El trabajador no debe compensar ni reponer los días festivos, que por ser festivos no debe trabajar, puesto que la ley laboral ha establecido que estos días son de descanso remunerado, lo que significa que el trabajador no trabaja en esos días, pero aún así se le pagan. Dicho de otro modo, no se le descuentan de su salario.
Si el empleador exige a los trabajadores que le compensen los días festivos, está desconociendo su calidad de descanso remunerado, puesto que no es un permiso ni una licencia que se da al trabajador en el día festivo. Ese día se descansa porque así lo ordena la ley, y exigir la compensación o recuperación es abiertamente ilegal.
Esta aclaración se hace porque, desde que la ley 2101 de 2021 redujo la jornada laboral semanal, son muchos los empleadores que le exigen a sus trabajadores completar las horas semanales cuando, con ocasión a un festivo, no se labora la semana completa.
Han interpretado que, si la jornada laboral es de 46 horas, por ejemplo, el trabajador está obligado a trabajar efectivamente las 46 horas semanales, de modo que cuando existe un festivo, el trabajador tendrá que reponer ese día hasta completar las 46 horas, lo que es totalmente contrario a la ley.
Cuando hay un festivo en la semana, el trabajador no debe trabajar las 46 horas porque el festivo es un descanso remunerado, lo que significa que se debe tomar como si se hubiera trabajado. Exigir que se complete la jornada semanal con trabajo extra o incluso dominical es desconocer el festivo; es quitarle ese derecho al trabajador.
El efecto del festivo es que las horas que el trabajador debía laborar en ese día festivo se descuentan de las 46 horas semanales, de modo que en esa semana el trabajador debe laborar 46 horas menos las horas que correspondían al festivo o festivos que hubo en la semana.
Supongamos que en la empresa la jornada laboral de 46 horas se distribuye entre 5 días, de lunes a viernes, de modo que cada día el trabajador debe laborar 9.2 horas. Si el lunes es festivo, en esa semana el trabajador solo debe laborar 36.8 horas, resultado de restar 9.2 horas a las 46 horas semanales.








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En mi empresa la jornada laboral es de lunes a sábado, pero tengo un mes en el que trabajo de lunes a viernes. Si en ese mes hay festivos, el festivo cuenta como 7.33 o como 8.8. En la semana yo debo completar el turno trabajando además las horas resultantes de la resta de 8.8 menos 7.33?
Si la jornada laboral es de 44 horas de lunes a viernes, se debe completar, ya sea de lunes a sábado o de lunes a viernes, pero si hay lunes festivo, para esa semana NO debe trabajar las 44 horas; para esa semana su jornada semanal es menor porque el lunes festivo es un día de descanso remunerado, así que tendrá que trabajar alrededor de 37 horas según como se maneje una semana de 5 o 6 días.