Las valorizaciones contables que se realice a los activos fijos no se declaran en el impuesto a la renta en Colombia.
Valor patrimonial de activos y pasivos.
En la declaración de renta se declaran los activos y pasivo según su valor patrimonial, que encontramos en el estatuto tributario a partir del artículo 267 del estatuto tributario.
En la declaración de renta se lleva el valor patrimonial de cada activo y cada pasivo determinado según las normas fiscales, y ninguna de ellas contempla o incorpora las valorizaciones contables.
Las valorizaciones contables las encontrábamos en el decreto 2649, hoy no aplicable, y en su lugar se utiliza el concepto de revalorizaciones en las NIIF.
En todo caso ni las valorizaciones ni las revalorizaciones en NIIF hacen parte del valor fiscal o patrimonial de los activos, por lo que no se declaran.
Déjenos su opinión