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Los ingresos por ganancias ocasionales se consideran parte de los ingresos brutos que determinan la obligación de presentar información exógena, salvo aquellos derivados de la venta de la casa o apartamento de habitación. Se incluyen ingresos de loterías, herencias, donaciones y venta de acciones, entre otros. Es importante destacar que se toma como referencia el ingreso recibido y no la ganancia neta.
Los ingresos que una persona natural o jurídica obtenga por concepto de ganancias ocasionales hacen parte de los ingresos brutos que se validan para determinar si existe o no la obligación de reportar información exógena o en medios magnéticos, excepto los que provengan de la venta de la casa o apartamento de habitación.
Inclusión de los ingresos por ganancias ocasionales en el tope de ingresos brutos.
La obligación de reportar información exógena surge cuando los ingresos brutos superan 11.800 Uvt para personas naturales y 2.400 para personas jurídicas según el artículo 1.3.1.1 de la resolución 227 de 2025, y dentro de esos ingresos brutos, los ingresos por ganancias ocasionales se incluyen parcialmente.
El parágrafo primero del artículo referido:
«Para efectos de establecer la obligación de informar de las personas de que trata los numerales 4 y 5 del presente artículo, los "Ingresos Brutos" incluyen todos los ingresos ordinarios, extraordinarios y los correspondientes a las ganancias ocasionales, excepto el correspondiente en la venta de casa y/o apartamento de habitación.»
Por lo anterior, es preciso hacer una clasificación de los diferentes ingresos que se obtengan por concepto de ganancias ocasionales.
Las únicas ganancias ocasionales que no cuentan son las que provengan de la venta de la casa o apartamento de habitación, de manera que, si vende un apartamento que no es el de habitación, sino que lo tenía para arrendar, el valor de la venta suma como ingreso bruto.
También cuentan como ingresos brutos los que provengan de loterías, herencias, donaciones, venta de acciones, etc.
El valor que se suma al ingreso bruto es el ingreso recibido, no la utilidad o ganancia obtenida.
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Si tengo ingresos por salarios de $500,000,000, rentas de capital de $20,000,000, otros ingresos no laborales – indemnización seguros $60,000,000, seguro de vida recibido por $1,000,000,000 y gananciales por $1,300,000,000. Esta persona está obligada a presentar información exógena?
No estaría obligado a presentar información exógena porque las rentas de capital y no laborales no alcanzan la suma de 2.400 UVT.