Epicrisis para el reconocimiento de incapacidades laborales

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Los empleadores no pueden exigir a los trabajadores la entrega de la epicrisis, un documento privado y reservado que forma parte de la historia clínica, según la ley vigente. La Corte Constitucional ha reafirmado que la epicrisis debe ser tratada con la misma confidencialidad que la historia clínica, y solo el documento expedido por el médico tratante es válido para justificar incapacidades laborales. Si un empleador amenaza con no reconocer una incapacidad por no entregar la epicrisis, el trabajador debe reportar esta irregularidad al Ministerio del Trabajo, que permite hacerlo de forma anónima.

Algunos empleadores exigen que el trabajador entregue copia de la epicrisis para el reconocimiento de las incapacidades laborales que el médico prescribe, un requisito que la ley no establece y que no debe ser exigido por ningún empleador, y que no debe estar dentro del reglamento del trabajo ni en ninguna otra política interna.

Epicrisis. Un documento privado sujeto a reserva.

La epicrisis, que es un resumen de la condición médica del paciente, forma parte de la historia clínica, y esta, en su conjunto, es un documento privado sujeto a reserva según lo establece el artículo 34 de la ley 23 de 1981, aún vigente.

En ese contexto, el empleador no debe tener acceso a ese tipo de información, y en todo caso, para tenerlo debe contar con la autorización del trabajador, quien no está obligado a otorgarla porque está protegiendo un derecho fundamental, como es el de la privacidad e intimidad.

La Corte Constitucional, en muchas de sus sentencias, ha señalado que la epicrisis tiene el mismo tratamiento que la historia clínica, precisamente por ser parte de esta, como en la sentencia T-772 de 2009.

Para el reconocimiento de la incapacidad, el documento idóneo, y el único que puede solicitar el empleador, es aquel que la contiene, expedido por el médico tratante.

En ese orden de ideas, el empleador ni puede exigir copia de la epicrisis ni puede dejar de reconocer una incapacidad laboral si el trabajador se niega a entregarla. En tal caso, el trabajador lo que debe hacer es reportar la irregularidad ante el Ministerio del Trabajo.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes que nos hacen nuestros lectores:

¿El empleador puede exigir la epicrisis?

No. El empleador no puede exigir la epicrisis al ser un documento privado sujeto a reserva legal.

¿Qué pasa si no entrego la epicrisis al empleador?

Es probable que el empleador se niegue a reconocerle la incapacidad o amenace con no reconocerla, pero en tal caso puede reportar la irregularidad ante el Ministerio del Trabajo.

¿Qué documento debe entregar el trabajador para justificar una incapacidad?

Debe entregar el documento firmado por el médico en el que conste la incapacidad médica. Cada EPS tiene el formato para ello.

¿La incapacidad laboral es confidencial?

La incapacidad laboral no tiene la connotación de confidencialidad porque en ella no se expresa ninguna condición médica del paciente. Solo contiene la duración de la incapacidad, más no las razones de ella.

¿A quién puedo acudir si mi empleador exige la epicrisis?

Puede acudir al Ministerio del Trabajo, lo que puede hacer en línea e incluso de forma anónima.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2026, marzo 30). Epicrisis para el reconocimiento de incapacidades laborales [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/epicrisis-para-el-reconocimiento-de-incapacidades-laborales.html

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