¿Quién paga los honorarios de las juntas de calificación de invalidez?

Cuando una persona está afiliada a un fondo de pensiones o de riesgos laborales y sufre una enfermedad o un accidente que le causa algún grado de invalidez, debe solicitar tal calificación a una junta de calificación de invalidez.

Honorarios junta nacional de calificación de invalidez.

La Corte constitucional en sentencia T-045 de 2013 manifiesta que esos honorarios deben ser pagados por las entidades de previsión social a las que esté afiliada la persona que solicita la calificación.

Calificación de la pérdida de capacidad laboral.Cuando el trabajador ve afectada su capacidad laboral por un accidente o enfermedad, debe calificarse el porcentaje de esa pérdida.

Deja claro la corte constitucional que no le corresponde al usuario hacer el pago de los horarios de la junta que hace la calificación.

Sin embargo, si el trabajador no está afiliado a una ARL o EPS, será el trabajador quien tenga que pagar los honorarios a la junta que lo califique.

El tema de la calificación de invalidez está reglamentado por el decreto 1072 de 2015.

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13 Opiniones
  1. thaili perez Dice:

    buenas tardes es que tengo una pregunta; cual es el costo en el que se incurre al llevar un caso a la junta de calificación regional?

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    • Yeronime Dice:

      Un salario mínimo mensual vigente por cada dictamen.

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  2. Yeison Ramirez Dice:

    Buenos dias,

    Cuál es el plazo máximo para que la junta Regional pague los honorarios a la Junta Nacional?

    Han pasado 3 meses y el documento de identificación relacionado al caso no aparece en la página web de la junta Nacional, es normal esto? Mucgas gracias por su respuesta.

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    • Seba Dice:

      No es normal, interponga una tutela

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  3. juan Dice:

    cuanto tiempo tiene colpensiones para pagar los honorarios de una apelación que ellos mismos hicieron ante a la junta regional y este debe ser enviado a la junta nacional pero para que esto sufra efecto colpensiones debe mandar el expediente y pagar los honorarios a la junta nacional

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    • Alex Dice:

      sin en 60 dias colpensiones no le cancela los honorarios a la Junta nacional , debe ir a la junta regioonal y pedir la calificacion en firme y llevarla a colpensiones

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  4. NICOLAS Dice:

    NICOLAS PREGUNTA? Buenos días, fui calificado por la junta regional con perdida del 76,66%, calificación que apelo Colpensiones eso ya desde febrero al comunicarme con la junta me dicen que no han elevado el caso ante la junta nacional de calificación por que no se han cancelado los honorarios correspondientes, siendo así las cosas envié un escrito a Colpensiones pues ellos fueron los que apelaron la decisión para que cancelaran los honorarios a la Junta Nacional y la respuesta es que a ellos no les corresponde, mi pregunta es debo asumir esos costos aun cuando no fui yo el que apelo la decisión de la Junta Regional? Agradezco su ayuda.

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    • Alex Dice:

      debes solicitar la csalificacion en firme a la junta regional porque pasaron 60 dias , y llevarla a colpensiones y reclamar pension

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  5. Riña lucía Dice:

    si sufrí un accidente de tránsito y he perdido siesta capacidad para laborar pero la junta no me ha calificado .si se presentaron pruebas donde dicen mis exámenes que tengo una lesio permanente en la cervical en dos discos
    que debo hacer por favor que m3 aconsejan.

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  6. Alex Dice:

    debes solicitar la csalificacion en firme a la junta regional porque pasaron 60 dias , y llevarla a colpensiones y reclamar pension

    Responder
  7. Paola Barragan Dice:

    Buenos dias por favor si son tan amables y me pueden orientar con una pregunta. la Eps me califico con el 54.33% de perdida de capacidad laboral y colpensiones apelo pero ya han transcurrido mas de 1 mes y medio y no ha pagado honorarios a la junta regional para resolver la apelacion que ellos interpusieron. Que puedo hacer?

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