¿Cómo se liquidan las horas extras?

Para liquidar las horas extras tomamos el valor de la hora diurna y la multiplicamos por el porcentaje de recargo que corresponda al tipo de horas extra, que puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva.

Porcentajes de horas extras.

En la siguiente tabla relacionamos los distintos porcentajes de recargo por trabajo extra, según el tipo de hora extra.

Concepto Recargo Fórmula de liquidación
Hora extra diurna 25% V.H.O X 125%
Hora extra nocturna 75% V.H.O X 175%
Hora extra diurna dominical o festiva 100% V.H.O X 200%
Hora extra nocturna dominical o festiva 150% V.H.O X 250%
Trabajo extra o suplementario.El trabajo extra o suplementario es el que se hace luego de finalizada la jornada laboral ordinaria y se paga con recargo.

V.H.O corresponde al valor ordinario de la hora que se determina dividiendo el salario mensual entre 240, que son las horas que deben trabajar de acuerdo a la jornada laboral máxima legal, que puede ser de 8 horas (ver artículo 161 del CST modificado por la ley 2101 de 2021)  y como el mes para efectos laborales se entiende 30 días, tenemos que 30 x 8 = 240.

El mes laboral tiene 30 días.Para calcular los valores relacionados con la nómina y el contrato de trabajo el mes se considera de 30 días.

Determinada el valor de la hora ordinaria se aplican los diferentes recargos o porcentajes según el tipo o clase de hora extra que se esté liquidando.

Así se liquidan las horas extras - Ejemplos.

Las horas extras se liquidan según corresponda a diurnas, nocturnas, dominicales y festivas.

A continuación, exponemos un ejemplo de liquidación para cada tipo de hora extra, partiendo de un salario mensual de $2.400.000.

Jornada ordinaria de trabajo.La jornada ordinaria de trabajo es la que se acuerde en el contrato de trabajo, que bien puede o no coincidir con la máxima legal.

Así, el valor de cada hora será de $10.00, lo que nos facilita los cálculos, que es el resultado de dividir 2.400.000 entre las 240 horas que se deben laborar al mes según lo explicamos unas líneas atrás.

Liquidación de horas extras diurnas

Las horas extra diurnas son aquellas que se laboran entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche, y que superan la jornada laboral ordinaria.

Así, una persona que tiene una jornada laboral ordinaria de 8 horas hasta las 4 de la tarde, si labora más las 7 de la noche causa 3 horas extra diurnas.

Valor de la hora ordinaria: 10.000.

Entonces tenemos para cada hora extra diurna:

Valor de la hora ordinaria = 100% 10.000
Valor del recargo = 25% 2.500
Total = 125% 12.500 (10.000 x 1.25)

A lo anterior se incorpora el total de horas extras laboradas por lo que tenemos:

V.H.O X % x # de horas laborada

Si el trabajador laboró 3 horas extra diurnas tendremos lo siguiente:

10.000 x 125% x 3 = 37.500.

Esta misma fórmula aplica para todas las horas extras.

Liquidación de horas extras nocturnas.

La hora extra nocturna es la que se trabaja entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana y tiene un recargo del 75%.

Recargo nocturno.El trabajador que labore en horario nocturno tiene derecho a recibir el recargo correspondiente, que es superior en caso de horas extras.

Ejemplo: El trabajador tiene una jornada ordinaria desde las 8 de la noche hasta las 6 de la mañana del día siguiente. La jornada laboral ordinaria se cumple a las 4 de la mañana, de modo que ha laborado dos horas extra nocturnas, luego:

Valor de la hora ordinaria = 100% 10.000
Valor del recargo = 25% 7.500
Total = 125% 17.500 (10.000 x 1.75)
Horas trabajadas 2. 35.000

Tenemos: 10.000 x 1.75 x 2 = 35.000.

Liquidación de las horas extras en domingos y festivos.

Cuando se trabajan horas extras dominicales y festivas se debe incluir el recargo dominical y el recargo por trabajo extra, considerando que también hay horas diurnas y nocturnas.

Recargo dominical y festivo.El trabajo en domingos y festivos se debe remunerar con un recargo del 75% por corresponder a días de descanso remunerado.

El recargo de las horas extras dominicales y festivas es el mismo que entre semana, sólo que, por el hecho de trabajar un domingo o un festivo, se paga un recargo, recargo que se incrementa o se suma al recargo de las horas extras.

Concepto. Recargo por hora extra. Recargo dominical. Total recargo.
Hora extra diurna. 25% 75% 100%
Hora extra nocturna. 75% 75% 150%

Estos son los recargos, pero falta agregarle el valor de la hora ordinaria que es del 100%, y de allí obtenemos el porcentaje completo:

Hora extra diurna dominical y festiva: 200% (100 + 100)

Hora extra nocturna dominical y festiva: 250%. (100 + 150)

Liquidación de horas extras diurnas dominicales y festivas.

Supongamos que el trabajador debe laborar un domingo desde las 8 de la mañana hasta las 7 de la noche con una hora para el almuerzo.

Su jornada de 8 horas las completa a las 5 de la tarde, luego habrá laborado 2 horas extra diurnas dominicales, y su liquidación será:

Valor de la hora ordinaria = 100% 10.000
Valor del recargo = 100% 10.000
Total = 200% 20.000 (10.000 x 2)
Horas trabajadas 2. 40.000

Tenemos: 10.000 x 2 x 2

Recordemos: Valor de la hora ordinaria X porcentaje de recargo X número de horas trabajadas.

Liquidación de horas extras nocturnas dominicales y festivas.

Ahora supongamos que el trabajador trabaja el sábado desde las 8 de la noche hasta las 7 de la mañana del domingo.

Las 8 horas de su jornada ordinaria se cumplen a las 5 de la mañana, de modo que trabajó 2 horas extras nocturnas dominicales, que se liquidan así:

Valor de la hora ordinaria = 100% 10.000
Valor del recargo = 150% 15.000
Total = 250% 25.000 (10.000 x 2.5)
Horas trabajadas 2. 50.000

Aquí sólo hemos considerados las horas extras en todas sus modalidades, más no las ordinarias nocturnas ni dominicales.

Descargar aplicativo en Excel para liquidar automáticamente las horas extras.

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21 Opiniones
  1. Santiago Garcia Dice:

    Buena noche, me gustaría saber si el salario en especie es tenido en cuenta para calcular las horas extras. Por ejemplo, un empleado gana 2000000 de salario basico y 200000 en especie. Tendria que tomar los 2200000 para liquidar horas extras ? muchas gracias por la atención

    Responder
  2. José Rodríguez Dice:

    Hola buenas tardes, tengo una duda respecto a la liquidación de la siguiente jornada laboral,
    Domingo 6am-2pm y regreso nuevamente el mismo domingode 10pm-6am del lunes
    Lunes: 8pm-6am del martes
    Martes: 8pm-6am del miércoles
    Miércoles: 8pm-6am del jueves
    Jueves:8pm-6am del viernes
    Viernes:8pm-6am del sabado
    Sabado:8pm-6am del Domingo

    Y la siguiente semana de 12m-10pm

    Les agradecería si me ayudan aclarando la liquidación de la primera semana
    Gracias

    Responder
  3. Raul fernandez Dice:

    Buenos días mi pregunta es según la empresa.entramos alas 530am y nos dicen que esa media hora no la liquidan con un 0.35porciento .ya que es un recargo nocturno.es es la duda ya que antes no la pagaban como hora nocturna.mil gracias

    Responder
  4. Andres Dice:

    Buenos dias tengo una duda si mi jornada laboral es de 8 horas diarias y trabaje del 16 al 31 de enero con un solo descanso ahi tengo horas extras y cuantas. Me podrian explicar

    Responder
  5. Alfair Renza Dice:

    Buenos dias, gracias si me pueden colaborar con lo sgt. Tengo un contrato de un trabajo que el horario es de 7am a 4pm. Pero desde el 7de marzo me alargaron el horario de 6am a 18pm y he trabajo sin descanso o sea todos los dias hasta hoy 10 de abril que me encuentro laborando. Poco entiendo sobre esto,como es que la empresa tiene que cancelarme.gracias

    Responder
  6. ALVARIN Dice:

    TENGO UNA DUDA…UN VIGILANTE TRABAJA 240 HORAS AL MES…REPARTIDAS EN 20 DIAS DE 12 HORAS DE TRABAJO CONTINUO DURANTE 20 DIAS…20×12=240…HASTA ALLI TODO CLARO…LA DUDA ES…CUANDO TRABAJA DE DIA TRABAJA DE DE 7 DE LA MAÑANA A 7 DE LA NOCHE ¿POR EL SIMPLE DE HECHO DE TRABAJAR UNA HORA DESPUES DE LAS SEIS, YA TIENE DERECHO A HORA EXTRA? A PREVALECE LAS 240 HORAS AL MES Y NO SE LE DEBE PAGAR ESA HORA EXTRA DIURNA?

    Responder
    • ALVARIN Dice:

      TE DEBEN PAGAR 3 HORAS ESXTRAS DIURNAS POR CADA DIA DE TRABAJO…ESTAS TRABAJANDO 12 HORAS CONTINUAS, BUENO, SI TE DAN UNA HORA PARA ALMORZAR, ESTARIAS EN 11 HORAS…Y LAS LEGALES SON HASTA 8… 11 MENOS 8 IGUAL A TRES….

      Responder
    • Calderon1980 Dice:

      No se si te entiendo bien, pero según lo que comentas el vigilante pacto de esa forma su horario de trabajo, así que no esta sobrepasando sus 240 horas, entonces según entiendo la hora que pasa de las 6 pm no seria extra ni tampoco con recargo nocturno ya que el RN inicia a partir de las 9 pm, por otro lado tendríamos que ver si estaría en cumplimiento que tenga un día de descanso remunerado entre los turnos que tiene y me parece que si pues dices que trabaja 20 días al mes, lo cual me hace pensar que no tiene derecho ni a hora extra ni a recargo nocturno

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  7. Natalia Dice:

    Buenas noches, una pregunta, si un empleado tiene un horario de trabajo de 8am a 12 am y de 2 pm a 6 pm, y este labora de 8am a 2 pm de seguido, esto se calcularía como hora extra diurna?

    Responder
  8. DIEGO_10 Dice:

    LEGALMENTE TRABAJO 48 HORAS SEMANALES,PERO UNA SEMANA ME PUSIERON DE NOCHE PERO CON HORARIO DE 6 PM A 6 AM,PERO MI JEFE NO ME PAGO HORAS EXTRAS NOCTURNAS SINO DIURNAS PORQUE SEGUN EL,LAS HORAS EXTRAS QUE HICE DIARIO FUE DE 6 PM A 10 PM Y DE AHI EN ADELANTE CUMPLI MI JORNADA LABORAL NORMAL,ES LEGAL ESTO?

    Responder
    • David_Vasquez Dice:

      Esta mal te tu jefe ya que trabajaste en horario nocturno y te debió de pagarte las horas extras nocturnas, recuerda que las horas nocturnas empiezan desde las 9 pm

      Responder
      • MIA Dice:

        Trabajaste una jornada de 6pm a 6 am. Te debieron pagar de 6 pm a 9 pm normal (3h), de 9pm a 2am te debieron pagar la hora ordinaria con el recargo del 0.35 (1.35) y de 2 am a 5 am es hora extra nocturna ya que trabajaste en horario nocturno y debió pagarte las 3 horas extras nocturnas con el 0.75%, recuerda que las horas nocturnas empiezan desde las 9 pm pero fue el turno ordinario mas 3 horas extras nocturnas.

        Responder
  9. mono Dice:

    Una trabajadora labora como mesera en un restaurante, tiene un horario de trabajo de lunes a sábado de 10:00am a 3:00pm y de 5:00pm a 10:00pm. Además, en el último mes se le solicitó que trabaje los días domingos en horario de 12:00m a 3:00pm y de 7:00pm a 10:00pm. Su salario es de $1’500.000 mensuales. Identifique cuáles son los valores que se deben reconocer a la trabajadora y liquide lo correspondiente, para establecer el valor de su último salario incluyendo todos los recargos, dominicales y horas extras a que tenga derecho.

    Responder
  10. GUILLERMO MUÑOZ Dice:

    Buenos dias, cordial saludo.

    En mi caso laboro medio tiempo, 96 horas en el mes de lunes a viernes. En algunos días laboro en las tardes 2 a 4 horas según la necesidad del área. En este caso, para el calculo de la hora extra diurna, también debo considerar la cifra de 240 horas mensuales totales o solo 120 h por cuanto trabajo medio tiempo, o mas bien debo considerar las 96 horas efectivas que laboro para calcular el valor de la hora extra diurna?. Muchas gracias por sus indicaciones.

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  11. juan jose rojas Dice:

    buen dia, si un trabajador labora un domingo una hora, que valor tendría esa hora? y ese timepo se debe compensar? por favor me colaboran .

    mil gracias

    Responder
  12. kkkk Dice:

    jjjjjj

    Responder
  13. andres Dice:

    buen día quisiera saber a partir de que salario no cobra horas extra o todos los salarios superiores a 5 millones tienen recargo de hora extra en caso de que el empleado las realice ?

    Responder
    • Damaris Gómez Dice:

      Calcular las horas extras de un empleado que devenga un salario de $1.587.000, 20 horas extras diurna, 13 horas extra nocturna, 8 horas extras nocturnas en efectivo

      Responder
  14. Elizabeth Dice:

    Buenas tardes.

    Me pueden regalar una formula de como se liquidan las horas extras cuando el trabajador tiene un contrato de medio tiempo

    Muchas gracias

    Responder
  15. Gabriel Chile Dice:

    Segun entiendo no existe el banco de horas, es decir el tiempo adicional o extra que trabaje deberia ser pagado en dinero y no en tiempo. Por lo tanto si mi empleador no paga en dinero las horas extras que me quedo trabjando esta incurriendo en una falta? que se puede hacer en ese caso?? existe alguna multa o alguna entidad que lo supervise y termine con esta mala practica?

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