Retención en la fuente en el servicio de restaurante

El servicio de alimentación y restaurante está sujeto a retención en la fuente a título de renta a una tarifa del 3.5%.

El servicio de restaurante tiene retención.

Así lo señala el artículo 1.2.4.10.6 del decreto único reglamentario 1625 de 2016, que señala en su primer inciso:

«A las retenciones previstas en el artículo 1.2.4.9.2. de este decreto les son aplicables las excepciones contenidas en las normas vigentes sobre retenciones en la fuente, salvo las que se refieren a los pagos o abonos en cuenta por servicios de restaurante, hotel y hospedaje, los cuales están sujetos a la tarifa de retención del tres punto cinco por ciento (3.5%), siempre que el pago o abono en cuenta sea efectuado en forma directa por una persona jurídica, una sociedad de hecho o una entidad o persona natural que tenga la calidad de agente retenedor.»

La retención en la fuente para restaurantes se aplica siempre que el valor del servicio sea igual o superiores a 4 Uvt.

Aquí se aplica una tarifa única donde no importa si el sujeto pasivo es declarante de renta o no, ya que el reglamento no hace esa distinción, por lo que siempre se aplicará una tarifa del 3.5%.

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  1. Yohana Pineda (junio 15 de 2022)

    La adquisicion de Fritos (Deditos, empanadas, papas) o comida rapida entregadas a domicilio, se les aplica retencion por compras o por servicio?

    Responder
  2. KAREN VANESA (agosto 15 de 2023)

    Si se hace una la factura por comcepto de compra de desayuno, plato de comida como tal, mas no se describe como servicio de restaurante? es aplicable la retencion del 3.5% o se toma por compra de cada plato de comida ?

    Responder
  3. YADG (octubre 27 de 2023)

    Tengo una pregunta.
    Si hago un pago de servicios de restaurante y solicito que hagan la factura a nombre de la empresa y pago el total de la cuenta, pero cuándo entrego el documento a la contadora me indica que está mal debido a que no se aplicó la retención, cómo soluciono? Llamo al restaurante y que me hagan la devolución de esa retención?
    Ayuda por favor para solucionar esta situción

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a YADG (octubre 27 de 2023)

      Buenos días,

      Si la restaurante no le aplicó la retención no a la empresa, el perjudicado es el restaurante que incumplió con su deber de retener.

      Si el restaurante aplicó la retención y no se la incluyó en la factura sí debe reclamar al restaurante, no para que le devuelva la retención sino para que le corrija la factura, o en su defecto, para que le expida el certificado de retención con el que la empresa pueda demostrar la existencia de la retención y poderla declarar.

      Saludos.

      Responder
  4. Elena (noviembre 4 de 2023)

    Si una persona natural me vende refrigerios que retenciones le debo aplicar? venta o servicio?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Elena (noviembre 4 de 2023)

      Buenas tardes, Elena.

      En nuestro criterio, se trata de un servicio y por tanto se debe aplicar retención por servicios.

      saludos

      Responder
  5. Mary (noviembre 27 de 2023)

    Si una persona natural que no tiene establecimiento de comercio me vende refrigerios para el personal de la empresa le debo aplicar retencion en la fuente por servicio del 3.5% ó 6%??

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Mary (noviembre 27 de 2023)

      Buenos días, Mary.

      En nuestro criterio, el concepto de servicio de restaurante no depende de la existencia de un establecimiento de comercio, puesto que lo que se evalúa es que exista el servicio de restaurante, por lo que se debería aplicar la retención del 3.5%.

      No existe una norma que condiciones el servicio de restaurante a la existencia de un establecimiento de comercio para efecto de la retención en la fuente.

      Saludos

      Responder

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