        Responder
  15. Fredy Gomez Dice:

    Buenas Noches,

    Reciban un cordial saludo.

    Mi Situación es la siguiente:

    El 29 de agosto de 2015, me hicieron un comparando por alcoholemia grado 3, y por consiguiente me quitaron la licencia por 10 años. Fue un castigo bien merecido por manejar en esas condiciones. Acepto que me hayan quitado la licencia, pero el castigo monetario me parece demasiado y nunca voy a poder pagar esa cantidad. Para terminar mi caso; en este momento me aparece en el SIMIT cobro coactivo, pero nunca se me notifico por ninguna vía. La fecha en la cual aparece la resolución es el 27 de octubre de 2016. Según lo que entiendo este comparando prescribe el 27 de octubre del año actual. Por favor solicito esta información al respecto.

    Muchas Gracias.

    Responder
    • Daniel Dice:

      No exactamente, si no se lo notificaron personalmente, se lo pudieron notificar por aviso, y si se inicio el cobro coactivo se inicia de nuevo el tiempo de prescripción de tres 3 años. Cada caso hay que revisarlo con lupa.

      Saludos.

      Responder
      • javier Dice:

        Tengo este mismo comparendo que esta en cobro coactivo la resolución numero 37620-2016 fecha de resolución 19/08/2016 cuando preescribe ese comparendo no entiendo mucho de esto yo me presente una semana después del comparendo al transito alguien puede ayudarme que debo hacer o como averiguar. gracias

        Responder
  16. Cristian Dice:

    Gerencie.com, Son los mejores, gracias

    Responder
  17. Alicia Dice:

    Saludos,
    como puedo validar si tengo cobro coactivo? Es que uno siempre pide que lo bajen por prescripcion y se inventan que tiene cobro coactivo, obvio si reclamo esa respuesta es como si me diera por notificada del mismo asi en la plataforma no salga nada de eso. Asi que pierdo si si y si no.

    Responder
    • Daniel Dice:

      Hola, tiene que solicitar toda la carpeta completa de tu proceso, orden de comparendo, resolución, guía de notificación, si hay proceso coactivo, mandamiento de pago entre otros, se tendrá que analizar para sustentar muy bien la petición de prescripción, si se niega, se tendrá que recurrir a la jurisdicción para que un juez a través de una demanda de nulidad y restablecimiento de derecho retira la multa del sistema y pare el cobro.

      saludos!

      Responder
  18. Tomas Vergara Dice:

    buenas

    tengo dos multas en la ciudad de barranquilla, una por usar el celular, y otra por la tecnomecanica, una es del 2016 y otra del 2017, ambas dicen RESOLUCIÓN MOROSA – COBRO COACTIVO…

    hay algo que se pueda hacer para bajar esas multas ya tienen 3 años de antiguedad.

    Responder
  19. Jonas Dice:

    Hola espero se encuentren muy bien

    Tengo algunos comparendos con fecha de Junio año 2013 y notificación 10 de agosto de 2016, por lo que a la fecha ya cumple con los requisitos para prescripción porque ya pasaron otros 3 años después de la interrupción de demanda (según este articulo). El caso es que como ciudadano presenté mi derecho de petición argumentando las sentencias que declaran que el termino inicia nuevamente en tres (3) años y no cinco (5) pero la petición fue negada por que según la secretaría de transito de medellin deben ser cinco (5) años y no tres (3). En este caso la redacción de gerencie.com es correcta? si es así debo poner una tutela?

    mil gracias y felicitaciones por la pagina, es demasiado útil para muchas personas.

    Responder
    • Alex Dice:

      El artículo 159 de la Ley 769 de 2002 “Código Nacional de Tránsito Terrestre”, establece que el término de la prescripción de las sanciones que se imponen por violación a las normas de tránsito es de 3 años, contados a partir de la fecha de ocurrencia de los hechos, término que se interrumpe con la presentación de la demanda (expedición del mandamiento de pago).

      Con la modificación introducida el 10 de enero del año 2012, mediante el Decreto Nacional de 019 de 2012, la prescripción se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago, antes se interrumpía con su simple expedición.

      Una vez notificado, el término de prescripción se reanudará por 5 años, tal y como lo establece el artículo 818 del Estatuto Tributario.

      A continuación, se ilustra la prescripcióncomu para las multas por comparendos, teniendo en cuenta para ello, la fecha de imposición.

      Fecha de imposición de comparendo

      Término para iniciar proceso de cobro coactivo

      Término para notificar demanda

      Término para culminar proceso de cobro coactivo

      Comparendos impuestos antes del 10 de enero de 2012

      3 años para presentar la demanda

      5 años

      5 años

      Comparendos impuestos con posterioridad al 10 de enero de 2012

      3 años para emitir y notificar la demanda

      No aplica

      mandamiento de pago emitido y notificado en el término de los 3 años

      5 años

      Responder
      • CAROLINA CAS. Dice:

        disculpe la pregunta cuándo usted pone en comparendos con posterioridad al 10 de enero de 2012 dice:
        3 años para emitir y notificar demanda. luego dice
        NO APLICA, eso a qué hace referencia no entiendo?

        Responder
      • VICTOR INFANTE Dice:

        El articulo 818 del estatuto tributario

        Responder
      • Ruben Dice:

        Buenas alguien puede enviarme el modelo del derecho de peticion
        Se lo agradezco

        Responder
  20. cristian taborda Dice:

    buenos dias. tengo una gran inquietud,lo que pasa es que un agente de transito me hizo todos lo comparendos que pudo,ya que el dia que me paro no tenia los documentos,le exigi los 45 minutos y cuando volvi no estaba y hay fue donde me puso los comparendos ya el otro año pasan los 3 años,que podria hacer en ese caso? y tengo una multa que ya pasaron los 3 años y dice cobro coactivo,me podrian ayudar con una asesoria por favor.
    dejo mi email,gracias y feliz dia
    [email protected]

    Responder
    • jhonfer Dice:

      Buenos dias,

      Reciban un cordial saludo.

      Mi Situación es la siguiente:

      El 31 de Diciembre de 2015, me hicieron un comparando por alcoholemia grado 3, y por consiguiente me quitaron la licencia por 10 años. Fue un castigo bien merecido por manejar en esas condiciones. Acepto que me hayan quitado la licencia, pero el castigo monetario me parece demasiado y nunca voy a poder pagar esa cantidad. Para terminar mi caso; en este momento me aparece en el SIMIT cobro coactivo, pero nunca se me notifico por ninguna vía. La fecha en la cual aparece la resolución es el 30 de Diciembre de 2016. Según lo que entiendo este comparando prescribe si no le notifican a los 3 años, eso me dejo mas aburrido ya va como en 80

      Responder
  21. Alexander Dice:

    Buenas tardes, me realizaron un comparendo por embriaguez en el año 2014 pero nunca me realizaron ningún tipo de cobro, me di cuenta que el comparendo se lo realizaron a un numero de cédula diferente, acabo de cumplir con tiempo de suspensión del pase, estoy realizando el proceso de la entrega de la licencia, pero mi pregunta es si ese comparendo prescribe, y si me pueden poner algun problema a la hora de realizar el tramite para la devolucion de la licencia, y que debo hacer para que me la devuelvan?, muchas gracias por su ayuda.

    Responder
    • p.m Dice:

      si, solicite por derecho de peticion el error en el comparendo (cedula)

      Responder
  22. SORANY Dice:

    Buenos días,

    Mi situación es la siguiente,

    Mi padre le hicieron un comparendo en febrero 2015, el fallece en septiembre de 2015, nosotros sus familiares hicimos una petición de que fueran borrados todos sus comparendos ya que el había fallecido, esto se hizo en el transito de medellin, ellos nos dieron un radicado y nos dijeron que ya con eso terminábamos el proceso, hace pocos días, mas o menos una semana, nos llega una carta de secretaria de movilidad diciéndonos que existe un cobro coactivo de este. Nosotros empezamos a diligenciar el proceso y nos solicitan respuesta del radica, nos dirigimos a la oficina de movilidad de medellin y nos dicen que esta petición fue denegada, nosotros no teníamos conocimiento de esta respuesta, nos dicen que hagamos un derecho de prescripción o que esperemos a que este se venza.

    según lo que entendí en este texto, es que ese comparendo ya prescribió por que van cuatro años de haberlo hecho.

    cabe anotar que el cobro llega a nombre de mi padre.

    me ayudas por favor y gracias.

    Responder
    • p.m Dice:

      si, prescripcion

      Responder
    • CAROLINA CAS. Dice:

      Algo similar me pasa, entonces las multas prescriben a los 3 años, pero si hacen cobro coactivo en este lapso de tiempo esta interrumpe el término, qué se puede alegar, el hecho de no haber sido notificado, hay resolución? sin embargo a partir de la fecha del cobro coactivo cuentas 5 años para poder solicitar la prescripción.

      Responder
    • CAROLINA CAS. Dice:

      que pena ya leí, mira para hacerlo más fácil, todas las multas así tengan cobro coactivo se deben eliminar a los 6 años, el articulo 159 del Código Nacional de tránsito dice que prescriben a los 3 años, si hay cobro coactivo a partir de allí se cuentan otros 3 años, para un total de 6 años, tal como lo dice el articulo 818 del Estatuto tributario y creo que hay jurisprudencia que también lo confirma. entonces si fue en febrero de 2015, prescribe en febrero de 2021.

      Responder
  23. WILLIAM Dice:

    Buenas tardes, tengo una duda, si tengo un comparendo con fecha 12/04/17 porque mi fecha de resolución es 23/03/19, no se supone que la fecha de resolución tiene que ser 6 meses después de la fecha del comparendo? quien me ayuda…

    Responder
  24. Juan Pablo Dice:

    Hola, tengo una duda, si hay una norma especial sobre el término de prescripcion de la acción de cobro y de su interrupción (tránsito) , porque el término de la prescripción se renueva por 5 años al tenor del estatuto tributario.

    Pedí la prescripción de unos comparendos del 2013 por derecho de petición, me respondieron que me libraron mandamiento de pago en 2014 y me fue notificado el 2015, ahora que el termino se renovó desde la notificación por 5 años.

    Responder
  25. Pedro García Dice:

    Buenos días tengo una duda me impusieron un comparendo el 18 de octubre de 2014 embriaguez grado 2 la resolución de audiencia es del 24de octubre 2014 No me han notificado mandamiento de pago pero en el sistema aparece anotación acuerdo de pago se puede
    solicitar la prescripción

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Hola Pedro, comunícate con nosotros para ayudarte: Cel 3156714154

      Responder
  26. Ubaldo Dice:

    Buen día.

    Me podrían indicar si éste comparendo que se encuentra en cobro coactivo ya prescribió?. No he recibido notificaciones por ningún medio.

    Fecha Comparendo: 28/02/2015
    Resolución: CS257160
    Fecha Resolución: 27/08/2015

    Quedo atento a sus respuestas.

    Responder
  27. alba o Dice:

    hola me hicieron un comparendo el descaro de mandarmelo a mi casa el cobro donde yo ni siquiera tengo vehiculo es mas ni casa tengo vivo arrendada con mi esposo y mi hijo no entiendo estoy muy furiosa por eso eso fue que tomaron mis datos para quien sabe tramuyo y lo peor del caso estoy en embarazo y me vi muy mal y no me puedo quejar con ello por que debo guardar reposo porque peligra mi bebe me va a tocar ir o exite algun modo de contacto para llamar no se vale

    Responder
  28. fabio Dice:

    tengan ustedes buen dia mi pregunta es la siguente:por medio de correo electronico me contesta el secretario de movilidad que fue aprobada la prescripcion para uno de mis comparendos pero que debo dirijirme a esa ciudad para poderlos hacer efectivos y bajarlos del sistema queb debo hacer?

    Responder
  29. oszar Dice:

    buen dia tengo una fotomult por transitar en el carril que viene en contravia no lo pague tiene 2 años puede prescribir en cuanto tiempo

    Responder
  30. Yolanda barrientos Dice:

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: cuento con dos comparendos de fecha 15 de agosto de 2015, productos de un accidente en una moto, actualmente no conozco los conceptos de los comparendos así como el croquis del mismo, nunca fui notificada por la oficina de transito. con extrañeza encuentro que me generaron cobro coactivo mediante resolución la cual también desconozco con fecha 25 de febrero de 2017. mi pregunta es la siguiente puedo solicitar la prescripción de los mismo mediante derecho de petición, dado que los comparendos ya tienen mas de 4 años o puedo alegar la caducidad de los mismos.

    Agradezco su colaboración al respecto.

    Responder
    • Andres Dice:

      Tendría que esperar hasta el 25 de febrero del 2020, dado que con dicha resolución se interrumpe los tres años requeridos para solicitar la prescripción y estos empezarían de nuevo a correr a partir de la fecha del mandamiento de pago.

      Responder
  31. pablo Dice:

    que puedo hacer si pague un comparendo que ya habia prescrito para poder renovar mi licencia como hago para solicitar el reembolso del mismo

    Responder
    • Manuel Dice:

      Debido a lo contemplado en la ley, las sumas de dinero pagadas por concepto de obligaciones prescritas no se pueden solicitar en devolución.

      Responder
  32. david Dice:

    Buenas tardes,

    Reciba un cordial saludo, mi inquietud es la siguiente y espero puedan asesorarme.

    Tengo unos comparendos en cobro coactivo de fecha septiembre 30 y 13 del 2010, hice el respectivo Derecho de Petición pidiendo el descargue de estos presumiendo y según lo que tengo entendido, cumplieron su fecha de prescripción, más sin embargo, en las oficinas del Tránsito Municipal me niegan el derecho. E

    Responder
  33. david Dice:

    Buenas tardes,

    Reciba un cordial saludo, mi inquietud es la siguiente y espero puedan asesorarme.

    Tengo unos comparendos en cobro coactivo de fecha septiembre 30 y 13 del 2010, hice el respectivo Derecho de Petición pidiendo el descargue de estos presumiendo y según lo que tengo entendido, cumplieron su fecha de prescripción, más sin embargo, en las oficinas del Tránsito Municipal y a tavés de su respuesta; me niegan el derecho. Aduciendo que debido a la resolución que tuvo la ley invocada por mi persona, estos no cumplieron el tiempo. Creo que quizás el error estuvo en que no utilicé el artículo que debo usar para pedir el respectivo descargue, pues, a mi modo de ver ya esos comparendos cumplieron su tiempo de prescripción aún con la resolución.
    Le pido amablemente me oriente al respecto y me ayude a realizar nuevamente el Derecho de Petición dándome las herramientas legales para que esta vez surja efecto.

    Me despido de manera cordial y esperando una respuesta. Muchas gracias de antemano.

    David.

    Responder
    • Sandra Dice:

      3214598251 escríbame y le asesoro

      Responder
  34. wilmer martinez Dice:

    tengo dos comparendos desde hace ya ocho años quisiera saber si ya caducaron y que tengo que hacer para que me los borren del sistema y el por que son de la misma fecha si cuando a uno le hacen un parte solo es por una causa gracias o que documentos tengo que llevar para el mismo efecto.

    Responder
  35. Mato Dice:

    Expongo mi caso: El día de ayer me llega un mje de texto indicándome que tengo una foto multa. Revisando el SIMIT efectivamente me registra una en cobro coactivo desde al año 2015. Me gustaría saber si esto tiene alguna solución ya que no estaba enterado de la misma y ya es mas alto el costo de intereses que de la misma fotomulta. Ademas el cobro coactivo esta desde el 2015 para el 2020 estaría en 5 años.

    Responder
  36. ANDRES Dice:

    Buenos días,

    Solicito su orientación respecto a lo siguiente:
    En el Simit aparezco con tres multas: una del 06 de marzo del 2012 por conducir sin licencia. otra del 19 de enero de 2014 por conducir en estado de embriaguez y otra de la misma fecha por conducir sin licencia.
    Las dos multas por conducir sin licencia se encuentran en cobro coactivo y la multa por conducir en estado de embriaguez se encuentra pendiente de pago.
    En este caso ya han pasado 7 años 22 meses y 6 años desde el tiempo en que se generaron los comparendos. Aqui esto ya prescribio. Actualmente necesito tramitar mi licencia que debo hacer para realizar el tramite de mi licencia?.
    Que hago para borrar dichos comparendos?
    Agradezco la orientacion que me puedan dar.
    Buen dia!

    Responder
  37. Gerardo Dice:

    Hola buenos días a todos
    Me gustaría su opinión sobre el siguiente caso
    Tengo un par de comparendos del 2006 y 2007, aparecen con cobro coactivo nunca se me notificó el mandamiento de pago. Revisando aparece publicado el mandamiento de pago en la página web de tránsito Barranquilla pero la última notificación del mandamiento de pago aparece en 2011 por lo que entiendo que ya han pasado 3 años más y tendrían que haber prescrito los comparendos

    Responder
  38. Andrez Dice:

    Buen dia,

    Primero les quiero agradecer por existir, es muy buena la labor que realizan.

    Tengo una consulta

    Fecha de imposición de comparendo 12/10/2014

    inicio de proceso de cobro coactivo 10/02/2017 con embargo de cuentas

    Esta multa de alcoholemia aplica para prescripcion?

    Agradezco su respuesta

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Comunícate con nosotros para ayudarte: Cel 3156714154

      Responder
  39. paula giraldo Dice:

    buenas tardes quisera que me dieran informacion sobre el siguiente caso, resulta que tengo una fotomulta del 19 de junio de 2019 en el transito de itagui y al dia de hoy ni ha sido notificada, ni aparece en el simit, en el estado de cuenta que me dieron aparece en estado pendiente de fallo. ya ha pasado mas de 7 meses, puedo solicitar la prescripcion o cuanto tiempo tienen ellos para notificarme. muchas gracias

    Responder
    • Sara Rojas Dice:

      Cordial saludo, escríbeme un correo con tus datos personales para recibir asesoría en tu caso.

      Responder
  40. Santiago Dice:

    Buenas tardes
    En caso de que la secretaria de transito no responda el derecho de peticion, que debo hacer?

    Gracias

    Responder
    • Sara Rojas Dice:

      Cordial saludo, escríbeme un correo con tus datos personales para recibir asesoría en tu caso.

      Responder
  41. javier velasco Dice:

    buena tarde, tengo una multa por alcolemia del 2015 a la fecha ya va a cumplir 5 años, en el simit no me aparece cobro coactivo o semejante a este,mi pregunta seria puede esta estar prescrita

    Responder
    • Andres B Dice:

      resolviste la duda ? si prescriben ?

      Responder
    • Jorge G Dice:

      yo estoy e la misma situacion con un comparendo del 2014, encontraste solucion????

      Responder
    • CAROLINA CAS. Dice:

      solicite la prescripción a los 6 años, en 2021.

      Responder
  42. Carlos Betancourt Dice:

    Buenas tardes, tengo un comparendo por exceso de velocidad realizado en cartagena en el 2014 y otro realizado en funza en el 2015, a la fecha de hoy no he recibido ninguna notificación de pago. En este caso puedo solicitar la caducidad o prescripción de dichos comparendos agradezco sus respuestas.

    Responder
  43. Yolanda Barreto Dice:

    Tengo dos comparendos uno del 2011 y el otro 2012, en el 2016 hice un derecho de petición soclitando la prescipcion de los mismos por vencimiento de términos que nunca fue contestado. al siguiente año iniciaron el cobro coactivo. Puedo hacer algo en este momento?

    Responder
  44. gabriel segura Dice:

    buen dia mi pregunta es la siguiente tengo 2 acuerdos de pago uno del año 2011 y el otro del año 2014 esos acuerdos preescriben ya que ambos estan en mora porque no los pude cancelar

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Hola Gabriel, comunícate con nosotros para ayudarte: Cel 3156714154

      Responder
  45. IVAN Dice:

    tengo varios comparendos de 2010, pero aun no se como interponer el recurso porque todos se encuentran en cobro coactivo, Las fechas de las resoluciones son desde el año 2012, 2013 y 2015, que puedo hacer en ese caso

    Responder
  46. richard castro Dice:

    buenas noches
    me hicieron un comparendo en el año 2013 y hice un acuerdo de pago en el año 2015 pero pague solo una cuota y no volvi a pagar ya pasaron 5 años desde eso, sera que ese comparendo se puede preescribir antes de que entre a cobro coactivo

    Responder
    • Alvarez y Olaya Dice:

      Hola Richard, comunícate con nosotros para ayudarte: Cel 3156714154

      Responder
  47. joaen Dice:

    buenas
    tengo un comparendo por alcoholemia grado 1 la licencia fue suspendida por tres años en estos momentos tengo cobro coactivo y me estan cobrando adicional a los intereses millon y medio de pesos mas que supuestamente es para pagarle al abogado que inicio el cobro coactivo es eso legal porque no tengo para pagar los casi ocho millones de la deuda sino que ademas tengo que pagar el millon y medio sino no me bajan el comparendo.

    Responder
    • Edgar Figueroa Dice:

      Parece que fuera legal todo, pero está en su derecho de mirar y hacer revisar esos honorarios

      Responder
  48. Alvaro Dice:

    Alguien puede aclarar si la prescripción de la multa de transito después de la fecha de cobro coactivo son 3 años o 5 años?

    Responder
    • Edgar Figueroa Dice:

      Es de tres años de acuerdo con la norma especial que es el Código Nacional de Tránsito

      Responder
  49. Viviana andrea agudelo cano Dice:

    Hola tengo una multa de transito donde nunca he tenido moto la multa es del 2013 tiempo donde no sabia manejar q debo hacer gracias

    Responder
    • Edgar Figueroa Dice:

      Amigo ya prescribió la ejecución de ese cobro

      Responder
  50. jhon jairo Dice:

    Buenas tardes si yo tengo un comparendo de ya hace mas de 10 años y nunca me han notificado nada que pasaria en este caso

    gracias por su ayuda

    Responder
    • Edgar Figueroa Dice:

      No se preocupe ya prescribió para la administración la acción de cobro

      Responder
  51. FABIAN Dice:

    BUENAS TARDES ME ACABA DE LLEGAR LA NOTIFICACION DE COBRO COACTIVO HOY 21 DE JULIO DE 2020 Y LA INFRACCION FUE SACADA EL 22 DE ABRIL DE 2017 QUE DEBO HACER YA QUE SEGUN ENTIENDO NUNCA RECIBI NOTIFICACION ESCRITA NI POR E MAIL ANTES DEL 22 DE ABRIL DE 2020

    Responder
  52. FARIDE PEREZ Dice:

    Buenas tardes en el año 2018 me hicieron un embargo a mi cuenta por unos comparendos del vehiculo BHC918 me descontaron la plata de mi cuenta BBVA y hoy nuevamente esta cargada la deuda en la pagina con mi cedula. Que debo hacer? a donde me debo dirigir?

    Responder
    • ABOGADOS ASESORES Dice:

      se debe realizar un tramite para que la multa sea descargada del sistema y si hubo descuento de dinero sea reembolsado. para mayor informaicon whatsapp 3006410095

      Responder
  53. Dowguin Dice:

    Hace poco tiempo hice una carta de prescripción dirigida al datt de la ciudad de Cartagena de Indias el cual pude certificar el simit que fue recibida ya que el valor a pagar era menor al que tenía antes espere mi turno en el día de pico y cédula para cancelar mi deuda pero al certificar nuevamente encuentro que se me a incrementado nuevamente la deuda por lo tanto hice la fila para certificar y no me dieron repuesta alguna a mi inquietud soy una persona que mi familia depende económica mente de mi y de no estar a paz y salvo con esta entidad no e podido conseguir empleo ya que me especializó como guarda de seguridad agradezco si alguien me puede indicar que hago dónde me acerco ya que no poseo con la cantidad de dinero que el datt me esta cobrando

    Responder
  54. ricardo valderrama Dice:

    buenas, tengo un comparendo del año 2013 nunca se me notifico nada, ni obro coactivo ni absolutmate nada, peor los intereses si han seguido subiendo, cual es el mecanismo y como debo aplicar este recurso

    Responder
  55. germancito Dice:

    Buen día, tengo dos multas de las cuales nunca me llegaron los comparendos y la dirección y todos mis datos están bien y actualizados en el runt, me ha estado llegando unos mensajes al celular donde me dice que me ponga al día en mis pagos atarazados, y tengo todos mis pagos al día,y seguían llegando esos mensajes al celular, un día me dio por verificar en el simit y resulta que tengo dos multas de las cuales no tengo ninguna notificación, según dicen en la secretaria de transito de Cali, que uno tiene que estar revisando las paginas para ver si tiene o no comparendos, mi pregunta es, si una persona tiene la información actualizada en el runt, por que debe estar averiguando si tiene o no comparendos, existe alguna ley donde lo obliga a estar pendiente de los avisos o publicaciones de los entes de control donde le dicen que ud cometió una infracción y que debe pagarla, para eso no esta el simit, donde se le debe llegar la notificación si es que la persona cometió la infracción ya sea por algún descuido, he estado buscando si existe alguna ley donde obliga a las personas a estar pendiente si ha cometido alguna infracción de transito ya sea por omisión o culpa o dolo voluntaria o involuntaria, es verdad que si la notificación no llega en los siguientes 11 días después de haber cometido la infracción esta no es valida, y ellos la validan arbitrariamente publicándola en las paginas de internet?

    Responder
  56. ABRAHAM DICE. Dice:

    BUENAS QUIERO QUE ME ACLERE.UN HERMANO MIO MURIO Y HACE 1 AÑO Y LE LLEGO UNA NOTIFICACION DE UN PAGO DE COBRO COACTIVO DE 390.615 Y LA NOTIFICACIONES 18 DE DICIEBRE 2020 Y LLEGO EL 6 DE ENERO DE2021 Y PRESENTARSE EN 10 DIAS.HAGO UNA PREGUNTA,SI LA PERSONA MUERE NO CLAUDICA O HAY QUE PAGAR.POR FAVOR ACONSEJAME GRACIAS

    Responder
  57. Diego Samudio Dice:

    Buen dia mi nombre es Diego Samudio y se me encuentro que tengo un comparendo desde el año 2015 y no se me había notificado, como procedo con artículo 159 de la ley 769 de 2002.

    Responder
  58. RICARDO Dice:

    Hola, buenos dias, hace 11 años fui multado por exceso de velocidad, en ese momento pague $ 80.000, pero luego deje de pagar, luego paso a cobro juridico, y me estuvieron haciendo descuentos por nomina, en este momento el banco me retiene parte de mi salario. A la fecha la deuda se incremento y deseo saber que debo hacer. GRACIAS.

    Responder
    • ABOGADOS ASESORES Dice:

      cordial saludo en su caso se puede realizar el tramite de prescripcion de la sancion de cobro coactivo y asi mismo solictar lo que le han descontado de la cuenta para mayor informacion comuniquese al whatsapp 3006410095

      Responder
      • Jineth Dice:

        Tengo 3 comparendos uno de 2011 otro de 2013 y otro de 2014 en el 2014 hice acuerdo de pago solo pague dos meses. Ahora en el simit me aparecen en cobro coactivo que debo hacer ??

        Responder
  59. Yovany quintero Dice:

    Buen día hace más de 3 años tuve un comparendo hice acuerdo de pago por motivos de fuerza mayor no pude terminar de pagarlo me embargaron una cuenta y hace un mes fui para la prescripción de tal pero esta es la hora que no me han dado respuesta que puedo hacer gracias

    Responder
  60. Estella Dice:

    Buena tarde, mi caso es que hace bastante tiempo vendí una moto no realice el traspaso, en estos momentos tengo 11 multas por infracciones. la situación es que a la persona que le vendí la motocicleta también la vendió es decir que ya está en una persona indeterminada. Que debo hacer para solicitar la eliminación de esas multas o al menos una rebaja ya que se puede deducir el valor tan alto.

    Responder
  61. Elesban Dice:

    Me gustaría saber si han procedido frente a la Secretaría de Tránsito de Medellín solicitando la prescripción de comparendos una vez suspendido el término con la notificación del mandamiento de pago, pues dicha autoridad de tránsito no aplica la suspensión del término por otros 3 años, sino que aplica los 5 años dispuestos en el Estatuto Tributario, lo cual me parece jurídicamente incorrecto y obligan a interponer acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Han tramitado casos similares ante dicha secretaría? les ha fructificado?

    Responder
  62. Jhon Edwin Barrios Dice:

    Tengo un comparendo que fue realizado en otro departamento con fecha 01/04/2015, y el cobro coactivo está con fecha 18/06/2015, pero por haber sido en otro departamento nunca fui notificado del cobro por ningún medio, en ese caso aplica la solicitud de prescripción?

    Responder
  63. Hamer Dice:

    Muy buenos días,
    Mi pregunta es la siguiente, que se puede hacer con un comparendo que lleva mas de 7 años que tiene cobro coactivo
    Se puede anular o que proceso se puede realizar

    Responder
  64. harry O Dice:

    Buen día, en días pasados realice un derecho de petición sobre la prescripción de dos multas de tránsito, una de ellas tiene más de cinco años y otra un poco más de tres años, ya recibí la respuesta en la cual no me aceptan la prescripción, quiero apelar la decisión, que debo hacer, muchas gracias

    Responder
  65. Oscar Giraldo Dice:

    Buenas tardes, tengo varias foto multas del transito de La Estrella Antioquia, del año 2017 las cuales no me fueron notificadas, que debo hacer para borrarlas?

    Responder
  66. Edward Gañan Dice:

    Buenos días.

    Tengo el caso de que se me impuso una multa por manejar sin licencia de conducción hace cinco años y nunca se me hizo una notificación, ni presencial o por correo. Hasta ahora la multa casi alcanza los los dos millones, quisiera saber si esta también prescribe y cuales serián los pasos a seguir.

    Muchas gracias.

    Responder
  67. Juan Pablo Peña Fernández Dice:

    Buenas noches, por favor me pueden orientar, realice un acuerdo de pago en el año 2017 el cual incumpli, para realizar dicho acuerdo, pague una póliza de cumplimiento esas infracciones de transito tienen prescripción. Gracias

    Responder
  68. Hernan Dario Dice:

    Buenos dias, mi preguta es: puedo presentar reclamacion por un acuerdo de pago que deje de pagar desde el 2016. Gracias.

    Responder
  69. jonatan rojas Dice:

    buenas tardes, una vez la secretaria de transito decreta la prescripción del comparendo, cuanto tiempo hay que esperar para que sea eliminado del simit?

    Responder
  70. Jorge Dice:

    Buenas noches, mi novia el papa murió hace 5 meses y el tenia dos foto-multas, una de hace dos años y una de hace un año, es posible que mediante derecho de petición las bajen o los familiares deben obligatoriamente pagarlas?

    Responder
  71. KAROLINA Dice:

    Buenas tardes , me pueden ayudar a mi se me bloqueo mi tarjeta me dirijo al banco para solucionar el inconveniente y la sorpresa es que la asesora del banco me dice que yo tengo un embargo por transito de Bucaramanga por un millón algo y yo me quedo sorprendida por que nunca he viajado a Bucaramanga y tengo este problema que debo hacer por favor .

    Responder
    • ERICK Dice:

      primero te sugiero que revises en la plataforma del SIMIT de que fecha son los comparendos si tienen mas de 6 años debes solicitar la prescripcción, si es una cuenta de ahorro y es la unica, goza del beneficio de inembargabilidad si en tu cuenta tienes menos de 25 salarios minimos es decir que tengas menos de $22.000.000, las cuentas corrientes o CDT si te los pueden embargar

      Responder
  72. Andrés Herrera c. Dice:

    Buenos días yo pasé un derecho de petición con motivo de prescripción de comparendos ,este fue respondido a mi favor . Ahora me dicen que debo ir para que actualicen la información en movilidad , cuánto tiempo pueden demorar para actualizar la información?

    Responder
  73. Rene Dice:

    Buenas tardes, me pueden ayudar; a mi hicieron un parte y ahorita el 26 de enero 2022 cumplo ya 6 años de eso. A consecuencia, perdi mi empleo ya que me suspendieron la licencia por 3 años, Intente varias veces arreglar eso, pero la única solución que me dieron fue que debo hacer un acuerdo de pago, y comenzando son 2 millones mensuales (dinero que ya asciende a 10 millones y algo mas en total…) cosa que para mi es demasiado absurda e imposible de pagar… Como puedo solucionar ese problema? que debo hacer por favor?… gracias.

    Responder
    • Henry Londoño Dice:

      yo te puedo colaborar juridicamente

      Responder
  74. Gloria Dice:

    como se la fecha del mandamiento de pago que emano la secretaria de movilidad, pues no recuerdo que ellos me hubiesen notificado, donde meinforman sobre tal particular.

    Responder
  75. Jhony Dice:

    BUENAS,
    QUIERO SABER EN CUANTO TIEMPO PRESCRIBE UN ACUERDO DE PAGO DE UNAS MULTAS DE TRANSITO QUE REALIZE ? Y QUE PROCESO DEBO REALIZAR PARA SOLICITAR LA PRESCRIPCION DE DICHO ACUERDO DE PAGO

    Responder
  76. Jmoe Dice:

    Buenas tardes hace 4 vendi un carro para chatarra el que me lo compro hicmos el traspaso pero elos no radicaron y el carro esta a mi nombre ke hicieron 2 multas de tránsito esto hace 4 años quería saber si ya prescribiron? Gracias

    Responder
  77. Carlos Escobar Dice:

    Buenas tarde lo que pasa esque tengo unos comparendos desde hace 4 años y como puedo hacer para que me los bajen por derecho de petición

    Responder
  78. Fernando Bahamon Dice:

    hola a todos!

    mi consulta es la siguiente: podría realizar un oficio de prescripción de multas de transito teniendo en cuenta que tengo algunos comparendos del año 2016, 2017 y 2018 que a la fecha ya cumplieron su fecha de prescripción y sin embargo en ninguno de ellos recibí un mandamiento de pago correspondiente? es posible elaborar un oficio de petición para anular el cobro de estas multas por parte del Simit? De ser asi, como puedo proceder a realizar este trámite?

    Responder
  79. RODOLFO Dice:

    QUIERO SABER EN QUE TERMINO PRESCRIVE LA HIPOTECA

    Responder
    • Juan Dice:

      La hipoteca nunca prescribe, ya que solo se puede cancelar previo pago de la obligaciones que estaba respaldando.

      Responder
  80. HgamboaGar Dice:

    Buen dia, tengo un comparendo del año 2014 la secretaria de transito nunca expidio resolucion sancionatoria. solicite via peticion el descargue de ese comparendo del simit a lo cual me respondieron que si era procedente la figura de la prescripcion, pero no han hecho la gestion ni han enviado al simit la informacion y aun aparece alli figurando. Que se podria hacer?

    Responder
  81. Ernesto Piedrahita Dice:

    Ernesto Piedrahita. Abogado Administrativo. Whatsapp: 3138830983. Asisto a personas en la impugnación de fotocomparedos o fotomultas, para que su multa sea eliminada ante Tránsito.

    Responder
  82. Edinson p hinestroza Dice:

    buenas tardes, tengo un caso muy particular, y es que recien me estan llegando mensajes del simit para que pague unos comparendos, debo admitir que conozco de alguno pero me suman 5 comparendos que no tengo conocimiento de ellos, ademàs son comparendo donde nisiquiera esta registrada la placa del vehiculo, y son comparendos que aldia de hoy tienen mas de 10 años alguno 2012,2013,2014. por otro lado en una ocacion perdi mi cedula la cual tuve que sacar un duplicado despues de poner la denuncia de perdida y me da por creer que alguien mal intencionado a utilizado esa cedula, no se que pensar de esto; me podrian ayudar?

    Responder
  83. EDUARDO CUESTA Dice:

    Texto publicado por Gerencie.com:
    “Supongamos que el mandamiento de pago se notificó el 20 de julio de 2012. En tal caso los 3 años de prescripción inician a correr el 21 de julio de 2012 de modo que el cobro del comparendo prescribe el 21 de julio de 2025. Si a esa fecha no se hace efectivo el cobro, la acción de cobro prescribe definitivamente así este en proceso el cobro coactivo, pues la totalidad del trámite se debe realizar antes de que prescriba la acción”.
    En el texto anterior, publicado al inicio, debe haber un error en la fecha de prescripción del comparendo, debe ser 2015 y no 2025. Favor confirmar esta apreciación.

    Responder
    • Gerencie.com Dice:

      Buenos días, señor Eduardo.

      En efecto hay un error de transcripción. Se ha corregido. Gracias.

      Responder
  84. Yeison torres Dice:

    Buenas tardes tengo un comparendo de ase 7 años doble linea se puede tumbar ?gracias

    Responder
  85. FERNEY ACERO Dice:

    Buenas tardes compre un carro sin saber de un comparendo por alcoholemia el parte esta del 2019 tiene cobro coactivo del 03 el 2020 no se si yo pueda hacer algo ay que no tengo mimgun soporte de compra o datos del señor, lo unico que tengo es la tarjeta de propiedad del señor unicamente,el señor no responde por nada ni da la cara, solicito ayuda de ustedes.

    Responder
  86. Nelson b Dice:

    En su artículo dice que una multa en cobro coactivo no tiene caducidad. Pero eso es imposible ya que no existen las deudas eternas y la norma dice que con el mandamiento de pago se suspenden los término he inician de nuevo a correr otro tanto de tiempo igual.

    Responder
  87. nestonandez Dice:

    me impusieron un comparendo hace 8 años o mas y cuando pedi la prescripcion lo que hicieron fue enviarme un cobro del comparendo y hace pocos dias me embargaron una cuenta nunca me notificaron por ninguna parte ni personal ni por correos y ahora estoy esa encrucijada, si me pueden responder les agradezco

    Responder
  88. jefferson 1523 Dice:

    Buenas noches tengo un comparendo por mal parqueo, se pago la mitad pero no asisti a los cursillos y me realizan el cobro del comparenod completo, el comparendo esta desde el 2016 y fui notificado 2 años despues del evento. mi pregunta es ¿ya prescribio por tiempo y puedo pedir nulidad?

    Responder
  89. JuanL Dice:

    soy estudiante de derecho y @gerencie.com no se imagina cuanto me ha ayudado, pero, esta vez, lo que yo quería saber es cuando prescribe una multa luego de que ya hay mandamiento de pago, cuando ya hay cobro coactivo. pero no mencionan nada al respecto, tengo entendido que es a los 6 u 8 años del mandamiento de pago. me confirman porfa gracias

    Responder
  90. kefany Dice:

    Buen dia, mi esposo presenta un comparendo en el 2020 pero la placa del vehiculo esta mal en la ultima cifra, que podemos o debemos hacer para darle de baja?

    Responder
  91. ESTEBAN CARVAJAL Dice:

    QUE SE PUEDE HACER SI NIEGAN EL DERECHO DE PETICION

    Responder
  92. Nelson Navarro Dice:

    Buen dia: Tengo un comparendo de fecha 27/07/2017 Fecha de Resolucion Coactivo 11/10/2018. Fecha de Notificacion mandamiento de pago 01/09/2020 por aviso. Si transcurriero 3 años 1 mes de la ocurrencia de los hechos ya esta prescrito. Pero el organismo de transito se ha mostrada renuente a declarar la prescripcion se han pasado dos derechos de peticion y nada incluso en la contestacion del primero por fuera del tiempo establecido hay un error en el No de mandamiento de pago..Que Hacer?..Gracias

    Responder
  93. JUAN DE JESUS Dice:

    MI HIJO COMPRO UNA MOTO EN 2020 A UN AMIGO PERO QUEDO PENDIENTE DE HACER EL TRASPASO LUEGO ESA PERSONA SE FUE DEL LUGAR DE TRABAJO Y NO HAN TENIDO MAS CONTACTO AHORA AL PARECER EXISTE UNA ORDEN DE EMBARGO DEL AMIGO EL QUE ERA DUEÑO DE LA MOTO Y MI HIJO TIENE MIEDO DE SALIR Y PERDERLA SI SE LA EMBARGAN A EL COMO QUIEN LA TIEN Y CONDUCE QUE PODEMOS HACER EN ESTE CASO. GRACIAS

    Responder
En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc., pero debe hacerlo con respeto, sin insultar y sin ofender a otros.

Información legal aplicable para Colombia.

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.