El componente inflacionario es la parte de los rendimientos financieros que reconoce el efecto de la inflación en la capacidad adquisitiva del dinero y, por consiguiente, implica que hay unos ingresos por rendimientos financieros que pueden ser devengados por cualquier persona natural, desde un asalariado hasta un trabajador independiente y un pensionado, por lo que surge la duda de la cédula en la que se debe declarar ese componente inflacionario, que es un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
El componente inflacionario se declara como renta de capital.
En razón a que los rendimientos financieros que dan origen al componente inflacionario están originados en la inversión en un capital, como una cuenta de ahorros o un CDT, estamos ante una renta de capital y, por tanto, tales ingresos se declaran en la cédula de rentas de capital.
Por consiguiente, el ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional correspondiente al componente inflacionario también se declara como renta de capital.
Es así incluso si se trata de un asalariado que debe declarar sus ingresos laborales en la cédula general como renta de trabajo, pero al obtener ingresos por rendimientos financieros, deberá declararlos en la cédula de capital junto con el componente inflacionario.




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