El principio non reformatio in peius es un principio del derecho que prohíbe modificar una sentencia para empeorarla la situación jurídica del condenado apelante.
Qué es el non reformatio in peius.
En el derecho procesal, como el laboral, civil o incluso penal, cuando se apela una sentencia por parte del interesado, el juez que la resuelva no puede modificar la sentencia para hacerla más gravosa para quien la apeló.
Por ejemplo, el empleador que fue condenado en primera instancia a pagar una indemnización de $20.000.000 al trabajador, y el empleador apela dicha condena. En tal caso el juez de apelación o de segunda instancia no puede condenar al empleador a pagar una indemnización superior a $20.000.000.
Es decir que en el derecho procesal no puede aplicarse aquel adagio popular según el cual quien fue por lana resultó trasquilado.
Non reformatio in peius como principio constitucional.
Es un principio constitucional que lo encontramos en el artículo 31 de nuestra constitución política (colombiana), que señala en su segundo inciso:
«El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante único.»
Igualmente, el código general del proceso en el penúltimo inciso del artículo 328 señala:
«El juez no podrá hacer más desfavorable la situación del apelante único, salvo que en razón de la modificación fuera indispensable reformar puntos íntimamente relacionados con ella.»
El juez está impedido para agravar más la situación del condenado que ha presentado una apelación.
Excepciones al principio non reformatio in peius.
La prohibición de agravar la sentencia del apelante aplica únicamente cuando solo una de las partes ha apelado, de manera que, si las dos partes apelan la sentencia, el juez puede agravar pena del condenado.
Naturalmente que cuando el demandante apela lo hace con el fin de incrementar la pena del condenado.
Siguiendo con el ejemplo del empleador condenado en primera instancia a pagar la indemnización al trabajador por la suma de $20.000.000, las dos partes pueden apelar: el empleador para que le rebajen la indemnización y el trabajador para que la incrementen, y la pretensión de cualquiera de ellos puede prosperar siendo válido incrementar la condena al empleador.
Por eso la norma es clara en que es principio de non reformatio in peius se aplica cuando el condenado sea apelante único.
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mayo 18th, 2020 a las 12:53 pm
El principio de la NO REFORMATIO IN PEJUS, además de proceder frente a la apelación de la sentencia, cabe frente a otra situación procesal?
agosto 11th, 2021 a las 4:05 pm
AL SER UN PRINCIPIO DEL DERECHO, ES POSIBLE UTILIZARLO FRENTE A LA SITUACIÓN DE UN DICTAMEN DE PERDIDA DE CAPACIDAD LABORAL EMITIDO POR LA JUNTA REGIONAL , CUYO DICTAMEN NO ME FAVORECE Y AL APELAR DICHO DICTAMEN FRENTE A LA JUNTA NACIONAL LA MISMA NO PUEDE SER GRAVOSA EN EL PRESENTE ASUNTO MI DICTAMEN NO PUEDE DISMINUIR, LO ANTERIO AL PRINCIPIO NO REFORMATIO IN PEJUS