El impuesto de industria y comercio (ICA), es un impuesto territorial que recaudan los municipios y el distrito especial de Bogotá, regulado por la ley 14 de 1983.
- Quienes deben pagar el impuesto de industria y comercio.
- Donde se paga el impuesto de industria y comercio.
- Base gravable del impuesto de industria y comercio.
- Tarifa del impuesto de industria y comercio.
- Territorialidad del impuesto de industria y comercio.
- Declaración del impuesto de industria y comercio.
Quienes deben pagar el impuesto de industria y comercio.

El impuesto de industria y comercio debe ser pagado por todos los industriales, comerciantes y prestadores de servicios, sean personas naturales o jurídicas, que desarrollen una actividad sujeta a dicho impuesto.
El impuesto de industria y comercio es regulado por cada municipio dentro de los parámetros que fija la ley 14 de 1983.
Por ejemplo, cada municipio fija las tarifas del ICA dentro de un rango que la ley establece, por lo que una misma actividad tiene diferentes tarifas según qué municipio.
Donde se paga el impuesto de industria y comercio.
El ICA se paga sobre los ingresos que se generen en el respectivo municipio.
Señala el artículo 32 de la ley 14 de 1983:
«El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.»
Cada municipio tiene su propia regulación, y en algunos casos los pequeños comerciantes pueden no ser declarantes, o declaran anualmente.
Este impuesto al ser territorial obliga a consultar el estatuto tributario de cada uno de los más de 1.100 municipios del país.
Base gravable del impuesto de industria y comercio.
Respecto a la base gravable del impuesto de industria y comercio el artículo 33 de la ley 14 de 1983 dispone:
«El Impuesto de Industria y Comercio se liquidará sobre el promedio mensual de ingresos brutos del año inmediatamente anterior, expresados en moneda nacional y obtenidos por las personas y sociedades de hecho indicadas en el artículo anterior, con exclusión de: Devoluciones ingresos proveniente de venta de activos fijos y de exportaciones, recaudo de impuestos de aquellos productos cuyo precio esté regulado por el Estado y percepción de subsidios.»
Es decir que no se genera Ica por la venta de los activos fijos y por las exportaciones.
Tarifa del impuesto de industria y comercio.
La ley 14 de 1983 en el artículo 33 señala un rango de tarifas dentro de los cuales cada municipio fija la tarifa que quiera, y estos rangos son:
- Actividades comerciales: Del dos al siete por mil (2-7 x 1.000).
- Actividades comerciales y de servicios: el dos al diez por mil (2-10 x 1.000).
El sector financiero tiene un tratamiento especial fijado a partir del artículo 41 de la ley 14 de 1983.
Territorialidad del impuesto de industria y comercio.
El ICA se paga sobre los ingresos que se generan en cada municipio, de surte que el municipio no puede cobrar el ICA por ingresos que se generaron en otro municipio.
Por ejemplo, es posible que una empresa con sede en Bogotá tenga una sucursal en Medellín, y en tal caso Bogotá no debe cobrar el impuesto por los ingresos que tenga la sucursal de Medellín, ni Medellín puede cobrar impuesto por los ingresos generados en Bogotá.
Respecto a la territorialidad en la causación del ICA, la sección cuarta del Consejo de estado en sentencia 23304 del 12 de marzo de 2020 con ponencia del magistrado Stella Jeannette Carvajal señaló:
«Concretamente, frente a la territorialidad en la causación del impuesto de industria y comercio en la realización de actividades comerciales, la Sección ha indicado que «el lugar donde se realiza la actividad comercial de venta de bienes es aquel donde se concretan los elementos esenciales del contrato, esto es, el precio (y dentro de este, la forma de pago) y la cosa que se vende, independientemente del lugar donde se hagan los pedidos».
De igual forma, esta Corporación ha manifestado «que el destino de las mercancías o el lugar donde se suscribe el contrato de compraventa no son factores determinantes para establecer dónde se ejerce la actividad comercial» y que «las ventas a través de “vendedores comerciales vinculados a la sociedad en Bogotá” no determinan que la actividad comercial se haya desarrollado en dicha ciudad». Sobre el particular, en la citada sentencia del 8 de junio de 2016, la Sala reiteró que:
«Para la Sala las pruebas aducidas por la administración para acreditar que las ventas objeto de adición se realizan en Bogotá, no son demostrativas de la realización del hecho generador del impuesto de Industria y Comercio en relación con la actividad comercial, porque como lo ha reiterado en anteriores oportunidades, el destino de las mercancías o el sitio donde se suscribe el contrato de compraventa no son determinantes del hecho generador o manifestación externa del hecho imponible, ya que con tal criterio se estaría trasladando el lugar de la causación del gravamen, desconociendo el carácter territorial del impuesto. Así que, el hecho de que las ventas se hayan realizado a través de los vendedores comerciales vinculados a la sociedad en Bogotá y que estos tengan que asesorar a sus clientes respecto de precios, forma de pago, descuentos, o devoluciones de mercancías, no puede aceptarse como demostrativo de la actividad comercial objeto del gravamen.» (Destaca la Sala)
Por su parte, el inciso segundo del artículo 154 del Decreto 1421 de 1993, que establece algunas reglas especiales para el impuesto de industria y comercio en el Distrito Capital, dispuso que «Se entienden percibidos en el Distrito los ingresos originados en actividades comerciales o de servicios cuando no se realizan o prestan a través de un establecimiento de comercio registrado en otro municipio y que tributen en él».
En consecuencia, si el contribuyente demuestra que ejerció la actividad comercial en otro municipio, a través de un establecimiento de comercio registrado en ese municipio y no en el Distrito Capital y por cuyo ejercicio tributó en esa jurisdicción, el Distrito Capital no puede gravarlo por los ingresos que obtuvo fuera de su territorio.»
Por ejemplo, si el contrato se firmó en Bogotá y el servicio se presta en Ibagué, el impuesto se entiende causado en Bogotá, donde debe ser declarado y pagado.
Por lo anterior, cuando una empresa o persona vende productos en más de un municipio, debe llevar un control de los ingresos que genera en cada uno, y declarar el impuesto que corresponda en cada municipio.
Declaración del impuesto de industria y comercio.
Dependiendo de cada municipio, la declaración puede ser bimestral o anual, y cada uno fija las fechas en que deben declararse.
Lo único que está unificado es el formulario en que se debe declarar el ICA, gracias a que a ley 1819 de 2016 ordenó crear un formulario único de ICA para todos los municipios del país.
Este formulario único de ICA fue prescrito por el ministerio de hacienda mediante resolución 4056 del 01 de diciembre de 2017, debiendo ser utilizado desde el primero de enero de 2018 por todos los municipios del país.
marzo 18th, 2021 a las 7:31 am
“…Por ejemplo, si el contrato se firmó en Bogotá y el servicio se presta en Ibagué, el impuesto se entiende causado en Bogotá, donde debe ser declarado y pagado.
Por lo anterior, cuando una empresa o persona vende productos en más de un municipio, debe llevar un control de los ingresos que genera en cada uno, y declarar el impuesto que corresponda en cada municipio.”
En el primer parrafo se entiende que independientemente donde se preste el servicio, se tributa en el municipio donde se origina el contrato, pero seguidamente dice que se debe tributar en cada municipio donde se genera el ingreso. La información es contradictoria y no esta clara.
abril 9th, 2021 a las 10:50 pm
aplica cuando se tiene sucursal o establecimiento de comercio, si son servicios profesionales cuya única sede esta en un lugar pero se viaja a nivel nacional prestando ese servicio solo se declara y paga en el punto principal.
abril 22nd, 2021 a las 9:29 am
Por favor revisar las afirmaciones sobre la territorialidad del ICA en la prestación de servicios, me parece que no corresponde con la normatividad vigente.
Para el contenido de este artículo “…Por ejemplo, si el contrato se firmó en Bogotá y el servicio se presta en Ibagué, el impuesto se entiende causado en Bogotá, donde debe ser declarado y pagado. la ley 1819 de 2016 numeral 3 del articulo 343 aplica el principio general de “En la actividad de servicios, el ingreso se entenderá percibido en el lugar donde se ejecute la prestación del mismo,” tienen algunas excepciones. Para el caso aunque se firme en Bogotá si se presta en Ibagué se paga en Ibagué
junio 9th, 2021 a las 2:41 pm
El Señor César Murillo tiene toda la razón debe ser en ibagué segun lo compilado en la reforma del años 2016.
octubre 22nd, 2021 a las 7:00 am
Muchas gracias de nuevo por la manera desinteresada en compartir conocimiento.
enero 4th, 2022 a las 12:57 pm
por ejemplo en la explotación del carbón lo vende en otro municipio que gana el municipio que tiene ese producto carbón
marzo 10th, 2022 a las 7:59 am
La explotación de carbón se asimila a una actividad industrial, por lo tanto solo paga ICA en el municipio donde se efectúa la explotación del mineral independientemente de donde se realice la venta, porque sino se estaría incurriendo en doble tributación.
enero 27th, 2022 a las 12:37 pm
los ingresos de las esal pagan indistria y comercio ?
marzo 10th, 2022 a las 8:04 am
El impuesto de industria y comercio es un tributo que grava la realización de actividades industriales, comerciales y de servicios, independientemente de la calidad del sujeto pasivo que desarrolle la actividad, dentro de la propia Ley existen unas exclusiones para cierto tipo de asociaciones gremiales y de profesionales, pero estas exclusiones se circunscriben únicamente a las actividades propias de estas entidades y no a las actividades comerciales, industriales o de servicios que llegaren a realizar
marzo 10th, 2022 a las 8:09 am
El impuesto de industria y comercio es un tributo que grava las actividades industriales, comerciales y de servicios, independientemente de la calidad del sujeto pasivo que las desarrolla, dentro de la propia ley 14 de 1983 existen algunas exclusiones para el pago de ICA, como por ejemplo para las actividades que desarrollan cierto tipo de asociaciones gremiales y de profesionales pero estas exclusiones se limitan única y exclusivamente a las actividades propias de estas agremiaciones, quiere esto decir que si estos gremios adicionalmente realizan actividades de comercio, industriales o prestan servicios, los ingresos por estas actividades se encuentran gravadas con la exacción.
febrero 13th, 2022 a las 7:13 pm
Buenas tardes,
Se entiende que para el impuesto de industria y comercio cada municipio y/o distrito es autónomo en cuanto a su regulación, por lo anterior mi duda surge en el descuento por pronto pago del renglón 36 del formulario único nacional, independientemente del porcentaje que regule cada municipio, dicho porcentaje exactamente ¿sobre que valor o cajón del formulario único nacional se calcula? , gracias.
febrero 16th, 2022 a las 8:05 pm
Buenas tarde, tengo una duda si el municipio no tiene el formulario único nacional, si no que manejan un formaulario propio, hay alguna sanción para esas alcaldías. Como contribuyente deberíamos exigir que deben implementar el formulario único.
febrero 28th, 2022 a las 8:41 am
Buen día, en un contrato por alquiler de figuras de alumbrado navideño a varios municipios del departamento, en la declaración de ica anual no lo descuento en las retenciones que nos practicaron, pero se debe declarar y pagar el reteica en cada municipio con el cual se suscribieron los contratos ? Gracias.
abril 18th, 2022 a las 9:34 am
Buen día.
Tengo una pregunta, si cree una empresa finalizando un año, y no tuve ingresos hasta el 31 de diciembre de ese año ¿Debo declarar igual industria y comercio?
septiembre 12th, 2022 a las 4:02 pm
ACUERDO 469 DE 2011
ARTÍCULO 7. No obligados a presentar declaración del impuesto de
industria y comercio. A partir del primer bimestre del año gravable
2012, no estarán obligados a presentar la declaración bimestral del
impuesto de industria y comercio los responsables del régimen común en
los periodos en los cuales no hayan efectuado operaciones sometidas al
impuesto.
Esta misma regla aplicará para los responsables del régimen
simplificado.
abril 26th, 2022 a las 8:50 am
Cordial saludo, tengo una inquietud… Tengo un negocio desde hace un año, no se si debo declarar industria y comercio, no soy responsable de Iva y en caso de que deba hacerlo, tendré que pagar ICA?
mayo 25th, 2022 a las 10:35 am
Independiente de la responsabilidad de IVA debes verificar si la actividad económica está excluida de ICA, en el caso que no esté excluida debes declarar y pagar
abril 28th, 2022 a las 1:10 pm
Buen dia
Tengo una inquietud. Tengo una agencia de viajes Operadora, (yo vendo y yo ejecuto el plan) Todas mis ventas las hago online desde Mosquera Cundinamarca. Vendo planes a diferentes partes del país. El impuesto de Industria y comercio lo debo tributar en Mosquera o en cada uno de los destinos donde opero el plan.
agosto 6th, 2022 a las 6:09 am
«el lugar donde se realiza la actividad comercial de venta de bienes es aquel donde se concretan los elementos esenciales del contrato, esto es, el precio (y dentro de este, la forma de pago) y la cosa que se vende, independientemente del lugar donde se hagan los pedidos».
mayo 20th, 2022 a las 10:21 am
Buen día.
Tengo una Inquietud.
Si una empresa se inscribe en un municipio X en el año 2013 porque realizó actividades comerciales durante ese año, debe presentar declaración de ICA por el año 2015 aunque durante ese año no haya realizado ninguna actividad comercial en ese municipio X??
junio 4th, 2022 a las 10:42 am
INEFICACIA DEL DECRETO 1421 DE 1.993 DE BOGOTÁ
«Se entienden percibidos en el Distrito los ingresos originados en actividades comerciales o de servicios cuando no se realizan o prestan a través de un establecimiento de comercio registrado en otro municipio y que tributen en él».
Este párrafo, corresponde a un Decreto muy antiguo y es ineficaz, por causa del Consejo de Estado en sentencia 23304 del 12 de marzo de 2020 cuyo propósito es establecer la territorialidad del Impuesto de Industria Y Comercio.
Establecida la territorialidad, cada municipio provee sus propias condiciones de recaudo y lo normal es que cada municipio, en lugar de exigir a los comerciantes de otro lugar a registrar establecimientos en su territorio para obligarlos a declarar y recaudar, recauda a través de la retención de ICA de los contribuyentes debidamente registrados en el mismo municipio y todos felices.
La prueba, para el Distrito, de los ingresos percibidos en otros municipios NO PUEDE SER EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y PAGO DE ICA EN ESOS MUNICIPIOS, sino la trazabilidad y la demostración de, en cuál territorio se perfecciona la venta, con lo que se da cumplimiento al concepto del Consejo De Estado. Normalmente, esto se logra con las facturas y la costumbre. Por ejemplo: LA DISTRIBUIDORA XA de Bogotá, va al municipio YY, a través de sus vendedores, allá oferta y allá obtiene la demanda, con lo que se la venta se realizó en el municipio YY, cumpliendo a cabalidad con los conceptos del Consejo de Estado.
Una vez establecido que la territorialidad no corresponde al Distrito, el Distrito no puede continuar exigiendo condiciones, porque NO OBTENDRÁ UN SOLO PESO por algún requerimiento en este caso y en cambio sí que estaría practicando ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE y no sé que otros delitos de estado se configuren.
junio 9th, 2022 a las 4:33 pm
Buen día
Mira tengo una empresa que comercializa coque, ella tiene sus hornos en diferentes municipios de Cundinamarca y Boyacá es decir hay produce el material; pero las ventas y facturas se emiten desde Bogota.
Mi pregunta es el impuesto se paga en el municipio donde se produce dicho material o en Bogota que es donde se generan las facturas de venta?
Gracias
julio 8th, 2022 a las 8:20 am
Si se presta un servicio en otro municipio, pero el domicilio se encuentra en el municipio donde se materializó el negocio, sobre el precio y el objeto de OPS. La pregunta es: Es necesario inscribirse como contribuyente de ICA en el municipio donde no tiene su domicilio, si se supone que ya está inscrito en el munipcio donde tiene le domicilio, no caería en un doble registro del ICA?. Ahora, en el municipio donde prestó el servicio al hacerle la retención en la fuente de iCA, ese es el impuesto que paga por haber ejercido la actividad en el municipio distinto de su domicilio. O tambien tiene que presentar la declaración de ICA en ese municipio distinto del domicilio, No caería en doble tributación?
agosto 25th, 2022 a las 9:04 am
Tengo la misma situación en mi caso, estamos inscritos en Yumbo y nos requirieron por un servicio prestado en Tocancipá.
agosto 25th, 2022 a las 4:19 pm
Alguien tiene la respuesta a la inquietud, a mi también se me esta presentando un caso similar, empresa con domicilio en Cúcuta y se presto un servicio en Villavicencio, ahora nos requeren para declarar y pagar ICA en ese municipio.
agosto 21st, 2022 a las 1:55 am
Si se trabajó como auxiliar admva para el Sena, mediante la figura del contrato de prestación de servicios y pagando seguridad social como independiente es obligatorio liquidar, declarar y pagar el impuesto de industria y comercio en Villaviencio, Meta???…..Gracias
septiembre 2nd, 2022 a las 2:04 pm
la venta de vivienda de interes social esta sujeta a pago de industria y comercio
septiembre 5th, 2022 a las 5:29 pm
buenas tardes, el impuesto se debe declarar en cada municipio donde se presta el servicio? o se declara solamente en el lugar del domicilio de la empresa, y donde se presta el servicio solo se paga?
septiembre 21st, 2022 a las 2:26 pm
Una empresa constituida en octubre de 2020 -Cámara de comercio Cali con domicilio en Zona franca(Zona America), pero que no ha funcionado, no hubo operaciones de ningún tipo, solo se constituyo y nunca opero, ahora que necesita ser cerrada en DIAN, cámara de comercio, etc. Es necesario presente impuesto de industria y comercio Cali? debe pagar extemporaneidad?
noviembre 1st, 2022 a las 12:45 pm
Una empresa que no ha obtenido ingresos por su actividad económica, sino ha recibido ingresos por unos dineros que tiene invertidos en el banco y ha recibido rendimientos financieros debe presentar el formulario de industria y comercio Ica. adicional a esto no tiene avisos nitableros.
noviembre 18th, 2022 a las 4:03 pm
Mi empresa esta ubicada en Mosquera pero alli no ofrece ningun tipo de servio, ¿Por domicilio se debe pagar retencion de ICA?
diciembre 5th, 2022 a las 11:49 am
BUEN DIA.
REALICE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA HACER UNAS ENCUENTAS AL MUNICIPIO DE ITAGUI ANT.
OFICIOSAMENTE Y MEDIANTE RESOLUCION ME NOMBRARON COMO RESPONSABLE DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
EL CONTRATO SOLO DURO UN MES Y FUE POR 2 MILLONES.
HOY ME EMBARGARON LAS CUENTAS Y ME COBRAN CASI 7 MILLONES DE PESOS. EL ACTO ADMINISTRATIVO DONDE ME NOMBRARON COMO RESPONSABLE DE PAGAR ICA FUE DE JULIO 2022 Y NO PUEDO DEMANDAR LA NULIDAD DE ESTE PUES YA SE PRESCRIBIERON LO 4 MESES.
QUE FIGURA O MEDIANTE QUE PROCESO PUEDO REVERTIR ESA DECISION O SI EN REALIDAD ESTOY EXCLUIDA DE PAGAR ICA
diciembre 9th, 2022 a las 4:25 pm
UNA CONSULTA, ¿LAS EMPRESA DE TELECOMUNICACION ESTAN EXONERADAS DE ICA?
febrero 15th, 2023 a las 3:48 pm
Buenos tardes
sobre el concepto de Territorialidad del impuesto de industria y comercio para una empresa que debe aplicar la retención a titulo de ica, a una orden de compra que se realiza por colombia compra eficiente, esta orden se realiza en la ciudad de ibague, pero el suministro de combustible se realiza en varias ciudades y municipios a nivel nacional ¿donde debo realizar la retencion en ibague? o en ¿cada una de los municipios donde realizo en suministro de combustible?
marzo 25th, 2023 a las 3:22 pm
Buenas tardes, alguien me puede aclarar una duda, una persona natural que durante la vigencia 2022, realizó una venta de un carro particular usado, debe registrar ese ingreso en la declaracion de industria y comercio? Esto es en la ciudad de Yopal, Casanare.
Mil gracias.
abril 4th, 2023 a las 10:03 am
DORA DURAN. Tengo una duda un municipio tiene la potestad para subir las tarifas del ica de4 por mil al 7 por mil en comercial y del 5 por mil al 10 por mil en servicios basándose que en 15 años no actualizaban el estatuto tributario o esto puede ser demandable agradezco las respuestas y las opiniones. se supone que debe ser de manaera progresiva
mayo 16th, 2023 a las 5:29 pm
Hola, tengo una inquietud. en pandemia vendí cuadros, tapabocas, etc, con ganancias de 50 millones pero nunca me inscribí en camara y comercio. declaré renta y pagué impuesto de industria y comercio. me pueden sancionar economicamente por no estar inscrito en camara y comercio?