Semanas cotizadas para pago de incapacidad

El pago de incapacidades laborales por enfermedad laboral es reconocido por las EPS cuando el afiliado haya cotizado por lo menos cuatro semanas.

Semanas cotizadas para que la EPS pague incapacidad por enfermedad general.

El artículo 2.1.13.4 del decreto 780 de 2016 en su primer inciso señala lo siguiente respecto a la obligación que tiene la EPS de pagar las incapacidades generales:

«Para el reconocimiento y pago de la prestación económica de la incapacidad por enfermedad general, conforme a las disposiciones laborales vigentes, se requerirá que los afiliados cotizantes hubieren efectuado aportes por un mínimo de cuatro (4) semanas.»

Esto supone un serio inconveniente para los trabajadores dependientes que cotizan mes vencido, puesto que estos generalmente realizan la cotización cuando ya ha transcurrido un mes, quedando descubiertos por ese primer mes.

Empleador paga la incapacidad que no pague la EPS.

Cuando la EPS no reconozca la incapacidad, el empleador debe pagar lo que corresponda en razón a que la incapacidad laboral no suspende el contrato de trabajo.

Semanas de cotización para que la ARL pague las incapacidades.

Para el caso de la ARL, la norma no exige un mínimo de semanas cotizadas para que la ARL pague las incapacidades de origen laboral, puesto que el trabajador queda asegurado desde el día siguiente a su afiliación, y es un riesgo que queda cubierto dese el primer día.

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Una opinión
  1. Johana Dice:

    Pase a mi papá a trabajar en mi empresa, el estaba pagando su eps por medio de una cooperativa antes de empezar a trabajar conmigo, pago su eps oportunamente desde siempre, al hacer cambio de empleador, pierde el las semanas cotizadas a la eps, mi pregunta se debe a que nosnestan negando varias incapacidades dicen que no tiene el tiempo de cotizaciones 4 semanas, pero elnsiempre a estado en la misma eps y no se dejó de pagar ni un solo mes ya que se realizo el retiro por la cooperativa el 30 y el 1 ya estaba afiliado nuevamente.

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