Festivo como descanso compensatorio por trabajo dominical

Los días festivos no pueden ser otorgados como un día de descanso compensatorio por trabajado dominical habitual al que se refiere el artículo 181 del código sustantivo del trabajo.

Descanso compensatorio por trabajo dominical debe ser en un día laboral.

Cuando el trabajador debe laborar habitualmente los domingos, por cada domingo laborado tiene derecho a recibir un día de descanso compensatorio remunerado, conforme el artículo 181 del código sustantivo del trabajo, tema desarrollado con más detalle en el siguiente artículo.

Descanso compensatorio remunerado por trabajo dominical.Descanso compensatorio remunerado por trabajar los domingos, ya sea de forma ocasional o habitual.

Ese día de descanso compensatorio debe ser remunerado, y, además, debe ser otorgado en un día laborable, no en un día festivo que por sí mismo la ley ya considera como descanso remunerado.

Así lo deja claro el numeral primero del artículo 183 del código sustantivo del trabajo, que trata sobre las formas de otorgar el descanso compensatorio:

«En otro día laborable de la semana siguiente, a todo el personal de un establecimiento, o por turnos.»

Algunos lectores nos han comentado que su empleador les otorga el día de descanso compensatorio en un día festivo, lo que es ilegal, puesto que el festivo, por el simple hecho de ser un festivo ya es un día de descanso remunerado, y el día de descanso compensatorio debe ser diferente a ese festivo.

El empleador que haga tal cosa simplemente queda debiendo el descanso compensatorio, pues como ya vimos, el festivo no vale como tal, al corresponder a un día de descanso obligatorio.

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Déjenos su opinión (Hay 4 Opiniones )
  1. Luna (noviembre 24 de 2022)

    Hola. Quisiera saber si es correcto que mi empleador me pague un festivo como si fuera un domingo y me de un compensatorio.

    Responder
  2. NATHALIA (diciembre 19 de 2022)

    Hola, Una pregunta el empleador puede comunicar a los trabajores que las personas que laboren el 25 de diciembre y 01 de enero (estas fechas caen un domingo casualmentey es tambien es un festivo)se le pagara el dia como festivo pero no tendran dia compensatorio?? gracias 🙂

    Responder
  3. Ana Isabel (enero 2 de 2023)

    Hola. Trabajo de lunes a viernes de 7 A2 y los sábados de 8 a 12.solo libro domingos. Me a dicho un abogado que me pertenece también el lunes. Me podría asesorar. Un saludo.

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  4. @Richard_Adrian (abril 1 de 2023)

    puede mi empleador correr mi compensatorio a un dia festivo? ejemplo:

    como trabaje un domingo tendo compensatorio un dia de esa semana pero esa semana santa hay jueves y viernes festivos el podria darme el compensatorio uno de esos 2 dias si es asi podria decirme donde la ley lo aplica?

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