En este artículo 29 secciones
- Qué es el impuesto de industria y comercio.
- Hecho generador: qué actividades están gravadas.
- Quiénes deben pagar el ICA.
- Base gravable del impuesto de industria y comercio.
- Tarifas del impuesto de industria y comercio.
- Cómo se liquida el ICA: ejemplo paso a paso.
- Cómo se contabiliza el ICA.
- Cada cuánto se paga el impuesto de industria y comercio.
- Dónde se paga: la territorialidad del ICA.
- La declaración del ICA y el formulario único nacional.
- El ICA en el régimen simple de tributación.
- El ICA en el impuesto de renta.
- Preguntas frecuentes.
- ¿Qué significa ICA?
- ¿Quién debe pagar el impuesto de industria y comercio?
- ¿Cómo se calcula el ICA?
- ¿Cuál es la base gravable del ICA?
- ¿La venta de activos fijos genera ICA?
- ¿Las exportaciones están gravadas con ICA?
- ¿Cada cuánto se paga el ICA?
- ¿Los municipios pueden subir las tarifas del ICA?
- ¿Los honorarios están gravados con ICA?
- ¿Una entidad sin ánimo de lucro paga ICA?
- ¿Si me registro en la cámara de comercio debo pagar ICA?
- ¿Se paga ICA por arrendar un inmueble propio?
- ¿Qué pasa si no declaro el ICA?
- ¿En qué cuenta se contabiliza el ICA?
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El impuesto de industria y comercio, conocido por la sigla ICA, es un impuesto municipal que grava la realización de actividades industriales, comerciales y de servicios en la jurisdicción de cada municipio, creado por la ley 14 de 1983, compilado en el decreto ley 1333 de 1986 y modificado en aspectos esenciales por la ley 1819 de 2016, que actualizó la base gravable y fijó las reglas de territorialidad. Como cada concejo municipal lo reglamenta dentro de los límites de la ley, las tarifas, los plazos y hasta la periodicidad cambian de una ciudad a otra. ¿Quién debe pagarlo, sobre qué se liquida y cómo se calcula?
Qué es el impuesto de industria y comercio.
Es un impuesto territorial, lo que significa que el titular del tributo es el municipio y no la Nación, de modo que no lo administra la DIAN sino la secretaría de hacienda de cada municipio o distrito.
No grava la utilidad ni el patrimonio, sino el ingreso que produce la actividad económica, y por eso se paga aunque el negocio haya arrojado pérdida en el periodo.
Tampoco grava al comerciante por serlo, sino a la actividad que realiza, de manera que una misma persona puede ser contribuyente en varios municipios a la vez.
En contabilidad la sigla ICA identifica ese impuesto y se registra en la cuenta 2412 del plan único de cuentas, como veremos más adelante.
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Hecho generador: qué actividades están gravadas.
El hecho generador es la realización de la actividad. Lo define el artículo 32 de la ley 14 de 1983:
«El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.»
De esa definición se desprenden tres consecuencias que suelen sorprender al contribuyente. La actividad puede ser ocasional y de todos modos causa el impuesto; puede ejercerse sin establecimiento de comercio y también lo causa; y puede realizarse de manera indirecta, a través de terceros, con el mismo efecto.
Las tres clases de actividad gravada se definen así:
- Actividad industrial. La producción, extracción, fabricación, manufactura, confección, preparación, reparación, ensamblaje y transformación de cualquier clase de materiales o bienes.
- Actividad comercial. El expendio, compraventa o distribución de bienes o mercancías, tanto al por mayor como al detal, y las demás definidas como tales por el Código de Comercio, siempre que no sean industriales o de servicios.
- Actividad de servicios. Toda tarea, labor o trabajo ejecutado por persona natural o jurídica o por sociedad de hecho, sin que medie relación laboral con quien lo contrata, que genere contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en una obligación de hacer, sin importar que predomine el factor material o el intelectual.
La definición de los servicios es la del artículo 345 de la ley 1819 de 2016, que amplió deliberadamente el concepto para cubrir cualquier obligación de hacer remunerada, incluidos los honorarios de los profesionales independientes.
Quiénes deben pagar el ICA.
Es sujeto pasivo toda persona natural, jurídica o sociedad de hecho que realice una actividad gravada en el municipio, sin importar su tamaño, su forma jurídica ni si está registrada allí.
Conviene desmontar cuatro creencias frecuentes sobre este punto.
- No se requiere matrícula mercantil. Quien no está inscrito en la cámara de comercio no puede ser sancionado por ello en materia de ICA, pero sí responde por el impuesto que dejó de declarar y pagar.
- No se requiere establecimiento de comercio. Formalizar un establecimiento, eso sí, convierte al titular en contribuyente visible para la administración, que lo inscribirá de oficio si no lo hace él.
- No exime ser entidad sin ánimo de lucro. Lo que determina el impuesto es la actividad que se desarrolla, no la naturaleza de la entidad, de modo que una ESAL tributa sobre los ingresos de sus actividades industriales, comerciales o de servicios.
- No exime ser persona natural ni tener ingresos pequeños, salvo que el municipio haya adoptado un régimen preferencial o simplificado con topes por debajo de los cuales no hay obligación de declarar.
Ese último régimen está autorizado por el artículo 346 de la ley 1819 de 2016, que permite a los concejos establecer un sistema preferencial para pequeños contribuyentes, liquidado en UVT con base en factores objetivos como el área del establecimiento o el consumo de energía.
En el otro extremo, las personas jurídicas originadas en la propiedad horizontal que destinan bienes o áreas comunes a explotación comercial o industrial son contribuyentes del ICA por expresa disposición del artículo 19-5 del estatuto tributario, salvo las de uso residencial.
Base gravable del impuesto de industria y comercio.
La base gravable se calcula sobre los ingresos del periodo. La regla vigente es la del artículo 342 de la ley 1819 de 2016, que sustituyó el artículo 33 de la ley 14 de 1983:
«La base gravable del impuesto de industria y comercio está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en el respectivo año gravable, incluidos los ingresos obtenidos por rendimientos financieros, comisiones y en general todos los que no estén expresamente excluidos en este artículo. No hacen parte de la base gravable los ingresos correspondientes a actividades exentas, excluidas o no sujetas, así como las devoluciones, rebajas y descuentos, exportaciones y la venta de activos fijos.»
Dos precisiones importantes se desprenden de esa norma. La primera es que la base son los ingresos del respectivo año gravable, y no el promedio mensual de los ingresos del año anterior, que era la fórmula de la ley 14 de 1983 y que todavía aparece en artículos y estatutos municipales desactualizados.
La segunda es que los rendimientos financieros y las comisiones hacen parte de la base gravable por disposición expresa, aunque no correspondan a la actividad principal del contribuyente.
Ingresos que no forman parte de la base gravable.
La lista de exclusiones es corta y conviene tenerla presente, porque es donde se concentran las adiciones de la administración.
- La venta de activos fijos, porque no corresponde al giro de la actividad sino a la disposición de bienes destinados al negocio.
- Las exportaciones, que están excluidas de manera expresa.
- Las devoluciones, rebajas y descuentos.
- Los ingresos por actividades exentas, excluidas o no sujetas según el acuerdo municipal.
- Los ajustes por diferencia en cambio, que no provienen de una actividad industrial, comercial o de servicios sino de la fluctuación de la moneda.
Tampoco están gravadas las donaciones recibidas, porque no retribuyen ninguna actividad gravada. En cambio los dividendos sí pueden estarlo, según el criterio de organización empresarial que fijó el Consejo de Estado y que explicamos en el artículo sobre el ICA en los dividendos.
El sector financiero y los servicios públicos domiciliarios tienen bases gravables especiales, fijadas a partir del artículo 41 de la ley 14 de 1983 y en la ley 383 de 1997, que desplazan la regla general.
Tarifas del impuesto de industria y comercio.
La ley no fija una tarifa única: fija un rango, y cada concejo municipal escoge dentro de ese rango la que aplica a cada actividad económica.
Los rangos vigentes, contenidos en el artículo 342 de la ley 1819 de 2016, son estos:
| Actividad | Rango de tarifa |
|---|---|
| Actividades industriales | Del 2 al 7 por mil (2 - 7 x 1.000) |
| Actividades comerciales y de servicios | Del 2 al 10 por mil (2 - 10 x 1.000) |
Por eso una misma actividad puede tener una tarifa en Bogotá y otra distinta en Medellín, y por eso un municipio puede subir sus tarifas sin que ello sea demandable, siempre que no se salga del rango legal.
A la tarifa del impuesto se suma el complementario de avisos y tableros, equivalente al 15% del valor del ICA, que se cobra a quien coloca avisos o vallas en el espacio público, y las sobretasas que cada municipio haya adoptado, como la bomberil o la de seguridad.
Cómo se liquida el ICA: ejemplo paso a paso.
La fórmula es sencilla: el impuesto es igual a la base gravable multiplicada por la tarifa y dividida entre mil, porque las tarifas se expresan por mil y no por ciento.
Supongamos una empresa comercial con una tarifa del 6,9 por mil, que en el periodo tuvo los siguientes movimientos:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Ingresos brutos del periodo | 200.000.000 |
| Menos devoluciones, rebajas y descuentos | 5.000.000 |
| Menos venta de activos fijos | 15.000.000 |
| Menos exportaciones | 30.000.000 |
| Base gravable | 150.000.000 |
Sobre esa base se liquida el impuesto y sus complementarios:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Impuesto de industria y comercio (150.000.000 x 6,9 ÷ 1.000) | 1.035.000 |
| Avisos y tableros (15% del ICA) | 155.250 |
| Total impuesto a cargo | 1.190.250 |
| Menos retenciones que le practicaron | 400.000 |
| Saldo a pagar | 790.250 |
El resultado es un saldo a pagar de $790.250, porque las retenciones que le practicaron durante el periodo son un anticipo del mismo impuesto y se restan del total a cargo.
Si el municipio tiene sobretasas, se liquidan sobre el valor del ICA y se suman al total. Y si el contribuyente soportó retenciones, conviene revisar que correspondan a su actividad, tema que desarrollamos en el artículo sobre la retención en la fuente por ICA.
Cómo se contabiliza el ICA.
El impuesto se reconoce como un gasto y como un pasivo en el momento en que se causa, es decir, cuando se realiza la actividad gravada, y no cuando se paga.
Siguiendo el ejemplo anterior, el registro de la causación sería el siguiente:
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 5115 – Impuestos (gasto) | 1.190.250 | |
| 2412 – Impuesto de industria y comercio por pagar | 1.190.250 |
Al momento del pago se debita la cuenta 2412 y se acredita la cuenta de bancos, con lo cual el pasivo queda cancelado.
Las retenciones que le practicaron al contribuyente no se registran en esa cuenta, sino en la 1355 de anticipo de impuestos y contribuciones, porque constituyen un activo que luego se cruza contra el impuesto liquidado.
Cuando la empresa actúa como agente retenedor, el valor retenido a terceros es un pasivo distinto, que se registra en la cuenta 2368 del plan único de cuentas.
Cada cuánto se paga el impuesto de industria y comercio.
La periodicidad la fija cada municipio, y es uno de los puntos donde más se equivoca el contribuyente que opera en varias ciudades.
Como referencia, en Bogotá la declaración es bimestral para los contribuyentes del régimen común cuyo impuesto a cargo del año anterior superó las 391 UVT, y anual para los demás, mientras que las empresas nuevas declaran anualmente.
En Cali el periodo es bimestral para los grandes contribuyentes y anual para los demás, según la modificación del Acuerdo 0541 de 2022, y en muchos municipios pequeños la declaración es anual para todos.
Algunos estatutos municipales exigen además anticipos del impuesto del año siguiente, liquidados en la misma declaración, de modo que la ausencia de declaración bimestral no siempre significa un único pago al año.
Lo que sí es común a todos es que si en el periodo no hubo operaciones gravadas, la obligación de declarar depende del acuerdo municipal, asunto que tratamos en el artículo sobre la declaración de ICA en ceros.
Dónde se paga: la territorialidad del ICA.
El impuesto pertenece al municipio donde se realiza la actividad, no donde está el domicilio de la empresa ni donde se firmó el contrato, y esa regla es la que impide que dos municipios graven el mismo ingreso.
El artículo 343 de la ley 1819 de 2016 fijó un criterio para cada actividad. La industrial tributa en el municipio de la fábrica, sobre el total de lo que produce. La comercial, donde esté el establecimiento o punto de venta y, a falta de este, donde se perfeccione la venta. La de servicios, donde se ejecute la prestación.
Cuando una empresa opera en varios municipios debe distribuir sus ingresos entre ellos y declarar en cada uno la parte que le corresponde, para lo cual la contabilidad debe llevar cuentas auxiliares por municipio, tanto de ingresos como de retenciones.
Las reglas completas, incluidas las de transporte, telecomunicaciones, ventas por internet y patrimonios autónomos, así como la forma de probar que unos ingresos se generaron en otra jurisdicción, las desarrollamos en el artículo sobre el pago del ICA cuando un contrato se ejecuta en varios municipios.
La declaración del ICA y el formulario único nacional.
Cada municipio fija sus plazos y sus canales, pero el formulario está unificado en todo el país desde 2018.
El artículo 344 de la ley 1819 de 2016, modificado por el artículo 69 de la ley 1955 de 2019, obliga a los municipios a adoptar el formulario único nacional diseñado por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda, que fue prescrito mediante la Resolución 4056 del 1 de diciembre de 2017.
La misma norma obliga a permitir el cumplimiento de las obligaciones desde cualquier lugar del país y por medios electrónicos, lo que resolvió el problema de quien tributa en municipios donde no tiene presencia física.
Si la declaración no se presenta dentro del plazo, procede la sanción por extemporaneidad o, si el municipio actúa primero, la de no declarar, y la administración cuenta con cinco años contados desde el vencimiento del plazo para proferir la liquidación de aforo, término tomado del estatuto tributario nacional por remisión del artículo 59 de la ley 788 de 2002.
El ICA en el régimen simple de tributación.
Quien se acoge al régimen simple no liquida el ICA ante el municipio, porque ese impuesto quedó integrado en el impuesto unificado junto con el de renta, el complementario de avisos y tableros y las sobretasas.
El contribuyente paga entonces una tarifa consolidada dentro del SIMPLE, y anticipa el impuesto con los recibos electrónicos bimestrales.
Como consecuencia, a los contribuyentes del SIMPLE no se les practica retención de ICA ni deben presentar declaraciones municipales del impuesto, según explicamos en el artículo sobre la retención en la fuente y el régimen simple.
Conviene informar por escrito al municipio la pertenencia al régimen, porque de lo contrario la administración seguirá esperando declaraciones y puede iniciar procesos por periodos ya cubiertos por el SIMPLE.
El ICA en el impuesto de renta.
El impuesto pagado no se pierde del todo, porque tiene efecto en la declaración de renta del contribuyente.
Desde el año gravable 2023 el ICA es deducible en un 100% en el impuesto sobre la renta, siempre que esté efectivamente pagado y tenga relación de causalidad con la actividad económica, como explicamos en el artículo sobre la deducción del ICA en el impuesto de renta.
Hasta el año gravable 2022 el tratamiento era distinto, pues podía tomarse como descuento tributario el 50% del impuesto, beneficio que fue eliminado por la ley 2277 de 2022.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Qué significa ICA?
Es la sigla del impuesto de industria y comercio, de uso corriente en contabilidad y en los formularios municipales. No debe confundirse con el Instituto Colombiano Agropecuario, que usa la misma sigla.
¿Quién debe pagar el impuesto de industria y comercio?
Toda persona natural o jurídica que realice una actividad industrial, comercial o de servicios en el municipio, aunque sea de forma ocasional, aunque no tenga establecimiento de comercio y aunque no tenga sede allí.
¿Cómo se calcula el ICA?
Se multiplica la base gravable por la tarifa y se divide entre mil, porque las tarifas se expresan por mil. Al resultado se le suma el 15% por avisos y tableros cuando aplica, más las sobretasas del municipio, y se le restan las retenciones que le hayan practicado.
¿Cuál es la base gravable del ICA?
La totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios del año gravable, incluidos rendimientos financieros y comisiones, menos las devoluciones, rebajas y descuentos, las exportaciones, la venta de activos fijos y los ingresos por actividades exentas, excluidas o no sujetas.
¿La venta de activos fijos genera ICA?
No. Está excluida de manera expresa de la base gravable, y la exclusión cubre el ingreso de la venta, no solo la utilidad obtenida en ella.
¿Las exportaciones están gravadas con ICA?
No. Los ingresos por bienes exportados no hacen parte de la base gravable por disposición legal expresa.
¿Cada cuánto se paga el ICA?
Depende del municipio. En Bogotá es bimestral para los contribuyentes del régimen común cuyo impuesto a cargo del año anterior superó las 391 UVT, y anual para los demás. En muchos municipios es anual para todos, y algunos exigen anticipos.
¿Los municipios pueden subir las tarifas del ICA?
Sí, siempre que se mantengan dentro del rango legal: del 2 al 7 por mil en actividades industriales y del 2 al 10 por mil en actividades comerciales y de servicios. Un incremento dentro de ese rango es legal aunque sea considerable.
¿Los honorarios están gravados con ICA?
Sí, por regla general, porque la prestación de servicios profesionales encaja en la definición legal de actividad de servicios. Algunos municipios excluyen determinadas profesiones liberales, de modo que conviene revisar el acuerdo respectivo.
¿Una entidad sin ánimo de lucro paga ICA?
Depende de lo que haga, no de lo que sea. Si desarrolla actividades industriales, comerciales o de servicios, esos ingresos están gravados. Las donaciones que reciba, en cambio, no lo están, porque no retribuyen una actividad gravada.
¿Si me registro en la cámara de comercio debo pagar ICA?
El registro no crea el impuesto, pero sí lo hace visible: al formalizar un establecimiento de comercio, el municipio lo inscribirá como contribuyente. La obligación, en realidad, nace desde que se ejerce la actividad gravada, con registro o sin él.
¿Se paga ICA por arrendar un inmueble propio?
Varios municipios consideran gravado el arrendamiento de inmuebles. De acuerdo con nuestro criterio, cuando se trata de un único inmueble arrendado sin ninguna organización empresarial detrás, hay argumentos sólidos para sostener que no se configura la actividad comercial gravada, siguiendo el criterio de la sentencia de unificación del Consejo de Estado sobre los actos de comercio aislados.
¿Qué pasa si no declaro el ICA?
Procede la sanción por extemporaneidad si declara después del plazo, o la de no declarar si el municipio actúa primero. La administración tiene cinco años desde el vencimiento del plazo para proferir la liquidación de aforo.
¿En qué cuenta se contabiliza el ICA?
El impuesto a cargo se registra como gasto en la cuenta 5115 y como pasivo en la cuenta 2412. Las retenciones que le practicaron van a la cuenta 1355 como anticipo, y las que usted practica a terceros, a la cuenta 2368.
En ese sentido, como comprador en un municipio diferente al del vendedor, ¿con qué tarifa causa el impuesto? ¿Vendedor o comprador?
Siempre aplica la actividad correspondiente según el municipio en el que se cause. No existe una tarifa para vendedor o comprador; existe por cada actividad.
Hola, soy régimen simple – no responsable de IVA anteriormente, con establecimiento pero pocos ingresos y me ha llegado una sanción por no declarar en los años 2020 y 2021. ¿Debo pagar dicha sanción? ¿Y presentar el ICA? Tenía entendido que nosotros no estábamos obligados a declarar ICA.
Depende si estaba o no obligada a declarar. Como régimen simple de tributación, probablemente sí debía presentar la declaración correspondiente, y en tal caso la sanción se debe pagar y, además, en todo caso debería declarar porque, si no lo hace, se le proferirá liquidación de aforo.
En resumen, tendrá que revisar y verificar si debía o no declarar y actuar con consecuencia.
Tenga en cuenta que el ICA es solo uno de los impuestos que incluye el SIMPLE.
Consulta: Tenemos pendientes el segundo pago de industria y comercio para la segunda cuota del 30 de junio del 2026. Revisando el recibo, este genera una liquidación de intereses. La pregunta concreta es: así sea haya realizado acuerdo de pago en 2, ¿se generan intereses? Y de ser así, porfa aclárenos. Mil gracias.
Sí se deben pagar intereses. El acuerdo de pago no implica una condonación de intereses. Es sólo el otorgamiento de una facilidad de pago de obligaciones en mora.
Cordial saludo
Los honorarios tienen rete ica y ¿cuál sería la base para realizarlos?
En general, los honorarios sí están gravados con ICA. En cuanto a la base, depende de cada municipio. Adicionalmente, algunos municipios pueden no agravar algunos honorarios, por lo que es necesario consultar el estatuto tributario de cada municipio para verificarlo.
Las donaciones que realiza un socio fundador de la ESAL, destinadas exclusivamente a la construcción de la sede, realizadas a través de la cuenta bancaria, son ingresos susceptibles a pagar el impuesto de ICA en Bogotá. La ESAL no realiza ninguna actividad industrial, comercial ni de servicios. Por favor, ¿me pueden orientar sobre el tema y si se debe presentar la declaración en ceros (0)?
La donación no es producto de una actividad comercial, ni industrial ni de servicios, así que no está gravada con el Ica, por lo que no se deben declarar.
Buenas tardes, me dedico a la creación de contenido para redes sociales, quisiera registrarme como persona natural en Cámara de Comercio y registrar el nombre de mi emprendimiento, pero me preocupa que debido a este registro en Cámara deba empezar a declarar oca.
Sí, al tener un establecimiento de comercio formalizado se convertirá en contribuyente del impuesto de industria y comercio, al desarrollar una actividad comercial y de servicios en la jurisdicción donde registre el establecimiento de comercio.
Tengo un contrato de prestación de servicios profesionales como enfermera con una entidad pública, Gobernación, y me hacen un descuento de retención en la fuente por ICA. ¿Es legal ese descuento?
En general sí. Los servicios suelen estar gravados con ICA a no ser que algún municipio decidiera no gravarlos, pero es improbable.
¿Cuando vence la obligación de presentar el impuesto de Industria y Comercio que no se presentó oportunamente?
No comprendemos la pregunta. La presentación de la declaración se realiza en el plazo fijado por la alcaldía o distrito, y si se pasa ese plazo sin presentarla, la Secretaría de Hacienda cuenta con 5 años para exigirle que presente la declaración, que es el término para proferir la liquidación de aforo.
CONSULTA: procedimiento para cruce impuesto ICA en operaciones de transporte que origina obligaciones en 2 municipios distintos:
En una empresa de transporte:
a)Los contratos de servicio de transporte se negocian y suscriben en la ciudad DOMICLIO DEL contratante (generador de carga), por tanto este generador de carga al facturar hace el descuentos por ICA, bajo régimen de esa municipio donde esta domiciliada y contrato que identifico como (A).
b) El servicio de levantamiento de la carga y transporte se hace en un municipio diferente al del domicilio del contratante, es decir donde esta su planta de producción, que identifico como (B)
c) La empresa de transporte contrata virtualmente los servicios de transporte desde su municipio domicilio, identificado (C) con el propietario del vehículo y aplica retenciones bajo el régimen del municipio donde levanta la carga, municipio (B) y aplica y paga al municipio (B)la retención del ICA sobre fletes pagados a un tercero.
PREGUNTA: Como se puede cruzar las retenciones que me hizo el generador de carga en Municipio (A) con los pagos que la empresa transporte hizo en el municipio (B), por cuanto son dos municipios distintos, y teniendo en cuenta que para la modalidad de transporte con terceros existe régimen especial según estatuto tributario art. 102-2 y art 19 ley 633 de 2000. La presente aclaración surge por que de no poderse cruzar la retención entre dos municipios distintos la empresa termina pagando doblemente ese tributo. Agradecemos su valiosa respuesta.
No conocemos cómo podrán cruzarse retenciones en un municipio con el impuesto causado y cruzado en otro municipio. Lo que se debe hacer es solicitar al pagador que no efectúe retenciones si en ese municipio no se causó el ICA, y si las practicó, solicitar su devolución. Para lo cual se debe tener claro el municipio donde se causa el ICA, y una vez identificado, informar/solicitar a los pagadores que no apliquen retención en los otros municipios.
Si tengo una empresa que no factura desde hace más de 5 años, ¿estoy obligado a presentar el ICA en ceros?
Depende de cada municipio, pero en general sí se debe presentar, como es el caso de la renta; pero en todo caso deberá consultar el estatuto tributario de su municipio.
Buenas tardes:
La empresa a la cual les tengo arrendada la casa con contrato comercial no paga IVA, ya que yo pertenezco al régimen simplificado. Ellos siguen insistiendo en que, por ley, tienen que hacer la retención del impuesto del ICA porque en Bogotá todo inmueble arrendado es una actividad comercial.
Agradezco la orientación sobre si me deben o no descontar el impuesto del ICA.
Gracias.
La empresa tiene razón porque la actividad sigue siendo gravada con ICA, incluso si usted no es responsable por estar en régimen simplificado del ICA.
Buenas tardes.
En el 2020, ejecuté un contrato de mantenimiento de las instalaciones con un banco con varias sedes en Boyacá y Casanare. El contrato se suscribió, pagó y liquidó en Tunja. Ahora me están solicitando de varios municipios cancelar la multa por no reportar el ICA en esos municipios. ¿Debo pagar las multas en los 50 municipios en los que se desarrolló el contrato a pesar de que los materiales y la mano de obra fueron llevados desde la ciudad de Tunja y que el contrato se suscribió en Tunja?
En principio, sí, porque cada municipio tiene derecho a gravar los ingresos correspondientes a las actividades de servicios que se hayan ejecutado en su territorio. Estamos trabajando en un artículo al respecto para profundizar en el tema.
Buenos días,
Arrendé la casa a una empresa y me está descontando el impuesto del ICA. Tengo entendido que no debe ser así, ya que solo es una casa y no tengo actividad inmobiliaria. ¿Qué debo hacer para que no me descuenten?
Debe solicitar al arrendatario que no se aplique la retención en razón a que es una actividad que no está gravada con el IVA.
buenas tardes
En cuál articulo o decreto puedo decirles y que la empresa la cual les tengo arrendada la casa siguen insistiendo que por ley ellos tienen que hacer esa retencion. el contrato de arrendamiento es comecial en Bogota, ellos no pagan iva ya que yo pertenezco al regimen simplificado.
Agradezco la orientacion en donde dice que si me deben o no descontar el impuesto del ICA.
gracias
Agradecería su concepto y recomendación:
Si una empresa que dentro de su actividad opera o realiza actividades en diferentes ciudades de Colombia tiene un único domicilio en una determinada ciudad, ¿cómo sería el manejo y tratamiento contable y fiscal de lo que corresponde al Impuesto de Industria y Comercio, en:
1. La declaración de este tributo.
2. La retención en la fuente que le practican por sus ingresos en cada ciudad, teniendo en cuenta que esta se consigna en la misma donde se practica?
Gracias.
En la contabilidad se debe crear una cuenta auxiliar en la que se registren tanto ingresos como retenciones en cada municipio para poder determinar los ingresos y las retenciones que se deben declarar en cada municipio.
En la ciudad de Bogotá hay varias tarifas del RETEICA. ¿Cómo vendedor de un servicio en Bogotá, un comprador puede aplicarme cualquier tarifa?
Se debe aplicar la tarifa de retención por ICA que corresponda al servicio prestado; no es optativo. El problema para el vendedor es la dificultad para conseguir que se le reintegre lo practicado en exceso, lo que puede no justificar el procedimiento.
Deseo saber la tarifa de industria y comercio en el año 2019 para la actividad 6621.
De qué municipio?
Buenas tardes. ¿Los bonos que se compran y se dan como regalo a empleados están gravados con el impuesto de industria y comercio?
En razón a que no está vendiendo los bonos al trabajador, creeríamos que no están gravados con el Ica. No se trata de un retiro de inventarios para consumo propio.
Hola, tengo una inquietud. Durante la pandemia, vendí cuadros, tapabocas, etc., con ganancias de 50 millones, pero nunca me inscribí en la cámara de comercio. Declaré renta y pagué el impuesto de industria y comercio. ¿Me pueden sancionar económicamente por no estar inscrito en la cámara de comercio?
Rayita no puede ser sancionada por no registrarse en la Cámara de Comercio, pero sí puede ser sancionada si se detecta que debía pagar el impuesto de industria y comercio y no lo hizo. Por lo tanto, debe determinar si tenía tal obligación o no.
Dora Durán: Tengo una duda. ¿Un municipio tiene la potestad para subir las tarifas del ICA del 4 por mil al 7 por mil en comercial y del 5 por mil al 10 por mil en servicios, basándose en que en 15 años no actualizaron el estatuto tributario, o esto puede ser demandable? Agradezco las respuestas y opiniones. Se supone que debe ser de manera progresiva.
Dora, la ley permite unos rangos de tarifa, y cada municipio puede moverse entre esos rangos. De modo que si el incremento está dentro de ese rango, es legal.
El rango es el siguiente:
Actividades comerciales: del dos al siete por mil (2-7 x 1.000).
Actividades comerciales y de servicios: del dos al diez por mil (2-10 x 1.000).
Una consulta: ¿las empresas de telecomunicación están exoneradas de ICA?
No.
Buen día.
Realicé un contrato de prestación de servicios profesionales para hacer unas encuestas al municipio de Itagüí, Antioquia. Oficiosamente y mediante resolución, me nombraron como responsable de industria y comercio.
El contrato solo duró un mes y fue por 2 millones. Hoy me embargaron las cuentas y me cobran casi 7 millones de pesos. El acto administrativo donde me nombraron como responsable de pagar ICA fue de julio de 2022 y no puedo demandar la nulidad de este, pues ya se prescribieron los 4 meses.
¿Qué figura o mediante qué proceso puedo revertir esa decisión o, en realidad, estoy excluida de pagar ICA?
Si ya vencieron los términos para presentar los recursos que la ley establece, no es posible alegar nada.
Buen día.
Tengo una pregunta: si creé una empresa finalizando un año y no tuve ingresos hasta el 31 de diciembre de ese año, ¿debo declarar igual industria y comercio?
Depende de cada municipio, pero en general sí se debe declarar el ICA.
¿Los ingresos de las ESAL pagan industria y comercio?
Por regla general, sí, pero no debe mirarse la calidad de ESAL, sino el tipo de actividad que desarrolla, lo que depende de cada municipio, por lo que no se puede dar una respuesta concluyente.